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Informe de Derechos Humanos 2009
 

Colombia es una democracia constitucional y multipartidista con una población cercana a los 45 millones de habitantes. En mayo de 2006, el candidato presidencial independiente Álvaro Uribe Vélez logró la reelección en un proceso electoral considerado, en general, libre y justo. El conflicto armado interno que se prolonga ya desde hace 45 años continua existiendo entre el Estado y las organizaciones terroristas, en particular las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc) y el Ejército de Liberación Nacional (ELN). Si bien las autoridades civiles han mantenido un control efectivo sobre las fuerzas de seguridad, sí hubo casos en los que los elementos de dichas fuerzas de seguridad violaron la política del Estado.

Aunque continuaron prevaleciendo algunos abusos contra los derechos humanos, el Estado continuó con sus esfuerzos para confrontarlos y resolverlos. Los problemas sociales y los abusos contra los derechos humanos por parte del Estado se reportaron durante el año: matanzas ilegales y extrajudiciales; colaboración de militares insubordinados con los nuevos grupos armados al margen de la ley y paramilitares que se rehúsan a desmovilizarse; desapariciones forzosas; hacinamiento e inseguridad en las cárceles; tortura y maltrato de los detenidos; detenciones arbitrarias; un elevado número de detenidos no procesados, algunos de los cuales permanecieron encarcelados al lado de presos convictos; impunidad y un sistema judicial ineficiente sometido a la intimidación; vigilancia ilícita de grupos civiles, oponentes políticos y agencias gubernamentales; hostigamiento e intimidación de periodistas; condiciones antihigiénicas en los asentamientos de desplazados con acceso limitado a la salud, la educación o el empleo; corrupción; hostigamiento a grupos de derechos humanos y activistas, incluyendo persecuciones sin fundamento; violencia contra la mujer, incluyendo el acceso carnal violento; el maltrato y la prostitución infantil; la trata de mujeres y niños; algo de discriminación social contra la mujer, los indígenas y las minorías; y el trabajo infantil ilegal.

Las Farc y el ELN cometieron los siguientes abusos a los derechos humanos: asesinatos políticos; uso indiscriminado de las minas antipersonal; asesinatos de integrantes de la fuerza pública fuera de servicio y funcionarios públicos; secuestros y desapariciones forzosas; desplazamientos forzados en masa; subordinación e intimidación de jueces, fiscales y testigos; violación del derecho a la intimidad de los ciudadanos; restricciones a la libertad de circulación; reclutamiento generalizado de niños para la guerra; ataques contra los activistas de derechos humanos; violencia contra la mujer incluyendo violencia sexual y abortos forzados; hostigamiento, intimidación y asesinatos de maestros y sindicalistas.

Los nuevos grupos armados al margen de la ley, y los paramilitares que rehusaron desmovilizarse, también cometieron un sinnúmero de abusos a los derechos humanos. Aunque el último bloque de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) se desmovilizó en agosto de 2006, los miembros de las AUC que rehusaron a desmovilizarse, los que se desmovilizaron pero luego abandonaron el proceso de paz, y otros grupos armados al margen de la ley, continuaron en la mira de la acción de las fuerzas de seguridad del Estado. Estos nuevos grupos carecían de la organización, el alcance y la capacidad militar de las antiguas AUC y se centraron principalmente en el tráfico de narcóticos y la extorsión. La desmovilización de las AUC llevó a la disminución de homicidios y otros abusos de los derechos humanos, pero los paramilitares que rehusaron desmovilizarse y los nuevos grupos armados al margen de la ley, continuaron  cometiendo un sinnúmero de hechos delictivos y abusos relacionados, incluyendo los siguientes: homicidios y secuestros políticos; violencia física; desplazamiento forzado; subordinación e intimidación de jueces, fiscales y testigos; violación del derecho a la intimidad de los ciudadanos; restricciones a la libertad de circulación; reclutamiento y utilización de niños en la guerra; violencia contra la mujer, incluyendo violencia sexual; y hostigamiento, intimidación y la matanza de trabajadores de los derechos humanos, periodistas, maestros y sindicalistas.

Las estadísticas del Estado señalaron que los secuestros disminuyeron en un 18 por ciento durante el año y los asesinatos en masa un 13 por ciento, a comparación con el mismo período en 2008. La Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación logró la condena de 421 acusados por delitos contra  los derechos humanos, incluyendo a 157 integrantes del Ejército por ejecuciones extrajudiciales. En diciembre, el proceso de la Ley de Justicia y Paz (por la cual los líderes paramilitares confiesan sus crímenes y entregan sus bienes y activos, a cambio de una sentencia reducida) ayudó a aclarar más de 38.000 delitos que relacionaban a 50.000 víctimas, y llevó a la exhumación de 2.800 restos en 2.300 fosas comunes. Las investigaciones realizadas por la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía General de la Nación sobre los vínculos entre políticos y algunos grupos paramilitares, involucraron a 87 miembros del Congreso, 15 gobernadores y 35 alcaldes, 66 de los cuales fueron detenidos . Al finalizar el año, se condenaron un total de 18 políticos (13 congresistas, cuatro gobernadores y un alcalde) por vínculos con grupos paramilitares.

EL RESPETO POR LOS DERECHOS HUMANOS

Sección 1. EL respeto por la integridad de la persona, incluida la protección contra:

a. La privación de la vida de manera arbitraria o en situación ilegal.

Las matanzas políticas y las cometidas en situaciones ilegales continuaron siendo un problema grave y hubo informes periódicos de matanzas extrajudiciales perpetradas por miembros de las fuerzas de seguridad como parte del conflicto armado interno (véase la sección 1.g.). A diferencia del año anterior, sí hubo menos informes sobre oficiales del Ejército que presentaron a ciudadanos del común como víctimas del combate, una situación conocida como ‘falsos positivos’.

El Relator de Ejecuciones Sumarias de la Organización de Naciones Unidas, Phillip Alston, informó la presentación de falsos positivos en los siguientes departamentos: Antioquia, Arauca, Valle del Cauca, Casanare, Cesar, Córdoba, Huila, Meta, Norte de Santander, Putumayo, Santander, Sucre y Vichada. A pesar de que el Relator Especial señaló que no se conocen pruebas que sugieran que estas muertes formaran parte de la política del Estado, el número de casos, su demografía y la diversidad de unidades militares involucradas, señala que las muertes fueron llevadas a cabo en forma sistemática por elementos importantes dentro del Ejército.

La guerrilla, principalmente las Farc y el ELN, cometió asesinatos (véase la sección 1.g.).

Los miembros de los grupos paramilitares que rehusaron desmovilizarse y los miembros de los nuevos grupos armados al margen de la ley, cometieron un sinnúmero de asesinatos políticos, principalmente en las zonas que se disputan con la guerrilla o donde no hay una presencia fuerte del Estado (véase la sección 1.g.).

El Centro de Investigación y Educación Popular (Cinep) fundado por sacerdotes jesuitas, una organización no gubernamental local que trabaja en defensa de los derechos humanos, afirmó que hubo al menos 192 asesinatos políticos y en situaciones ilegales durante los primeros seis meses del año, 28 menos de los reportados para el mismo período en 2008. Algunas ONG, como el Cinep, consideraron que los nuevos grupos armados al margen de la ley son una continuación de los grupos paramilitares y atribuyeron los informes sobre las violaciones a los derechos humanos cometidas por estos grupos directamente al Estado. También incluyeron los asesinatos cometidos por estos grupos dentro de su definición de “asesinatos en situaciones ilegales”.

El Programa Presidencial para los Derechos Humanos afirmó que hasta el 30 de noviembre habían muerto 133 personas en 26 masacres (definidas por el Estado como el asesinato de cuatro o más personas), lo cual representa una disminución del 8 por ciento con respecto al mismo período en 2008 (véase la sección 1.g.).

Algunos miembros de las fuerzas de seguridad del Estado, incluyendo reclutas, suboficiales y oficiales, desobedecieron las órdenes del Presidente y el alto mando militar para colaborar con las actividades de los nuevos grupos al margen de la ley, o los paramilitares no desmovilizados, o las toleraron. Esa colaboración llegó a facilitar algunos atentados contra la vida y pudo traducirse en una participación directa de los actos atroces de los paramilitares.

En ciertas regiones del país como en Medellín (Antioquia); Tierralta (Córdoba); Buenaventura (Valle del Cauca); el Urabá Antioqueño, Chocó, y Meta, se continuaron recibiendo informes de tratos corruptos entre integrantes de la fuerza pública en la región y paramilitares que rehusaron a desmovilizarse. Aunque la impunidad por las actuaciones de este personal militar continúa siendo un problema, el Ministro de Defensa realizó una investigación y entregó a los culpables a las autoridades civiles en varios casos de alto perfil durante el año en cuestión. En varios casos de ejecuciones extrajudiciales que habían sido falsamente reportados como muertos en combate, o ‘falsos positivos’, se encontró que algunos ex paramilitares estaban involucrados en dichas matanzas (ver sección 1.g.). En julio, la Fiscalía General formuló cargos contra 11 policías por colaborar con la denominada “Oficina de Envigado’, un grupo delictivo al margen de la ley. En octubre cuatro agentes de policía de Carepa (Antioquia) fueron acusados de compartir información sobre los operativos policiales y militares con la gente de Daniel Rendón Herrera (alias ‘Don Mario’).

Conforme a la ley, las autoridades militares o civiles fueron las encargadas de investigar los asesinatos atribuidos a las fuerzas de seguridad. Las investigaciones sobre los asesinatos cometidos en el pasado continuaron con lentitud. Hubo varios casos de alto perfil contra personal militar que resultaron en enjuiciamientos y otros tantos que se reabrieron debido a nuevas pruebas presentadas en testimonios como parte del Proceso de Justicia y Paz. El 3 de junio, el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Montería sentenció a dos oficiales y cuatro solados profesionales a 28 años en prisión por los homicidios de dos hombres en 2006, que fueron presentados como falsos positivos. Ese mismo mes, la Fiscalía General reabrió la investigación por la masacre de la Rochela en 1989, en la que murieron 12 investigadores judiciales a manos de las fuerzas paramilitares con el apoyo de miembros del Ejército, mientras investigaban las desapariciones forzosas de 19 comerciantes.

Tanto actores del Estado como de grupos armados al margen de la ley emplearon minas antipersonal, aunque las Fuerzas Armadas dejaron de plantarlas luego de que el Estado firmara el Tratado de Prohibición de Minas Antipersonal en diciembre de 1997. Los informes preliminares indicaron que las minas antipersonal, utilizadas principalmente por las Farc y el ELN, dejaron un saldo de 94 muertos y 450 heridos en los primeros 11 meses del año (véase la sección 1.g.), una reducción del 27 por ciento en los incidentes con minas antipersonal durante el mismo tiempo en 2008.

b. Las desapariciones.

Se continuaron presentando desapariciones forzosas, muchas de ellas con motivos políticos. El Cinep informó de 18 víctimas de desaparición forzada a manos de actores desconocidos durante los primeros seis meses del año, en comparación a las 27 víctimas en el mismo período de 2006. La Fiscalía General acusó a miembros de las FF. AA. en nueve casos de desaparición forzada ocurridos en el año, aunque los presuntos delitos no todos ocurrieron en 2009. Según el Sistema de Información Red de Desaparecidos y Cadáveres (Sirdec) del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, 348 personas fueron reportadas desaparecidas durante el año, una disminución del 19 por ciento desde 2008. En agosto, el Estado presentó un nuevo plan interinstitucional para mejorar los esfuerzos de identificación de los restos de víctimas de desapariciones forzosas.

