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Unidad de Visas de no inmigrante

Visas A, G y C-3 (Viajes para oficiales y diplomáticos del Gobierno/visas de tránsito)

¿Qué son las visas A, G y C-3?

Las visas A-1, A-2, G-1, G-2, G-3, G-4 y C-3 son para los diplomáticos o personas enviadas por el gobierno para realizar viajes a los Estados Unidos o transitar a través de dicho país en misión oficial.

La Embajada acepta las solicitudes para dicho tipo de visas, de lunes a jueves de 8:00 a.m. a 11:00 a.m. en la ventanilla 14 de la Sección Consular. Dichas solicitudes generalmente no requieren de entrevista personal.

¿Qué documentos se requieren para solicitar una visa A-1, A-2, G-1, G-2, G-3, G-4 o C-3?

Todo solicitante de visa para alguna de las categorías arriba mencionadas debe presentar los siguientes documentos:


  • Pasaporte con una validez mínima de seis meses. Por favor tener en cuenta que no podremos procesar visas en aquellos pasaportes que contengan cualquier tipo de sustancia extraña, como talcos. De igual manera, no podremos aceptar pasaportes deteriorados.


  • Formulario DS-156 (Solicitud de Visa de No Inmigrante) completamente diligenciado. Usted puede obtener dicho formulario en cualquier oficina autorizada del Banco de Crédito, o descargarlo de nuestra página Web. Si usted lo descarga de nuestra página Web, asegúrese de imprimirlo en una sola hoja tamaño carta por lado y lado de la misma.


  • Para los solicitantes mayores de 14 años y menores de 80 años de edad, Formulario DS-157 (Solicitud Suplementaria de Visa de No Inmigrante) completamente diligenciado. Usted puede obtener dicho formulario en cualquier oficina autorizada del Banco de Crédito, o descargarlo de nuestra página Web.


  • Una foto. Pegue la foto en el Formulario DS-156, en el espacio designado para la foto.


  • Nota diplomática del gobierno en donde se especifique el propósito del viaje.

¿Qué costo tiene la solicitud de este tipo de visas?

Los solicitantes de visa A-1, A-2, G-1, G-2, G-3, G-4 y C-3, están exentos de pagar por los derechos de solicitud de visa.

¿Puedo solicitar la visa para mi compañero(a) permanente?

Las leyes de los Estados Unidos no reconocen la unión libre como matrimonio y por consiguiente estas personas no califican para una visa de dependientes.  Por lo tanto, no podemos otorgar visas A-1, A-2, C-3, G-1, G-2, G-3 ó G-4.  Sin embargo, estas personas pueden considerar solicitar cualquier otro tipo de visa de las que aparecen en nuestro Cuadro de Clasificación de Visas

¿Puedo solicitar visa para mis padres, tíos, sobrinos, hijos mayores de 21 años de edad o cualquier otro familiar?

Sus familiares pueden calificar para recibir una visa A-1, A-2, C-3, G-1, G-2, G-3 ó G-4, si usted califica para dicho tipo de visa y si su familiar:

  1. Es miembro de su grupo familiar (generalmente, si él o ella vive con usted)

  2. Es reconocido por su gobierno como dependiente (generalmente él o ella tiene su mismo tipo de pasaporte y aparece registrado en la nota diplomática como su dependiente), y

  3. Usted y la otra persona son familiares de sangre, por matrimonio (no unión libre) o adopción.

    ¿Cómo puedo obtener una visa para mi empleado(a) doméstico(a)?

    Por favor consulte nuestra página de empleados domésticos para obtener información más detallada.

     
    Preguntas Frecuentes