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Unidad de Visas de No Inmigrante

Visa C-1 (Tránsito)

¿Qué es una visa C-1?

Todos los ciudadanos colombianos que viajen a otro país y deseen hacer tránsito en un aeropuerto de los Estados Unidos, requieren presentar una visa vigente para los Estados Unidos antes de abordar cualquier vuelo comercial. Si la persona no tiene una visa de turismo (B-1/B-2), es necesario solicitar una visa de tránsito (C-1). Por favor ver 9 FAM 41.71 para obtener mayor información relacionada con la visa C-1.

Cómo solicito una visa C-1?

Siga las siguientes instrucciones para solicitar una visa C-1 ante la Embajada:

Qué documentos se requieren para solicitar una visa C-1?

Todo solicitante de visa C-1 debe presentar los siguientes documentos:

  • Pasaporte con una validez mínima de 6 meses. Tenga en cuenta que no podemos procesar visas para los solicitantes cuyos pasaportes contengan algún tipo de sustancia extraña (talcos). De igual manera, tampoco podemos aceptar pasaportes deteriorados.

  • Formulario DS-156 (Solicitud de Visa de No Inmigrante) completamente diligenciado y firmado por el solicitante. Usted puede obtener el Formulario DS-156 en cualquier oficina autorizada del Banco de Crédito, o si desea puede descargarlo de nuestra página Web. Si usted lo descarga de nuestra página Web, asegúrese de imprimir las dos páginas de dicho formulario en una sola hoja tamaño carta (por lado y lado). Usted deberá presentar este formulario en el Banco de Crédito en el momento de cancelar el valor no reembolsable correspondiente a la solicitud de visa.

  • Para los solicitantes mayores de 14 años de edad y menores de 80 años de edad, formulario DS-157 (Solicitud Suplementaria de Visa de No Inmigrante) completamente diligenciado y firmado por el solicitante. Usted puede obtener el formulario DS-157 en cualquier oficina autorizada del Banco de Crédito, o si desea puede descargarlo de nuestra página Web.

  • Una foto. Pegue la foto en el formulario DS-156, en el espacio designado para la foto.

  • Documento de identificación (cédula de ciudadanía) para los ciudadanos colombianos mayores de 18 años de edad, visa de residencia para extranjeros mayores de 18 años que residan en Colombia, o tarjeta de identidad para ciudadanos colombianos menores de 18 años de edad. Si usted acaba de cumplir la mayoría de edad y no ha recibido su cédula de ciudadanía, deberá presentar el comprobante expedido por la Registraduría junto con la correspondiente anotación en su pasaporte.

  • Para los solicitantes menores de 14 años de edad, copia autenticada del registro de nacimiento (folio del Registro Civil de Nacimiento).