Aunque el secuestro, tanto por razones económicas como políticas, continuó disminuyendo, no por ello dejó de ser un problema grave. El Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal (Fondelibertad) reportó 160 casos de secuestro extorsivo durante el año, lo que representa una disminución del 18 por ciento desde 2008. Tras revisar los 3.300 secuestros ocurridos desde 1996, Fondelibertad modificó sus cálculos actuales sobre el número de víctimas actualmente secuestradas y lo redujo a 125 (66 en manos de las Farc, 10 en manos del ELN, y el resto en manos de los nuevos grupos al margen de la ley o paramilitares que negaron a desmovilizarse). Algunos grupos defensores de derechos humanos cuestionaron la cifra, arguyendo que el número verdadero corría entre 600 y varios miles.
 
Los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal-Gaula (entidades del Ejército y la Policía formadas para combatir el secuestro y la extorsión) y otros elementos de las fuerzas de seguridad, liberaron a 64 rehenes en el curso del año. Fondelibertad informó que al menos cinco de las víctimas secuestradas fallecieron en cautiverio, a comparación de los 13 en 2008, una disminución del 62 por ciento. Las Farc, el ELN, los nuevos grupos al margen de la ley y los paramilitares que rehusaron desmovilizarse, continuaron con la práctica del secuestro. Todos los grupos al margen de la ley, incluyendo las guerrillas, a veces mataban a sus secuestrados (véase la sección 1.g.). Hasta el 30 de noviembre las Farc habían liberado a 15 individuos en forma voluntaria.

c. La tortura y otros tratamientos o castigos crueles, inhumanos o degradantes.

Aunque la ley prohíbe dichas prácticas, sí se presentaron informes de maltrato y torturas de detenidos a manos de la Policía, el Ejército y Guardias Penitenciarios. Los casos de miembros del Ejército y la Policía acusados de tortura se adelantaron en juzgados ordinarios en lugar de tribunales militares. El Cinep afirmó que en los primeros seis meses del año, hubo participación por parte de las fuerzas de seguridad del Estado en 16 incidentes de tortura, una disminución del 78 por ciento a comparación del mismo período en 2008. La Fiscalía General acusó de tortura a cuatro miembros de las fuerzas armadas durante el  año.

El Cinep informó que:

• El primero de enero en Caloto (Cauca), integrantes del Batallón de Infantería No. 8 “Batalla de Pichincha” retuvieron en forma arbitraria y torturaron a Gerardo Barona Avirama y James Barona Avirama.

• El 28 de febrero en Paya (Boyacá), integrantes del Ejército presuntamente torturaron a Neftalí Blanco de 16 años, para obligarla a confesar su vinculación a la guerrilla.

• El 10 de marzo en Argelia (Cauca) la Policía Nacional presuntamente detuvo en forma arbitraria, torturó y amenazó a Oscar Gómez Zapata, miembro de ASCAMTA, una ONG que defiende los derechos agrarios.

El Cinep informó que los integrantes paramilitares desmovilizados fueron responsables de al menos 24 casos de tortura registrados hasta el mes de junio, comparado con los 19 reportados durante el mismo período en 2008.

Se reportaron casos de abuso insubordinado por parte de los militares. El 13 de abril un capitán del Ejército fue detenido por torturas cometidas en octubre de 2006. El 26 de agosto el Tribunal Especial del Circuito de Ibagué sentenció a 13 soldados a entre 15-16 años de prisión por su participación en la tortura de 13 soldados rasos en la base militar Piedras en Tolima, en enero de 2006.

 Las condiciones en las cárceles y los centros de reclusión

A excepción de las instalaciones nuevas, las condiciones en las cárceles fueron malas, en particular para los presos carentes de apoyo externo. El Instituto Nacional Penitenciario (Inpec) tiene a su cargo la dirección de las 139 cárceles nacionales del país y la inspección de las cárceles municipales.

El hacinamiento, la inseguridad, la corrupción y la escasez de presupuesto continuaron siendo un problema serio en el sistema carcelario. Para finales del año las cárceles tenían a más de 77.000 internos cuando la capacidad real es inferior a los 55.000 presos. El hacinamiento superó el 34 por ciento. Muchos de los 5.746 guardianes penitenciarios y funcionarios administrativos del Inpec estaban mal capacitados. La ONG Comité de Solidaridad con los Presos Políticos (CSSP) señaló una disminución constante en los niveles de corrupción del sistema carcelario, como resultado de mejores programas de capacitación, mayor supervisión y un sistema de rendición de cuentas más estricto. Pese a ello, se teme que una mayor privatización del sistema de prisiones lleve a más corrupción.

Las restricciones presupuestarias tuvieron un efecto adverso sobre las condiciones de las cárceles. El Inpec gastó $5.300 pesos diarios (US$ 2.65) en alimentación por cada interno. Los aportes de fuentes privadas continuaron siendo importantes para suplementar la alimentación de muchos internos.

Según el Inpec, en el año se presentaron 27 muertes violentas entre los internos a causa de riñas y motines. Hasta noviembre se presentaron 22 motines en diversas instituciones penales. La Fiscalía General continuó con sus investigaciones sobre supuestos casos de uso excesivo de la fuerza y trato brutal contra los internos por parte de algunos guardianes penitenciarios. Según el Inpec, tres guardianes fueron sentenciados ese año por extorsión y conspiración.

La ley prohíbe la reclusión de detenidos sin juzgar en el mismo lugar de los prisioneros convictos; aunque sí se reportaron algunos casos. No se detuvo a menores en los centros para adultos aunque, en algunos casos, se permitió que las madres encarceladas tuvieran consigo a sus hijos menores de edad.

El Estado autorizó a grupos locales e internacionales de derechos humanos a supervisar de manera independiente las condiciones carcelarias. Dicha función de supervisión se realizó en el trascurso del año. Las Farc y el ELN continuaron impidiendo el acceso del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) a los miembros de la Policía y el Ejército retenidos en calidad de rehenes.

d. La detención o arresto arbitrario.

Aunque la ley prohíbe la detención o el arresto arbitrario, hubo algunas denuncias sobre detenciones arbitrarias contra ciudadanos.

 El papel de la Policía y el aparato de seguridad del Estado

La Policía Nacional, bajo la jurisdicción del Ministerio de Defensa Nacional, es la encargada de hacer cumplir las leyes en el territorio nacional y comparte esta función con el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación. El Ejército también compartió parte de la responsabilidad de hacer cumplir las leyes y mantener el orden público en el país. Por ejemplo, en algunas ocasiones las unidades militares prestan apoyo logístico y de seguridad para garantizar que los investigadores penales puedan obtener pruebas en zonas de alto conflicto o difícil acceso. Durante el año, la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General emitió 518 órdenes de arresto contra personal de las fuerzas armadas por asesinatos extrajudiciales, la mayoría de ellos ocurridos antes de 2009. No obstante, hubo afirmaciones generalizadas sobre impunidad debido a la obstrucción de la justicia y la falta de recursos para la investigación, de protección para los testigos y los investigadores, y de coordinación entre las entidades oficiales. Muchos grupos de derechos humanos criticaron a la Fiscalía General por formular cargos solamente contra el personal militar de bajo rango a la vez que evitaba investigar a los autores intelectuales, oficiales de alto rango. Durante el año, el Ministerio de Defensa Nacional relevó del mando a 55 oficiales, 41 suboficiales y soldados de las Fuerzas Armadas por ineficiencia, conducta poco ética, corrupción y sospecha razonable sobre posibles violaciones a los derechos humanos.

La Policía realizó operativos de captura de sospechosos con órdenes de arresto emitidas por los fiscales con base en causas probables. Sin embargo, no se necesitan órdenes para aprehender a los delincuentes atrapados en flagrancia o en el acto de huir del lugar de los hechos. Los miembros de las fuerzas armadas procedieron a aprehender a miembros de grupos armados ilegales capturados en combate, pero se abstuvieron de ejecutar las órdenes de aprehensión por no estar autorizados para hacerlo. No obstante miembros del CTI, quienes acompañaron a las unidades militares, sí están en capacidad de ejecutar dichas órdenes.

Según el sistema acusatorio que entró en vigencia en todo el país a partir de enero de 2008, los sospechosos deben ser llevados ante un juez dentro de las primeras 36 horas a fin de determinar la validez de la detención. Los cargos deben formularse formalmente dentro de los 30 días siguientes y el juicio debe iniciarse dentro de los 90 días siguientes a la fecha inicial de la detención. No obstante, aquellos delitos cometidos antes de la implementación de este nuevo código penal, deberán juzgarse conforme al anterior sistema inquisitorio.

El sistema anterior requería que las autoridades informaran de inmediato al sospechoso de la razón por la que había sido detenido y llevado ante un juez, en menos de 36 horas desde su aprehensión. Los fiscales debían dictaminar sobre la legalidad de las detenciones en un período máximo de 72 horas. En ambos sistemas, y en la mayoría de los delitos graves, la detención antes de la presentación formal de cargos no puede exceder los 180 días. Después de eso, el sospechoso debe ser puesto en libertad. En el antiguo sistema, en los casos de delitos considerados particularmente graves como el homicidio, el terrorismo o la rebelión, las autoridades tienen hasta 360 días para presentar formalmente los cargos. Existe la ley de habeas corpus para manejar casos de supuesta detención arbitraria.

La fianza no aplica en delitos graves como el homicidio, la rebelión o el tráfico de estupefacientes. Los detenidos tienen derecho a acceder oportunamente al abogado de su elección, y la Defensoría de Derechos Humanos brinda asistencia a través de sus 1.600 defensores de oficio a los acusados que no cuentan con recursos para su defensa.

Algunas ONG de derechos humanos más importantes se quejaron de la detención arbitraria de centenares de personas, en particular, líderes sociales, trabajadores activistas y defensores de los derechos humanos. El Cinep informó que las fuerzas de seguridad del Estado detuvieron arbitrariamente a 113 personas durante los primeros seis meses del año, en comparación a las 224 durante el mismo período en 2008. Muchas de esas detenciones tuvieron lugar en las zonas de conflicto (en particular en Arauca, Antioquia, Nariño y Santander), donde se realizaban operaciones militares activas contra la insurgencia.

El Estado y varias ONG prominentes tuvieron desacuerdos frecuentes con respecto al significado del concepto “detención arbitraria”. Mientras el Estado caracterizó las detenciones con base en el cumplimiento de los procedimientos legales, las ONG aplicaron otros criterios para definir la “detención arbitraria” en términos de los arrestos basados en pistas proporcionadas por informantes acerca de personas vinculadas a la actividad guerrillera, detenciones por parte de las fuerzas de seguridad sin orden judicial, detenciones basadas en la autoridad administrativa, detenciones efectuadas durante las operaciones militares, detenciones masivas, y detenciones de personas en “ejercicio de sus derechos fundamentales”.

Fue difícil llevar la cuenta de todos los detenidos debido a que muchos comandantes militares y supervisores de cárceles locales no llevaron los registros obligatorios o no siguieron los procedimientos de notificación. Las demoras en los juicios se debieron al gran número de detenidos, las limitaciones económicas o la falta de personal.

e. La privación de un juicio público justo.

Si bien la ley contempla la independencia de la rama judicial, gran parte del sistema jurisdiccional se vio recargado, obstaculizado o afectado por la ineficiencia debida en buena parte a la subordinación e intimidación de jueces, fiscales y testigos. Ante esas circunstancias, la impunidad siguió siendo un problema serio aunque el Estado tomó acción para atender estas necesidades. El Consejo Superior de la Judicatura (CSJ) informó que los juzgados ordinarios tuvieron una carga significativa de los casos pendientes, lo cual hizo que hubiera un gran número de detenidos a la espera de un juicio. La implementación del nuevo sistema penal acusatorio disminuyó el tiempo para la solución de los nuevos casos criminales en un 75 por ciento, con sentencias pronunciadas en el 60 por ciento de los casos bajo el nuevo sistema penal, a comparación del 3 por ciento bajo el antiguo sistema. Sin embargo, aún quedan muchos casos viejos pendientes.

Las autoridades judiciales se vieron sometidas a amenazas y actos violentos. Según el programa de protección a testigos de la Fiscalía General, en el año 470 empleados de la rama judicial solicitaron diversas formas de protección del CSJ por razones que incluyen amenazas. Aunque la Fiscalía estableció un programa de protección a testigos de procesos penales, quienes no se acogieron al programa continuaron siendo vulnerables a la intimidación y muchos se rehusaron a testificar.

La Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de Jueces y Magistrados, Gabriela Carina Knaul de Albuquerque e Silva, reportó un alto nivel de amenazas y ataques contra funcionarios judiciales como jueces, abogados defensores, fiscales e investigadores, al igual que participantes civiles en el sistema judicial, como testigos y las víctimas mismas. La Relatora Especial reconoció que el Estado cuenta con programas que ofrecen protección, pero solicitó la implementación de más medidas para garantizar la protección de los funcionarios del sector judicial. La Relatora Especial reconoció que las amenazas contra los funcionarios del sector judicial contribuyeron a la existencia de un mayor índice de impunidad, además de pocos recursos para la administración de la justicia, lo que hace que las investigaciones iniciales sean inadecuadas.

El sistema de justicia ordinaria está compuesto por cuatro jurisdicciones : ordinaria, administrativa, constitucional y especial. La jurisdicción ordinaria es la más grande y se ocupa de todos los procesos penales, ordinarios, laborales, agrarios y domésticos en los cuales no se encuentren involucrados miembros de las fuerzas militares. La Corte Suprema de Justicia es el más alto tribunal dentro de la jurisdicción y el último recurso de apelación.

La Corte Constitucional es la única autoridad judicial con poder para decidir acerca de la constitucionalidad de las leyes, los decretos presidenciales y las reformas a la Constitución. La Corte Constitucional también tiene autoridad para emitir dictámenes acerca de la constitucionalidad de los proyectos de ley sin sancionar, y tiene el poder discrecional para revisar las decisiones de los tribunales menores con respecto a las tutelas, las cuales cualquier ciudadano puede interponer ante cualquier juzgado en cualquier momento del proceso judicial.

A la jurisdicción especial del sistema de justicia ordinaria pertenecen el programa de jueces de paz y la jurisdicción indígena. El CSJ tiene a su cargo la función administrativa y disciplinaria del sistema de justicia ordinaria.

La Corte Suprema, el Consejo de Estado, la Corte Constitucional y el Consejo Superior de la Judicatura son entes judiciales supremos mutuamente iguales, que en ocasiones libraron sentencias contradictorias y estuvieron en desacuerdo con respecto a las responsabilidades de su jurisdicción.

El Sistema de Justicia Militar consta de 44 tribunales militares y el Tribunal Militar Supremo actúa como tribunal de apelaciones para todos los casos juzgados en los tribunales militares. La Corte Suprema de Justicia es el segundo tribunal de apelaciones para los casos en los cuales se imponen penas superiores a seis o más años en prisión.

El Sistema de Justicia Militar está en capacidad de investigar y procesar al personal militar y de policía en servicio activo por delitos “relacionados con los actos del servicio militar”. El código penal militar define específicamente la tortura, el genocidio, las masacres y las desapariciones forzosas como delitos no relacionados con el servicio militar. Se considera que cualquier tipo de violación a los derechos humanos no tiene ninguna relación con el servicio militar y le competen al sistema de justicia ordinaria, aunque esto no siempre sucedió en la práctica. Más de 250 casos sobre derechos humanos que estaban siendo manejados por el sistema de justicia militar, fueron transferidos al sistema de justicia ordinaria. El código de justicia militar específicamente excluye a los civiles de la jurisdicción militar y los tribunales ordinarios deben juzgar al personal militar y de policías retirados, aunque los tribunales militares son responsables por los actos relacionados con el servicio, que se hubieran cometido antes del retiro.

El código penal militar priva a los comandantes del poder de imponer la disciplina de la justicia militar a sus subalternos y brinda protección legal a los miembros en servicio activo que se rehúsen a obedecer órdenes que comprometan el respeto por los derechos humanos. El Ejército cuenta con la autoridad discrecional para destituir aquel personal que pueda estar implicado en abusos contra los derechos humanos.
La Fiscalía General de la Nación tiene la responsabilidad de investigar y procesar los delitos penales. La Unidad de Derechos Humanos, que comprende 13 oficinas regionales, se especializa en la investigación de delitos cometidos contra los derechos humanos. Al finalizar el año, los 100 fiscales especializados de la Unidad manejaban un total de 5.586 casos.

La Procuraduría General de la Nación se encarga de investigar las denuncias por mala conducta de los empleados oficiales, incluyendo a los miembros de las fuerzas de seguridad del Estado. La Procuraduría General de la Nación remitió todos los casos de violaciones a los derechos humanos a la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación.

En el año, la Procuraduría General de la Nación dio inicio a procesos disciplinarios contra 546 miembros de las fuerzas armadas por delitos contra los derechos humanos. Además, la Fiscalía presentó cargos contra 157 miembros de las fuerzas armadas.

 Los procedimientos procesales

Bajo el nuevo Código de Procedimiento Penal Acusatorio finalmente implementado en enero de 2008, el fiscal presenta los cargos y las pruebas ante un juez imparcial en el marco de un juicio oral público. Existe una presunción de inocencia y el acusado tiene derecho a confrontar las pruebas en su contra en un juicio y a presentar su propia evidencia. No hay participación de jurados. Los delitos o crímenes, cometidos previo a la implementación del nuevo código, fueron procesados bajo el antiguo sistema inquisitorio en el que el fiscal hace las veces de magistrado investigador quien investiga, presenta las pruebas, y determina el veredicto de inocencia o culpabilidad. El “juicio” no era más que la presentación de las pruebas y el veredicto de inocencia o culpabilidad frente a un juez para su ratificación o rechazo.

En el sistema de justicia militar, los jueces militares presiden las cortes marciales sin presencia de jurados. Los acusados pueden contar con los servicios de un defensor de oficio, quien puede llamar a testigos, pero la mayor parte de la investigación ocurre durante la fase indagación. Los jueces militares deben pronunciar sentencia dentro de los ocho días siguientes a la audiencia de la corte marcial. Se exige la presencia de representantes de la Procuraduría General durante una corte marcial.

El procedimiento penal en el sistema de justicia militar incluye elementos de los sistemas inquisitivo y acusatorio. Los acusados son considerados inocentes hasta que se demuestre lo contrario y tienen derecho a consultar oportunamente a un abogado defensor. Una sentencia de la Corte Constitucional prohíbe a los abogados militares asumir deberes de defensa. Los acusados deben sufragar los gastos de sus abogados o depender de abogados pagados a través de un fondo especial de oficiales militares.

Al finalizar el año, el Ministerio de Defensa Nacional estaba preparado para realizar la transición al sistema oral acusatorio utilizado por la justicia civil. La extensión del nuevo sistema se realizará a nivel regional y está programado para culminar en 2012. Durante el año el sistema de justicia militar transfirió más de 250 casos de derechos humanos al sistema de justicia ordinaria.

Los tribunales ordinarios dictaron sentencia condenatoria contra miembros de las fuerzas militares por delitos cometidos en el pasado contra los derechos humanos. Los siguientes son algunos ejemplos:

• El primero de septiembre, el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Ibagué sentenció a cinco soldados a entre 35 y 40 años en prisión por los homicidios en 2004 de una familia de cinco; incluyendo a dos pequeños menores de edad, en Potosí de Cajamarca (Tolima).

• El 24 de septiembre, el Juzgado 12 Penal del Circuito de Bogotá condenó a dos oficiales de la Fuerza Aérea por el homicidio de 17 personas en Santo Domingo (Arauca) durante un bombardeo en 1998. La sentencia de homicidio culposo dictaminada en 2007 fue objetada por un tribunal mayor, quien señaló que las acciones de los pilotos violaban el derecho internacional humanitario que prohíbe el uso de bombas en áreas pobladas, aunque el enemigo se encuentre presente en el lugar.

• El 25 de noviembre, el Tribunal Superior de Bogotá sentenció al general (r) Jaime Humberto Uscategui a 40 años en prisión por su participación en la incursión paramilitar a Mapiripán (Meta), que desencadenó la masacre en la que murieron alrededor de 50 personas.

 Los presos políticos y los detenidos

El Estado declaró no tener presos políticos. Algunos grupos defensores de derechos humanos caracterizaron de presos políticos a algunos detenidos por cargos de rebelión o terrorismo, por considerar ese proceder como una táctica de hostigamiento del Estado contra los defensores de los derechos humanos (ver sección 5.). Según el Inpec, en el año hubo 3.398 presos acusados de rebelión o de ayudar a la insurgencia o colaborar con ella. El Estado permitió al CICR acceso a estos presos.

 Los procesos y los recursos judiciales civiles

Los ciudadanos pueden demandar a cualquier entidad u organismo del Estado ante al Tribunal de lo Contencioso Administrativo por daños y perjuicios a causa de violaciones a los derechos humanos. Aunque los críticos se quejaron de demoras en el proceso, en términos generales consideraron que la labor del tribunal fue imparcial y eficaz.

 La restitución de la propiedad

Para muchas personas con pequeños terrenos de tierra, la posesión de terrenos sigue siendo inaccesible. Muchas agencias del Estado y grupos de derechos humanos estimaron que la guerrilla, y los grupos al margen de la ley, se apoderaron por la fuerza de entre 1,1 y 2,7 millones de acres (445.154 – 1’092.651 de hectáreas) de tierra que les fueron arrebatados a los pequeños agricultores durante las décadas que ha durado el conflicto. Los grupos paramilitares se han apoderado de la mayoría de estas tierras, y el Estado sólo ha logrado recuperar una fracción de ellas desde la desmovilización de la AUC. El 18 de junio el Congreso rechazó una ley de víctimas que, inter alia, hubiera tratado el tema de la restitución de tierras. Pero quienes se oponían señalaron que el proyecto de ley no era suficiente y otros que el Estado no podía manejar el costo.

f. La interferencia arbitraria con la intimidad, la familia, el domicilio o la correspondencia.

La ley prohíbe estos actos. Aunque en la práctica el Estado respetó estas prohibiciones en términos generales, sí hubo algunas excepciones. La ley exige que las autoridades del gobierno obtengan una orden firmada por un fiscal superior a fin de allanar una residencia privada sin el consentimiento del propietario, a menos que se haya detenido al sospechoso en fuga. En general, las autoridades oficiales mostraron respeto por estas normas.

En general, las autoridades oficiales necesitan una orden judicial para interceptar la correspondencia personal o monitorear las conversaciones telefónicas, incluso en las cárceles. Sin embargo, en sus investigaciones de organizaciones terroristas, los organismos de inteligencia del Estado monitorearon conversaciones ocasionales sin autorización judicial, aunque tales pruebas no pudieron ser empleadas en los procesos judiciales.

La vigilancia que el DAS realizó de altos magistrados, periodistas, organizaciones y defensores de derechos humanos, políticos opositores y la Vicepresidencia, llevó a que el CTI realizara una investigación. Los medios revelaron que la vigilancia realizada por el DAS incluyó la vigilancia física de funcionarios y sus familias, interceptaciones telefónicas y electrónicas, y la reunión de información de carácter personal y financiero. Un informe del CTI describe una estrategia doble para montar procesos contra las víctimas de las vigilancias e interrumpir las actividades de los grupos defensores de derechos humanos a través de una  “inteligencia ofensiva”. Según una publicación de la Campaña Nacional e Internacional por los Derechos a la Defensa de los Derechos Humanos, el DAS realizó sus actividades de acoso por medio de ataques, montajes y amenazas de muerte. El ex director del DAS Jorge Noguera y el subdirector José Narvaez estaban siendo investigados por conspirar con paramilitares para instigar el homicidio de tres sindicalistas, un profesor universitario y un periodista. La Fiscalía General realizó su propia investigación de las interceptaciones telefónicas y 34 funcionarios del DAS estaban siendo investigados. Para finales del año las investigaciones sobre el caso seguían en progreso.

El Estado continuó empleando una red de informantes civiles voluntarios para reportar las actividades terroristas e identificar a los terroristas. Algunos grupos nacionales e internacionales de derechos humanos criticaron dicha red por estar sujeta a abusos y ser una amenaza para la intimidad y otras libertades civiles. En un informe sobre los niños y el conflicto armado presentado por el Secretario General de la ONU en agosto, la ONU hizo un llamado al Gobierno para asegurarse de que los niños no fueran utilizados para propósitos de inteligencia militar, reseñando que esta práctica ponía en riesgo la seguridad de los menores, pues se convierten en blanco de los grupos armados al margen de la ley. Las FARC justificaron públicamente su masacre de ocho indígenas de la etnia awá el 4 de febrero, como retaliación por la colaboración con el Ejército.

Los nuevos grupos armados al margen de la ley, los paramilitares que rehusaron desmovilizarse, y las FARC y el ELN interfirieron constantemente con la intimidad. Penetraron a la fuerza en residencias privadas, monitorearon las comunicaciones privadas, cometieron actos de desplazamiento y reclutamiento forzoso y abusos contra familiares. Las FARC prohíben el embarazo entre sus tropas, entre quienes hay un número considerable de mujeres, y hubo informes acerca de abortos impuestos a la fuerza a fin de hacer cumplir esa orden.

g. El uso excesivo de la fuerza y otros abusos en el conflicto interno.

Continuó el conflicto armado interno que azota al país desde hace 45 años entre las fuerzas del Estado, dos grupos terroristas (FARC y ELN), los nuevos grupos al margen de la ley y los paramilitares que rehusaron desmovilizarse. El conflicto y el tráfico de estupefacientes, los cuáles han servido de combustible y al mismo tiempo benefician el conflicto, fueron los causales de múltiples violaciones a los derechos humanos.

Tras la finalización de un proceso en el que se desmovilizaron aproximadamente 34.000 paramilitares entre 2003 y 2006, el gobierno enfrentó militarmente a los grupos que no se desmovilizaron y también a los nuevos grupos al margen de la ley. La Organización de Estados Americanos (OEA) continuó verificando las etapas de la desmovilización y reincorporación de los excombatientes a la sociedad. En su informe de octubre, la OEA realzó los avances significativos del proceso, señalando un incremento en la participación de las víctimas, a la vez que señaló las áreas que requerían de mejoras, como la necesidad de enfrentar a los nuevos grupos al margen de la ley. La OEA señaló que de los 959 integrantes de los nuevos grupos al margen de la ley que habían sido capturados hasta junio, 181 (ó 19 por ciento) eran ex paramilitares desmovilizados que habían regresado a una vida delictiva.

 Los homicidios y los asesinatos

Las fuerzas de seguridad fueron responsables de su participación en muertes extrajudiciales. El Cinep informó que durante el primer semestre del año, se ejecutaron 45 de estas muertes, a comparación de las 76 ocurridas en el mismo periodo de 2008. De esas muertes extrajudiciales, el Cinep informó de dos casos de ciudadanos que habían sido dados de baja por el Ejército y luego fueron reportados como muertos en combate. Hasta noviembre, la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General investigaba 1.302 casos de 2.177 víctimas (a saber: 1.949 hombres, 112 mujeres y 116 menores de edad), todas muertas en forma extrajudicial a manos de las fuerzas armadas entre 1985 y 2009. La mayoría de las muertes que estaban siendo investigadas ocurrieron en los departamentos de Antioquia (378), Meta (116), Norte de Santander (76) y Casanare (52). Muchos de los casos reportados incluían a miembros del Ejército. La Fiscalía General de la Nación logró la condena de varios integrantes de las fuerzas armadas por muertes extrajudiciales. No se logró obtener información concreta sobre los condenados en el año. Para finales del año la Fiscalía investigaba a 12 coroneles, 14 tenientes coroneles, 43 mayores, 85 capitanes y cientos de suboficiales más.

Según el Cinep, la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos (Oacnudh) y el Programa Presidencial para los Derechos Humanos, los informes sobre muertes extrajudiciales reportados falsamente (o casos de falsos positivos) disminuyeron radicalmente durante el año. El Cinep informó de dos casos que involucraban a cuatro víctimas durante el mes de junio. La Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General abrió cinco nuevos casos de matanzas extrajudiciales que presuntamente habían ocurrido en el año. Los casos que el Cinep reportó son:

• El 16 de enero, integrantes de las fuerzas armadas supuestamente ejecutaron a José María Hoyos, Islena García Valencia y Noé Peña Navarro en Salento (Quindío), y los reportaron como muertos en combate.

• El 14 de marzo, miembros de las fuerzas armadas supuestamente ejecutaron a Arbey Díaz, presidente de una organización campesina en la Macarena (Meta) y lo reportaron como muerto en combate.

La Organización Nacional Indígena de Colombia-ONIC presentó el siguiente caso:

• El 23 de mayo en Barbacoas (Nariño) integrantes de las fuerzas armadas supuestamente ejecutaron a Gonzalo Rodríguez Guanga, miembro del grupo indígena awá, y lo presentaron como muerto en combate. Su esposa, Tulia García Guange, la única testigo del hecho, fue posteriormente asesinada en la masacre de 12 indígenas de la etnia awá el 26 agosto.

De acuerdo con el CINEP, los casos de muertes extrajudiciales atribuidas al Estado fueron una combinación de informes falsos sobre guerrilleros muertos en combate y casos de “limpieza social” (vagos, homosexuales, lesbianas [ver sección 6.], y otras personas “indeseables”). Estos son algunos de los casos de ejecuciones extrajudiciales atribuidas a las fuerzas de seguridad del Estado que figuran en los informes del CINEP:

• El 6 de marzo, tres integrantes de las fuerzas armadas supuestamente ejecutaron al activista gay del Movimiento LGBT (lesbianas, los gays, los bisexuales y las personas transgénero) Álvaro Miguel Rivera, en Cali (Valle del Cauca).

• El 24 de mayo, miembros de la Policía Nacional y un grupo al margen de la ley supuestamente ejecutaron a un individuo de 30 años y a Reinaldo Delgado Londoño en Guadalajara de Buga (Valle del Cauca).

En un caso de  “limpieza social”, la ONG Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) informó que el 9 de enero, agentes de la Policía presuntamente torturaron y asesinaron al indigente Robinson de Jesús Gil en Bogotá. El 10 de febrero la Fiscalía General formuló cargos contra dos agentes por el crimen.

Hubo avances en algunos de los casos pendientes sobre derechos humanos. Estos fueron los casos relacionados con homicidios ocurridos en 2008:

• La Fiscalía General implicó a 40 miembros del Ejército en el caso de aproximadamente 14 residentes de Soacha que fueron llevados bajo falsos  pretextos hasta Ocaña por reclutadores civiles y posteriormente asesinados por miembros del Ejército, quienes falsamente los reportaron como víctimas de combate. A finales del año aún no se había dado inicio a los juicios.

• La Fiscalía General ordenó la detención preventiva de 15 miembros de la unidad anti-guerrilla adscritas al Batallón Calibío de la 14a. Brigada de la Séptima División del Ejército Nacional en Cimatarra (Santander) por los homicidios de dos ciudadanos en enero de 2008 quienes fueron falsamente presentados como muertos en combate.

Los casos relacionados con homicidios ocurridos antes del 2008 incluyen:

• La Fiscalía General de la Nación formuló cargos contra dos soldados profesionales en el caso de 10 jóvenes en Toluviejo (Sucre) que fueron asesinados por el Ejército entre julio y agosto de 2007 y falsamente señalados como muertos en combate. El ex integrante de las AUC José Dionisio Ramos castillo, alias ‘Joselito Carnaval’, fue sentenciado a 22 años en prisión por el reclutamiento de las víctimas y entregarlas al Ejército.

• El 16 de marzo el Tribunal penal del Circuito de Apartadó (Antioquia) sentenció a siete soldados de la XVII Brigada a 30 años en prisión por su participación en el homicidio en 2006 de Edilberto Vásquez Cardona, miembro de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó, quien fue falsamente presentado como muerto en combate.

• El 10 de mayo José Wilson Giraldo, testigo en el caso de la matanza extrajudicial de su hermano José Orlando Giraldo, recibió un tiro en la cabeza sobreviviendo al ataque. Otro testigo en el caso fue Martha Giraldo, hija de Orlando Giraldo, quien recibió numerosas amenazas durante el año. El juicio contra el ex sargento Luís Eduardo Mahecha Hernández de la Tercera Brigada del Batallón de Alta Montaña para la matanza de 2006, continuó hasta finales del año. Aún no se habían iniciado los juicios contra otros militares implicados en el caso.

• En el caso en 2005 de ocho civiles muertos en San José de Apartadó (Antioquia), la Fiscalía General formuló cargos por homicidio contra 10 soldados adscritos al Batallón 47 de Infantería de la XVII Brigada. El Estado capturó al sospechoso Yamid de Jesús González Galaraga por su participación en los homicidios. La Fiscalía General abrió una investigación contra el general (r) Héctor Fandiño por su presunta participación en el crimen.

• El 5 de octubre, el IV Circuito Civil del Tribunal Administrativo de Sincelejo ordenó al Estado el pago de $2,500 millones de pesos (US$ 1,25 millones) a las familias de las víctimas de la masacre en Chengue a manos de las AUC.

El Estado dio inicio a una serie de reformas para mejorar el desempeño de los derechos humanos en las fuerzas de seguridad. Las reformas incluían la apertura de una nueva escuela de derechos humanos en mayo, la creación de un nuevo departamento de derechos humanos al mando de un brigadier general, la creación de “asesores legales operacionales” quienes ofrecerían asesoría legal en la planeación, seguimiento y control de operaciones militares, y el desarrollo de nuevas reglas de combate. El Estado trasmitió por televisión seis audiencias de responsabilidad para recibir quejas contra personal del Ejército, encabezado por el Presidente, y la participación del Fiscal General, la Procuraduría General y la Defensoría del Pueblo.

Los nuevos grupos al margen de la ley y paramilitares que rehusaron desmovilizarse, asesinaron a periodistas, políticos locales, activistas de derechos humanos, líderes indígenas, líderes sindicales y otras personas que amenazaban con interferir con sus actividades criminales, mostraban simpatía hacia la izquierda o eran sospechosas de colaborar con las FARC. También fueron los supuestos autores de masacres y delitos de “limpieza social” contra prostitutas, homosexuales, consumidores de drogas, vagos, y pandilleros en los barrios de las ciudades que estaban bajo su control. De acuerdo con el CINEP, los nuevos grupos al margen de la ley y los paramilitares que rehusaron desmovilizarse, fueron responsables por las muertes de 279 civiles entre enero y junio, un aumento del 89 por ciento con respecto a los 89 asesinatos reportados durante el mismo período en 2008. El 26 de febrero, un grupo armado al margen de la ley presuntamente asesinó a un trabajador sexual transgénico en Dabeiba (Antioquia). Se dijo que los integrantes del grupo se jactaban de haber asesinado a un drogadicto homosexual.

Miembros de los grupos guerrilleros continuaron desmovilizándose. Según el Ministerio de Defensa, en el año se desmovilizaron 2.481 miembros de la guerrilla, a comparación de 3.240 durante el mismo período de 2008; una reducción del 23 por ciento. En agosto, 22 indígenas de la etnia emberá se desmovilizaron en forma colectiva del Frente 34 de las Farc y se reintegraron a las reservas indígenas en la región del Urabá antioqueño. También en agosto, 24 indígenas de la etnia nasa se desmovilizaron del Frente 6 de las Farc.

Las FARC y el ELN asesinaron a periodistas, líderes religiosos, candidatos a cargos públicos, funcionarios públicos elegidos y políticos, supuestos colaboradores de los paramilitares y miembros de las fuerzas de seguridad del Estado. El 22 de diciembre las Farc secuestraron y asesinaron al gobernador de Caquetá. En muchas zonas del país, las FARC con sus 8 ó 9 mil miembros y el ELN con sus 2 mil miembros se unieron para atacar a las fuerzas del Estado o los paramilitares desmovilizados. En otras zonas, en particular los departamentos de Arauca, Valle del Cauca, Cauca y Nariño, se atacaron entre sí. Varios juzgados acusaron en ausencia a miembros del Secretariado de las FARC por cargos que iban desde secuestro y terrorismo hasta homicidio agravado. Dos ejemplos fueron la masacre en 2001 de 22 personas en Tierralta (Córdoba) y el ataque de 1999 en Puerto Lleras que dejó un saldo de 10 personas y 11 policías muertos.

Las Farc asesinaron a personas que ellos consideraban sospechosas de colaborar con el Estado o los grupos paramilitares. El Programa Presidencial para los Derechos Humanos reportó que durante los primeros 11 meses del año las FARC asesinaron al menos a 220 personas, mientras que 106 personas murieron en masacres cuyos autores permanecieron sin identificar.

• El 13 de enero, el Frente 29 de las Farc atacó el municipio de Roberto Payán (Nariño) con morteros improvisados. En el evento murieron seis personas, incluyendo tres menores, y 11 resultaron heridas.

• El 27 de enero, las Farc volaron una videotienda Blockbuster en Bogotá donde murieron dos personas.

• El 12 de febrero, tres agentes de la policía y tres personas murieron durante una emboscada del ELN en Convención (Norte de Santander). El ELN primero mató a un matrimonio para que sirvieran de carnada, y desde un punto alto atacaron al primer contingente de la Policía y civiles que respondieron al primer ataque. Diecisiete personas resultaron heridas.

 Los secuestros

Los nuevos grupos ilegales, los paramilitares que rehusaron desmovilizarse y los terroristas de las FARC y el ELN continuaron con sus actos de secuestro extorsivo.

Fondelibertad informó que integrantes de los nuevos grupos al margen de la ley continuaron siendo responsables por los secuestros. Durante el año las estadísticas del Estado empezaron a señalar los secuestros de los nuevos grupos armados como crimen organizado, respondiendo por los 13 secuestros cometidos durante el año. La mayoría de los casos de secuestro, 98 de ellos, fueron atribuidos a la delincuencia común.

Las Farc y ELN continuaron siendo responsables de numerosos casos de secuestro, siendo éste su mayor fuente de ingresos. Las Farc también secuestraron a políticos, ciudadanos destacados y miembros de las fuerzas de seguridad del Estado para utilizarlos como fichas en intercambios de prisioneros. Fondelibertad informó que durante el año, la guerrilla secuestró a 49 personas (28 por ciento de los casos en los cuales se identificó a los autores), la guerrilla a 38 y el ELN a 11.

Las Farc continúan teniendo en su poder a 22 rehenes políticos y 44 rehenes económicos. Esto representa una disminución de las cifras presentadas por el Estado. La Fundación País Libre, una ONG que monitorea el secuestro, estima que las Farc tuvieron a 48 rehenes en su poder. Para el 30 de noviembre, el Ejército había liberado a 81 rehenes.

La Fundación País Libre criticó las cifras de Fondelibertad. Sus cifran estimaban que al menos 63 casos de secuestro no formaban parte de la base de datos de Fondelibertad.

 El maltrato físico, el castigo y la tortura

Según informes preliminares del Programa Presidencial para la Acción Integral contra Minas Antipersonal, las minas, empleadas primordialmente por las Farc y el ELN, fueron responsables de la muerte de 94 personas y 450 lesiones durante los primeros 11 meses del año; una disminución del 27 por ciento de los incidentes por minas comparado con el mismo período en 2008. Alrededor del 70 por ciento de las víctimas de minas antipersonal en el año fue personal militar. La Campaña Internacional para la Prohibición de Minas Antipersonal declaró que las Farc continuaron siendo la principal organización usuaria de minas antipersonal y que también el ELN continuó utilizándolas. El Estado creó dos brigadas adicionales de desminado humanitario, para un total de seis. Las brigadas de desminado ya despejaron 26 de los 34 campos militares minados. Según el Ministerio  de Defensa Nacional, en el año el Estado despejó más de 90 áreas minadas. En noviembre, el Estado organizó la Segunda Convención de Ottawa sobre la Prohibición de Minas Antipersonal, y suscribió el Plan de Acción de Cartagena, el cual compromete al Estado a asegurarse que las víctimas de minas reciban asistencia oportuna y asequible.

 Los niños soldados

Tanto la guerrilla como los grupos armados al margen de la ley emplearon a los menores en sus filas como soldados. Según el informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la infancia y el conflicto armado, el reclutamiento y uso de menores por parte los grupos armados al margen de la ley son extensos, y continua siendo de gran preocupación. El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) estimaron que el número de niños partícipes en los grupos armados al margen de la ley oscila entre 10.000 y 13.000. A partir del primero de noviembre, cuando la Reserva del Estatuto de Roma expire, la pena para los líderes de grupos armados que empleen a menores de edad como soldados en sus filas, se incrementó a cadena perpetua. El Estado acordó a la pena impuesta por la Corte Penal Internacional para el reclutamiento de menores cuando ratificó el Estatuto de Roma en 2002, pero retrasó la implementación de la ley para ofrecer a todos los grupos al margen de la ley, sobre todo las Farc, un incentivo para liberar a los menores reclutados. El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) vinculó el fenómeno del desplazamiento forzado de las familias con el reclutamiento forzado de los menores. Las Farc enviaron cartas a las comunidades indígenas delineando una política de reclutamiento de menores y advirtiéndoles no rechazarla.

 Otros abusos relacionados con el conflicto

La guerrilla no tuvo ningún respeto por los heridos ni el personal médico. Con frecuencia tanto las Farc como el ELN ejecutaron a sus prisioneros heridos, amenazaron y hostigaron a médicos y enfermeras, y mataron a los combatientes enemigos que recibían atención médica.

• El 12 de enero en Tibú (Norte de Santander) las Farc incineraron seis vehículos, incluyendo una ambulancia.

• El 28 de febrero en Popayán (Cauca) las Farc secuestraron a Tomás Vernaza Niño, integrante de una misión médica.

• El 18 de mayo en El Tarra (Norte de Santander) las Farc asesinaron a Jesús Durán Ascanio por pertenecer presuntamente a una organización paramilitar, acusación que toda la comunidad refutó. Adolfo Pérez Avendaño, un transeúnte, resultó herido. Mientras era transportado en ambulancia, las Farc la interceptaron y mataron a Pérez a quemarropa.

La guerrilla, los nuevos grupos al margen de la ley y los paramilitares que rehusaron desmovilizarse, también impidieron o restringieron la entrega de alimentos y medicinas a regiones y poblaciones que competían por los corredores del narcotráfico, presionando las economías locales e incrementando el desplazamiento forzoso.

La guerrilla provocó el desplazamiento forzoso de campesinos a fin de despejar rutas clave del narcotráfico y el tráfico de armas en zonas estratégicas, y para alejar a las personas que consideraban colaboradores del Estado o de los nuevos grupos ilegales o paramilitares que se negaban a desmovilizarse. La guerrilla también impuso bloqueos en regiones donde su influencia era significativa. Por ejemplo, la ONIC y otros organismos internacionales reportaron muchos incidentes en los que grupos armados al margen de la ley reclutaban indígenas a la fuerza o los obligaban a colaborar, restringiendo su libertad de movimiento y bloqueando sus comunidades en Chocó, Valle del Cauca, Nariño, y otros departamentos. Según las autoridades indígenas de la etnia awá, tras la masacre del 4 de febrero de ocho indígenas de la etnia awá en Nariño, las Farc sitiaron varias aldeas afectando aproximadamente a 280 personas. Durante las dos semanas siguientes a la tragedia, cinco niños menores de dos años murieron por desnutrición. El 8 de enero James Anaya, Relator Especial de la ONU sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, señaló que era evidente que la violencia causada por el conflicto armado interno del país afectaba a los grupos indígenas del país en forma desproporcionada.

Los paramilitares y nuevos grupos al margen de la ley que se rehusaban a desmovilizarse continuaron con el desplazamiento de residentes en los corredores clave de tránsito de drogas y armas. En marzo los enfrentamientos entre el grupo delictivo Los Rastrojos y el ELN por el control de las rutas de drogas y armas, llevó al desplazamiento de 335 indígenas de la etnia emberá, incluyendo 130 niños. Casi 30 personas, incluyendo 21 niños, se vieron atrapadas sin posibilidad de huir. Integrantes de Los Rastrojos violaron a un sinnúmero de mujeres, destruyeron una escuela, dañaron un generador de energía y saquearon varias casas (ver sección 2.d.).

En un informe publicado en septiembre, Oxfam Internacional definió el acceso carnal violento, como una herramienta de guerra y declaró que la violencia sexual contra las mujeres y las niñas se había convertido en una “práctica generalizada y sistemática” de todos los actores en el conflicto. Según el mismo informe, la violencia sexual fue una de las principales causas del desplazamiento forzado. El informe reconoció que la gran mayoría de estos delitos no eran reportados y que no había forma de calcular el número de víctimas (ver sección 6.).

Sección 2. El respeto por las libertades civiles, entre ellas:

 a. La libertad de expresión y de prensa.

La ley contempla la libertad de expresión y de prensa y, en términos generales, el Estado respetó estos derechos en la práctica.

Los medios independientes se mantuvieron activos y expresaron diversas opiniones sin restricción alguna. Varios periódicos y revistas independientes publicaron libremente y todos los medios impresos permanecieron en manos privadas. Las estaciones de radio y televisión privadas transmitieron libremente.

Hubo casos ocasionales de hostigamiento, intimidación o violencia contra los periodistas por parte de las fuerzas de seguridad y funcionarios corruptos (ver sección 1.f.).

Los miembros de los grupos armados al margen de la ley intimidaron, amenazaron, secuestraron y asesinaron a periodistas. Las ONG nacionales e internacionales informaron que los representantes de los medios locales tuvieron que autocensurarse con regularidad a causa de las amenazas de violencia. En el año 171 periodistas recibieron la protección del programa de protección del Ministerio del Interior y de Justicia. El Ministerio también respaldó una red de alerta organizada para periodistas, proporcionándoles un pequeño número de radios y una línea telefónica de emergencia. La Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General investigaba 48 casos de de crímenes contra periodistas relacionados con 67 víctimas. La Unidad logró 22 condenas, y para finales del año cinco acusados más estaban siendo enjuiciados.

Según la ONG Fundación para la Liberta de Prensa, un periodista murió asesinado en el año por razones relacionadas con su trabajo, pero ninguno en 2008. Un total de 65 periodistas recibieron amenazas de muerte, a comparación de 94 en el mismo período de 2008. Cuatro periodistas optaron por el exilio voluntario como resultado de las amenazas recibidas, a comparación de sólo dos en 2008. La Fundación para la Libertad de Prensa consideró que la mayor amenaza para los periodistas durante el año había sido la reunión de inteligencia no autorizada por partes de las agencias del Estado (ver sección 1.f. y 1.g.).

 La libertad de Internet

El Estado no restringió el acceso a Internet. Hubo libertad para expresarse tranquilamente a través de Internet y el sistema de correo electrónico. La Unión Internacional de Telecomunicaciones informó que en 2008 el número de usuarios de Internet por cada 100 habitantes era de 38.

 La libertad académica y de eventos culturales

El Estado no impuso ninguna restricción sobre la libertad académica o los eventos culturales. Sin embargo, la guerrilla mantuvo presencia en muchas universidades con el fin de generar apoyo político para sus respectivas causas y minar el apoyo a sus enemigos a través de medios violentos y no violentos. Los nuevos grupos al margen de la ley, los paramilitares que rehusaron a desmovilizar y la guerrilla de las FARC y el ELN amenazaron, desplazaron y asesinaron a educadores junto con sus familias por razones políticas y económicas. Según el Programa Presidencial para los Derechos Humanos, 19 educadores habían muerto a manos de diversos atacantes hasta el 30 de noviembre, una reducción del 30 por ciento a comparación de 2008. La Federación Colombiana de Educadores informó que 18 educadores habían sido asesinados. Muchos educadores y estudiantes se vieron obligados a adoptar un perfil bajo y a evitar debates sobre temas polémicos a causa de las amenazas y el hostigamiento.

b. La libertad de reunión y de asociación pacífica.

La ley contempla la libertad de reunión y asociación y, en términos generales, el Estado respetó estos derechos en la práctica. Los grupos armados al margen de la ley limitaron la libertad de asociación en la práctica mediante amenazas y actos de violencia dirigidos contra ONG, grupos indígenas y sindicatos de trabajadores (véase la sección 1.g.).

Aunque el gobierno no prohíbe la afiliación a la mayoría de las organizaciones políticas, se consideró ilegal la participación en organizaciones dedicadas a promover o realizar actos de violencia como las FARC, el ELN y los grupos paramilitares.

c. Libertad de culto y de religión.

La ley contempla la libertad de culto y, en términos generales, el Estado respetó este derecho en la práctica.

La Iglesia Católica conservó una condición privilegiada de hecho. Las religiones no católicas deben acceder a un acuerdo público de ley con el estado establecido desde 1997 para ejercer el ministerio con sus adherentes en instituciones públicas y para celebrar matrimonios reconocidos por el Estado. Para decidir sobre el otorgamiento de acceso, el Estado considera el número total de miembros de una religión, su grado de aceptación popular dentro de la sociedad y otros factores pertinentes.

 Los abusos y la discriminación social

Los nuevos grupos al margen de la ley, los paramilitares que rehusaron a desmovilizar y la guerrilla de las FARC y el ELN hostigaron, amenazaron y en ocasiones asesinaron a líderes y activistas religiosos, aunque muchas veces por su papel como líderes comunitarios y no por razones religiosas (véase la sección informó 1.g.). La ONG Justapaz informó que durante el año dos pastores protestantes fueron asesinados y un tercero, acompañado por su esposa embarazada y dos hijos desaparecieron sin dejar rastro. Según la Conferencia Nacional Católica, 17 líderes católicos recibieron protección debido a las amenazas contra ellos. El Programa Presidencial para los Derechos Humanos informó que los grupos armados ilegales, en particular las FARC, realizaron numerosas amenazas contra sacerdotes y trabajadores religiosos.

Se estima que la comunidad judía cuenta con 5.000 miembros. Continuaron los informes sobre antisemitismo, además de manifestaciones como grafiti en los muros exteriores de las sinagogas y declaraciones en panfletos publicados por pequeñas organizaciones antisemitas.

Los indígenas cristianos se quejaron que no se les permitía practicar su fe mientras estuvieran en las reservas indígenas. Los grupos protestantes informaron que aproximadamente 28 cristianos kogui fueron retenidos durante casi dos meses por la Organización Gonawindua Tairona (OGT), el consejo gobernante de la reserva de la Sierra Nevada, por practicar sus creencias. La OGT negó haber retenido a nadie contra su voluntad y citó una decisión reciente tomada por la corte suprema que protege la autonomía indígena y el derecho de los gobiernos indígenas a negar la práctica pública de las religiones diferentes a los ritos tradicionales indígenas en sus reservas.

Para información más detallada sobre el tema, ingrese a www.state.gov/g/drl/irf/rpt para leer el informe internacional (en inglés) sobre la libertad religiosa y de culto 2009 del Departamento de Estado, y a http://spanish.bogota.usembassy.gov/librelrep.html para leer el aparte sobre Colombia, traducido al español, sobre la libertad religiosa y de culto 2009 del Departamento de Estado.

d. La libertad de circulación, de desplazamiento, de protección de refugiados y de personas sin patria.

La ley contempla la libertad de movimiento por el territorio nacional, viajar al exterior, emigrar y repatriarse. Aunque en términos generales el Estado respetó estos derechos en la práctica, hubo excepciones. Los operativos militares y la ocupación de ciertas zonas rurales restringieron la libertad de movimiento en las zonas de conflicto.

El Estado cooperó con el Acnur y otras organizaciones humanitarias para ofrecer protección y asistencia a los desplazados, los refugiados, los refugiados que regresan, los que buscan asilo, las personas sin patria y otras personas relevantes.

Los nuevos grupos al margen de la ley, los paramilitares que rehusaron desmovilizarse, y la guerrilla de las FARC y el ELN continuaron con su práctica de establecer retenes ilegales en las carreteras rurales, pero la mayor presencia de las fuerzas de seguridad del Estado en las principales carreteras redujo el número de secuestros. El Ministerio de Defensa reportó que en el año no se presentó ningún secuestro durante los retenes ilegales, a comparación de los nueve que se presentaron en 2008 (ver sección 1.b.).

La ley prohíbe el exilio forzado y el Estado no lo utilizó. Sin embargo, muchas personas tuvieron que imponerse el exilio a causa de las amenazas de los nuevos grupos ilegales, los paramilitares que rehusaron desmovilizarse y de la guerrilla de las FARC y el ELN.

 La población desplazada

El conflicto armado interno, sobre todo en las áreas más remotas, fue la principal causa del desplazamiento interno de la población. Las organizaciones internacionales y la sociedad civil identificaron varios factores que contribuyen a perpetuar el desplazamiento, entre ellos: los enfrentamientos entre las fuerzas de seguridad, los terroristas, los nuevos grupos al margen de la ley y los paramilitares que rehusaron desmovilizarse; la competencia por los recursos y el control territorial entre los grupos armados al margen de la ley; el reclutamiento forzado de menores; y las amenazas y violencia de estos nuevos grupos y los paramilitares que rehusaron desmovilizarse. La mayoría de los desplazados fueron campesinos que huyeron hacia las ciudades. Acción Social, la entidad gubernamental encargada del bienestar interno y la coordinación internacional, registró 111.414 casos nuevos de personas desplazadas, una disminución del 47 por ciento en contraste al mismo periodo de 2008. La base de datos del Gobierno Nacional sobre desplazados mostró una disminución del ocho por ciento en los nuevos desplazamientos con 301.817 desplazados en 2008, a comparación de los 328.264 en 2007. Acción Social citó una continua mejoría en la seguridad y el control territorial y mejoró considerablemente el proceso de verificación de las solicitudes fraudulentas de desplazamiento como factores que contribuyeron al declive. En 2009 Acción Social rechazó aproximadamente el 36 por ciento de las solicitudes como inelegibles, a comparación del 29 por ciento de las solicitudes negadas en 2008.

La ONG Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (Codhes) señaló que el Estado había rechazado en forma arbitraria muchas de las inscripciones presentadas. El no registro de muchas de las solicitudes continuó siendo un problema debido a la falta de acceso al sistema de registros, o por temor a represalias por parte de los grupos armados al margen de la ley. El 26 de enero, la Corte Constitucional admitió que a pesar de algunas mejoras, el bajo número de inscripciones continuaba siendo un problema y ordenó al Estado mejorar el sistema de registro de desplazados. Las organizaciones internacionales y la sociedad civil esperaban que el número de registrados incrementara en la medida que los desplazados de años anteriores continuaran registrándose. Según Acción Social, el departamento de Nariño presentó el mayor número de desplazados del año (17.110), seguido respectivamente por Antioquia (14.100), Cauca (9.013) y Tolima (8.354). Codhes estima que el número de desplazados en 2009 fue de 286.389, una disminución del 24 por ciento en comparación al año anterior.

El Estado registró un total de 3,3 millones de desplazados desde 1995, mientras que Codhes calcula que la cifra de desplazamientos desde 1985 asciende a los 4,9 millones de personas. Acción Social atribuye el crecimiento en las inscripciones cumulativas de desplazados en el último año a una orden emitida en el 2008 por el Consejo de Estado exigiendo al Gobierno incluir todos los desplazamientos de años anteriores. Bajo el sistema anterior, un desplazado tenía un año exacto desde el día de su desplazamiento para registrarse. El registro nacional del Gobierno incluyó en sus cálculos a los nuevos desplazados cuya solicitud de reconocimiento había sido aceptada, mientras que Codhes cálculo los nuevos desplazamientos con base en la información presentada por los medios, la sociedad civil y el trabajo de campo. Codhes también incluyó en sus cifras un número indeterminado de productores de coca y amapola obligados a migrar en respuesta a los esfuerzos de erradicación de la droga de parte del Gobierno, y también las personas obligadas a migrar debido a las malas condiciones económicas derivadas del conflicto armado. Durante el año, el CICR brindó asistencia a 51.176 nuevos desplazados, 11.217 víctimas de desplazamientos masivos (grupos de 50 ó más personas) y 39.959 individuos desplazados.

Los nuevos grupos al margen de la ley, los paramilitares que rehusaron desmovilizarse, y la guerrilla de las FARC y el ELN, continuaron con sus prácticas de desplazamiento forzado para obtener el control sobre territorios de valor estratégico o económico, debilitar la base de apoyo de sus oponentes, y socavar el control y la autoridad del Estado. Los grupos armados al margen de la ley también se valieron de las minas antipersonal y bloqueo de carreteras para aislar a pueblos enteros con el propósito de proteger los cultivos ilícitos e impedir la persecución por parte de las fuerzas de seguridad del estado. Las FARC, el ELN, los nuevos grupos al margen de la ley y los paramilitares que rehusaron desmovilizarse, continuaron empleando la fuerza, la intimidación y la desinformación para impedir que los desplazados se registraran ante el Gobierno. Con frecuencia integrantes de la guerrilla obligaban a los líderes y a la comunidad a protestar contra los esfuerzos de erradicación de los cultivos ilícitos, incluyendo por medio del desplazamiento en masa.

Durante el año, el Estado registró a 4.308 nuevos desplazados que se identificaron como indígenas y a 17.844 que se identificaron como integrantes de comunidades afrocolombianas. La ONIC calculó que la cifra de indígenas desplazados era mucho más alta puesto que los pueblos indígenas carecen de acceso apropiado a los sitios de registro a causa de su ubicación en zonas remotas, las barreras del idioma o el desconocimiento del sistema nacional de registro. La ONG Asociación de Afrocolombianos Desplazados (Afrodes) declaró que las amenazas y la violencia contra líderes y comunidades afrocolombianos continuaron siendo la razón del desplazamiento forzoso, sobre todo en la región de la Costa Pacífica. Codhes calculó que el 83% de los desplazamientos masivos ocurridos durante el año involucraban a indígenas y afrocolombianos. El Acnur coincidió en que el impacto del desplazamiento fue desproporcionado entre los grupos indígenas y afrocolombianos.

El Estado, las organizaciones internacionales de ayuda humanitaria y la sociedad civil, observaron que la tasa de desplazamientos masivos disminuyó durante el año. El CICR evaluó el 53 por ciento de los desplazamientos masivos ocurridos durante el año, una disminución del 23 por ciento comparado con 2008. Acción Social reportó una disminución del 63 por ciento en el número de poblaciones desplazadas de desplazamientos en masa ocurridos hasta noviembre, comparado con el mismo periodo de tiempo el año anterior. Según Acción Social, los departamentos con el mayor número de personas afectadas por desplazamientos masivos fueron Nariño con 3.575, Chocó con 1.432, Cauca con 523 y Antioquia con 496. Codhes registró 77 desplazamientos masivos afectando a 19.981 personas durante el año, en comparación a los 82 desplazamientos masivos que afectaron a 43.357 personas en 2008. Según Codhes, Nariño representó el 56 por ciento de los desplazamientos masivos.

Codhes estimó que 12.934 afrocolombianos fueron desplazados durante 28 desplazamientos masivos ocurridos en Nariño, Chocó, Cauca, Valle del Cauca y Antioquia. Por ejemplo, el Acnur y la Oficina de Coordinación para Asuntos Humanitarios de las Naciones Unidas (OCAH) reportaron que:

• El 4 de febrero, alrededor de 500 personas huyeron del área de Tortugana-Telembi en Barbacoas (Nariño) tras la masacre de ocho indígenas de la etnia awá a manos de las Farc (ver secciones 1.g. y 6.).

• El 2 de marzo, combates entre el Ejército y las Farc causaron el desplazamiento de 576 personas (116 familias) pertenecientes a comunidades afrocolombianas en López de Micay (Cauca)

• El 4 de marzo, aproximadamente 2.000 indígenas de la etnia emberá empezaron a desplazare de las áreas rurales a lo largo del Río Baudó (Chocó) como resultado de las amenazas y los enfrentamientos entre los grupos armados al margen de la ley en el área.

• El 24 de septiembre, intensos combates entre el Ejército y las Farc cerca a Bocas de Napi en Guapi (Cauca) obligaron a 212 afrocolombianos a huir del área.

La OCAH, el CICR y el Acnur reportaron otros desplazamientos masivos en otros departamentos durante el año:

• El 12 de junio, 550 personas (147 familias) fueron desplazadas de Ituango (Antioquia) debido a las amenazas y los ataques de las Farc.

• El 7 de julio, 224 indígenas de la etnia zenú salieron de Puerto Libertador (Córdoba) debido a enfrentamientos entre el Ejército y las Farc. Cincuenta de los desplazados eran niños menores de 14 años.

• Durante octubre y noviembre, más de 450 personas fueron desplazadas de las áreas rurales en Buenaventura (Valle del Cauca) debido a las amenazas y los abusos por parte de los grupos armados al margen de la ley, y los enfrentamientos entre dichos grupos y el Ejército.

• Durante la primera semana de diciembre, 80 personas (21 familias) de comunidades afrocolombianas fueron desplazadas en el área rural del Bajo Baudó (Chocó), luego de que integrantes de un grupo armado al margen de la ley secuestraran a dos miembros de la comunidad del Litoral de San Juan.

Codhes también reportó que al menos ocho líderes de comunidades desplazadas fueron asesinados en el año. El 14 de abril, Ana Isabel López Pérez, líder de comunidades desplazadas y defensora de las víctimas, fue asesinada por desconocidos en Los Córdobas (Córdoba). El 23 de julio, un desconocido asesinó a Guillermo Ramos Rosso en Volador (Córdoba). Ramos trabajaba en un programa para la recuperación de tierras de manos de ex paramilitares para redistribuirlas entre la población desplazada. El 22 de mayo, un funcionario del Acnur expresó su preocupación por las amenazas de muerte contra defensores de derechos humanos y activistas sociales, incluyendo líderes desplazados.

El Estado presupuestó aproximadamente $1,3 billones de pesos (US$ 650 millones) para proporcionar asistencia a la población desplazada durante el año. La asistencia que se le prestó a la población desplazada que se encontraba registrada fue a través de Acción Social, el ICBF, el Ministerio de Protección Social y otros ministerios y agencias del Estado.

Las organizaciones de asistencia señalaron que el montaje de las respuestas de emergencia a los desplazamientos se hizo más difícil y costoso debido a que la mayoría de los desplazamientos ocurrían en lugares apartados del país. No obstante, la velocidad y la eficiencia de la respuesta han mejorado en años recientes. Además, las organizaciones internacionales y la sociedad civil reportaron que la falta capacidad para aceptar los registros en las áreas de mayor desplazamiento, con frecuencia retardaba en varias semanas e incluso meses la asistencia que se les prestaba a las personas desplazadas en forma individual o en grupos pequeños. La lucha intensa y la inseguridad en las zonas de conflicto, incluyendo las zonas en los departamentos de Antioquia, Arauca, Cauca y Nariño, en ocasiones no permitió la llegada oportuna de las organizaciones de ayuda nacionales o internacionales a las poblaciones recién desplazadas.

A pesar de que el Estado ejecutó varias iniciativas para que las poblaciones desplazadas tuvieran mejor acceso a los servicios y un mejor conocimiento de sus derechos, y de mejoras notables para satisfacer sus necesidades sociales y económicas, muchas poblaciones desplazadas continuaron viviendo en condiciones antihigiénicas y con acceso limitado a la salud, la educación y el empleo. El 26 de enero, la Corte Constitucional ordenó al Estado reformular sus programas y políticas de desplazamiento, incluyendo mejorar el sistema de registro de los desplazados, para atender el problema del continuo “” “estado de cosas inconstitucional” y proteger los derechos de los desplazados. La Corte también le ordenó implementar programas específicos de protección y asistencia para los indígenas, afrocolombianos y personas discapacitadas desplazadas, y para líderes comunitarios de las poblaciones desplazadas (una ley anterior de 2008 ofrecía este derecho para las mujeres y niños desplazados). Varias organizaciones internacionales y grupos nacionales sin ánimo de lucro como la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el CICR y la Cruz Roja Colombiana unieron esfuerzos con el Estado a fin de brindar ayuda de emergencia y asistencia a largo plazo a las poblaciones desplazadas.

 La protección a los refugiados

La ley contempla la concesión de asilo o condición de refugiado conforme a la Convención de 1951 relativa a la Condición de los Refugiados y su protocolo de 1967 suscrito por el país, y el Estado ha establecido un sistema para brindar ayuda a los refugiados. En la práctica, el Estado ofreció protección contra la expulsión o la repatriación de los refugiados a los países donde sus vidas o sus libertades pudieran estar amenazadas por cuestión de su raza, religión, nacionalidad, afiliación a un grupo social en particular, u opinión política. El Estado se reservó el derecho de determinar la elegibilidad para el asilo con base en su evaluación de la naturaleza de la solicitud presentada. Según el Estado, 193 refugiados reconocidos residieron en el país. Durante el año, 334 personas solicitaron el estatus de refugiado, de los cuales 27 fueron aprobados y 237 rechazados.

Sección 3. El respeto por los derechos políticos: el derecho ciudadano a cambiar su gobierno

La ley otorga a los ciudadanos el derecho a cambiar su Gobierno en forma pacífica, y los ciudadanos ejercen este derecho en la práctica mediante elecciones periódicas, libres y justas, sobre la base de un sufragio prácticamente universal. Los miembros en servicio activo de las Fuerzas Armadas y de la Policía no pueden votar ni participar en el proceso político. Los empleados públicos civiles, aunque elegibles para votar, solamente pueden participar en política de partido durante los cuatro meses inmediatamente anteriores a una elección nacional.

 Las elecciones y la participación política

El candidato independiente Alvaro Uribe obtuvo en 2006 un segundo triunfo electoral para ocupar la presidencia, en unas elecciones consideradas libres y justas en términos generales, a pesar de una campaña concertada de las FARC y el ELN para alterar o manipular el resultado. La misión de observadores de la OEA afirmó que las elecciones tuvieron lugar “en un ambiente de libertad, transparencia y normalidad”.

Los partidos políticos operaron sin restricciones ni interferencia externa. En el pasado los partidos Liberal y Conservador dominaban la política. Con la reelección del presidente Álvaro Uribe como candidato independiente en 2006 y la segunda mayor votación para el candidato Carlos Gaviria del Polo Democrático, se observó una ampliación del panorama político. En el Congreso estuvieron representados más de 20 partidos de todo el espectro político. En 2007 llegó a la alcaldía de Bogotá por elección popular el candidato del Polo Democrático Samuel Moreno.

Los nuevos grupos al margen de la ley, los paramilitares que rehusaron desmovilizarse y las FARC amenazaron y asesinaron a funcionarios oficiales (véase la sección 1.g.). Según el Programa Presidencial para los Derechos Humanos, en el año fueron asesinados ocho concejales, en comparación a 12 en 2008.

Algunos funcionarios oficiales de distintos lugares del país tuvieron que renunciar a causa de amenazas de las FARC. Un programa del Ministerio del Interior y de Justicia brindó protección a 233 alcaldes, 29 ex alcaldes y 3.338 concejales durante el año.

La ley exige que las mujeres ocupen al menos el 30% de los puestos de nombramiento en el Gobierno y éste debe informar todos los años al Congreso acerca del porcentaje de puestos de alto nivel ocupados por mujeres. Hubo 13 mujeres entre los 102 integrantes del Senado y 14 entre los 166 de la Cámara de Representantes. Hubo tres mujeres en 13 ministerios y cuatro entre los 23 integrantes de la Corte Suprema de Justicia. Adicionalmente, hubo 11 mujeres en los altos tribunales: una en la Corte Constitucional, ocho en el Consejo de Estado y dos en el CSJ.

Dos senadores y un representante indígenas ocuparon curules en la Cámara de Representantes reservadas a miembros de las comunidades indígenas. No hubo indígenas en el gabinete ministerial ni en ninguno de los altos tribunales del país.

Hubo diez representantes afrocolombianos en la Cámara de Representantes; nueve de ellos formaban parte del partido afrocolombiano y dos de ellos en curules reservados a miembros de las comunidades afrocolombianas. No hubo curules reservadas para los afrocolombianos en el Senado. Hubo una ministra afrocolombiana y no hubo afrocolombianos en ninguno de los altos tribunales.

Sección 4. La corrupción oficial y la transparencia gubernamental

La ley contempla penas por corrupción oficial, y el Estado denunció activamente los casos de corrupción entre sus funcionarios. Sin embargo, las actividades de algunos funcionarios corruptos quedaron en la impunidad. Los indicadores mundiales de gobernabilidad del Banco Mundial reflejaron el problema de la corrupción en el Estado. Los ingresos por el narcotráfico agravaron la corrupción.

El 21 de septiembre, cinco funcionarios del Ministerio de Transporte y el Instituto Nacional de Concesiones, incluyendo su director, fueron obligados a renunciar luego de que grabaciones telefónicas los implicaran en la solicitud de sobornos en conexión a la Concesión del Corredor Férreo del Magdalena. Las investigaciones continuaban a finales del año.

El ex ministro de Agricultura Andrés Felipe Arias y otros funcionarios del Ministerio estuvieron implicados en un escándalo que incluía el uso inapropiado de programa de subsidios para riego y drenaje del Ministerio de Agricultura. Las investigaciones seguían su curso al finalizar el año.

El 13 de abril, el Tribunal Superior de Medellín sentenció al ex presidente de la Asamblea de Antioquia a ocho años y tres meses por irregularidades en los contratos.

En julio, la Sala Penal de la Corte Suprema sentenció al ex representante Teodolindo Avendaño a ocho años en prisión, por el cambio de su voto favorable al proyecto de la reforma constitucional que permitió la reelección del presidente Uribe en 2006.

El proceso de Ley de Justicia y Paz continuó sacando a la luz los casos de corrupción y vínculos paramilitares con el Estado y las fuerzas de seguridad. El Presidente continuó financiado la unidad de investigación de la Corte Suprema, quien investigaba a los miembros del Congreso y altos funcionarios del Estado. El 19 de agosto, la Corte Suprema sentenció a la ex representante Karelly Patricia Lara Vence a seis años en prisión por vínculos con el paramilitarismo. El principal organismo investigador en casos de corrupción es el Programa Presidencial para la Lucha contra la Corrupción.

La ley exige que los funcionarios públicos declaren cada año su estado financiero.

La ley contempla el acceso público a la información del Estado y, en términos generales éste permitió dicho acceso en la práctica. Si bien las tarifas para acceder a la información de Estado no fueron prohibitivas, hubo informes en el sentido de que algunos funcionarios de bajo nivel exigieron sobornos para agilizar el acceso a dicha información.

Sección 5. La actitud del Estado frente a la investigación internacional y no gubernamental sobre las presuntas violaciones de los derechos humanos

Una gran variedad de grupos de derechos humanos nacionales e internacionales pudieron operar sin restricción para adelantar sus investigaciones y publicar sus hallazgos sobre los casos de derechos humanos. El Estado y grupos locales destacados de derechos humanos difirieron en sus evaluaciones y análisis sobre la situación de los derechos humanos, lo que llevó a una situación de sospecha mutua. Las ONG informaron que las críticas de los funcionarios de alto nivel, entre ellos el presidente Uribe, relacionándolas con la guerrilla, generaron para ellas el riesgo de sufrir las represalias de los nuevos grupos al margen de la ley y los paramilitares que rehusaron desmovilizarse. Muchas ONG nacionales también afirmaron que el Estado detuvo y privó arbitrariamente de la libertad a activistas de derechos humanos, particularmente en las zonas de alto conflicto. Las ONG informaron que la Fiscalía General había adelantado numerosos casos jurídicos injustificados contra defensores de derechos humanos con el objetivo de desacreditar su trabajo. El Estado afirmó que algunos activistas de derechos humanos respaldaban actividades terroristas (ver sección 1.e.).

La Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre Defensores de Derechos Humanos, Margaret Sekaggya, llegó a la conclusión de que los patrones de hostigamiento y persecución contra los defensores de los derechos humanos, incluyendo el arresto arbitrario y detención, continuaron existiendo en el país. Sekaggya señaló que la principal causa de la inseguridad para los defensores de derechos humanos es la estigmatización sistemática de los funcionarios del Gobierno hacia los defensores. Las ONG también se quejaron por lo que describen como declaraciones intolerantes y hostiles por parte del Estado, relacionadas con su labor como defensores de los derechos humanos. El 17 de septiembre, durante la visita de la relatora especial, el presidente Uribe hizo una declaración pública respaldando la labor de los defensores de derechos humanos.

Varias miles de ONG de derechos humanos y la sociedad civil se registraron en el país, aunque la mayoría sólo existe en papel. Las ONG locales de derechos humanos ejercieron una influencia de largo alcance. Al compartir información y difundirla a las organizaciones internacionales de derechos humanos y a los medios de comunicación, elevaron el perfil del país en materia de derechos humanos y contribuyeron a generar un alto grado de atención a nivel de la comunidad internacional.

Según la CCJ, ocho activistas de derechos humanos fueron asesinados en el año. Dos de ellos eran mujeres, y dos eran activistas del Movimiento LGBT. La CCJ informó sobre la creciente tendencia de ataques contra mujeres líderes de la población desplazada.

Varias ONG informaron haber recibido amenazas en forma de correo electrónico, correo físico, llamadas telefónicas, obituarios, objetos o directamente de individuos desconocidos. Según el OOacnudh, los informes de amenazas se duplicaron en el año. El Estado las condenó y la Policía creó una unidad especial para atender dichos casos. La Fiscalía General inició 193 investigaciones que continuaban abiertas a finales del año.

El programa de protección del Ministerio del Interior y de Justicia ofreció protección a más de 567 activistas de derechos humanos durante el año (ver sección 2.a.). El Estado mejoró la seguridad de ocho oficinas de ONG durante el año.

El Estado cooperó con las organizaciones internacionales. El ACNUR, la OIM, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el Oacnudh y el CICR mantuvieron su presencia activa en el país y realizaron su trabajo sin interferencia del Estado.

Las misiones de los relatores especiales de las Naciones Unidas incluyeron al Relator Especial para Ejecuciones Arbitrarias en junio 8-18; el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de los Indígenas en julio 22-27; el Relator Especial sobre la situación de los Defensores de los Derechos Humanos en septiembre 7-19; y el Relator Especial sobre la Independencia de
Jueces y Abogados en diciembre 7-16.

El Estado continuó reuniéndose con el Oacnudh, ONG locales o miembros del cuerpo diplomático para informar sobre las medidas que ha tomado para cumplir con las recomendaciones del Oacnudh relativas a mejorar las prácticas de derechos humanos. Si bien se reconocieron los avances logrados frente a varias recomendaciones, la Oacnudh y las ONG locales informaron al finalizar el año que el Gobierno no había puesto en marcha la mayoría de ellas.

La Defensoría del Pueblo es un ente independiente, presenta su informe anual a la Cámara de Representantes, y tiene la función de garantizar la promoción y el ejercicio de los derechos humanos. La Defensoría del Pueblo en Bogotá fue la sede de un sistema nacional de alerta temprana, diseñado para alertar a las fuerzas de seguridad acerca de violaciones inminentes y a gran escala de los derechos humanos. La Defensoría carecía de los fondos y el personal necesarios, lo cual limitó su habilidad para monitorear con eficacia las violaciones contra los derechos humanos. Algunos grupos de derechos humanos se quejaron de que el Estado carecía de la voluntad política para publicar los informes del Sistema de Alerta Temprana, y añadieron que un número importante de informes regionales nunca fueron dados a conocer. Funcionarios de las defensorías regionales eran constantemente amenazados por grupos armados al margen de la ley a través de panfletos, correos electrónicos y acciones violentas. El 11 de mayo un panfleto firmado por el grupo armado al margen de la ley conocido como Las Águilas Negras, señaló como “blanco” a los funcionarios del Sistema de Alerta Temprana en Magdalena, la Guajira y Cesar. El 28 de julio, sicarios desconocidos dispararon contra el vehículo del Defensor del Pueblo en el Valle del Cauca; no hubo heridos.

El Programa para los Derechos Humanos de la Presidencia, el cual operó bajo la autoridad del Vicepresidente, coordina la política y las acciones emprendidas por las entidades oficiales con el fin de promover o proteger los derechos humanos. El programa es el principal interlocutor oficial con las ONG nacionales e internacionales y los gobiernos extranjeros en materia de derechos humanos. El programa publica la revista El  observatorio de los derechos humanos, la cual ofrece un análisis de los principales problemas de derechos humanos y sobre la situación en las distintas regiones del país en lo que al tema se refiere.

Hay comisiones de derechos humanos tanto en el Senado como en la Cámara de Representantes. Las comisiones sirven de foro de deliberación sobre los derechos humanos, pero no tienen autoridad para presentar proyectos de ley.

Continuó la ejecución de la Ley de Justicia y Paz de 2005. La Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía es la encargada de investigar y procesar a las personas desmovilizadas según lo exige la ley, y se creó una comisión interinstitucional de justicia y paz para coordinar la ejecución de la ley. Hasta el 30 de noviembre se habían presentado 3.950 personas que fueron consideradas elegibles para el proceso de Justicia y Paz; de ellas 3.727 eran ex paramilitares, incluyendo 25 comandantes y 223 ex guerrilleros. Se tomaron más de 1.952 declaraciones en versión libre, a través de las cuales la Fiscalía identificó casi 35.000 delitos, de los cuales más de 29.000 eran homicidios. En los 35.000 delitos identificados hubo 50.000 víctimas. Se registraron 274.000 víctimas ante la Fiscalía General y se exhumaron 2.300 tumbas relacionadas con 2.800 personas; se identificaron los restos de 850 víctimas, de los cuales 721 fueron devueltos a sus familiares. Los testimonios derivados de las confesiones voluntarias también dieron lugar a investigaciones sobre los vínculos de los paramilitares con políticos, miembros de las fuerzas militares, grandes productores agrícolas y funcionarios oficiales.

A pesar de los avances alcanzados por el Proceso de Justicia y Paz, la aplicación de la ley continuó enfrentado muchos retos, incluyendo la falta de sentencias de líderes paramilitares desde 2005, los miles de ex paramilitares que permanecieron en estado de incertidumbre jurídico y la reparación de propiedades que le habían sido confiscadas a los jefes paramilitares. ONG y víctimas criticaron la lentitud para determinar la verdad, mientras que la Fiscalía General señaló que la presión ejercida sobre ellos para revelar las verdades tras los delitos cometidos por los paramilitares, demoraban los juicios.

El Programa de Reparación Individual por Vía Administrativa entregó $200 mil millones de pesos (US$ 100 millones) en reparaciones a las víctimas de los grupos armados al margen de la ley. El Programa de Protección a las Víctimas del Ministerio del Interior y de Justicia concedió protección a 126 personas participantes en el Proceso de Justicia y Paz, y durante el año el Estado invirtió $90 mil millones de pesos (cerca de US$ 695.000) en el programa. La Comisión Nacional de Reconciliación y Reparación mantuvo oficinas en nueve ciudades, entre ellas Sincelejo, Barranquilla, Bucaramanga y Medellín. Las oficinas operaron centros integrales de información para las víctimas y las ayudaron en el proceso de matricularse en el programa para recibir ayuda legal y psicológica.

Pese a los avances en la implantación del proceso de Justicia y Paz, la OEA informó de fallas continuas en el apoyo a las víctimas y su participación en el proceso. La OEA también reportó que las víctimas recibieron información equivocada o escasa acerca del proceso, que fueron muy vulnerables a las amenazas, la intimidación y el asesinato, y que faltó coordinación en los esfuerzos del Estado.

Sección 5. La discriminación, los abusos sociales y la trata de personas

Aunque la ley prohíbe específicamente la discriminación por raza, género, minusvalidez, idioma o condición social, muchas de esas prohibiciones no se cumplieron en la práctica.
 
 La mujer

Aunque prohibido por la ley, el acceso carnal violento, incluyendo el conyugal, continuó siendo un problema grave. La ley estipula sentencias que oscilan entre 8 y 15 años en prisión por agresión sexual. En los casos de agresión sexual conyugal, la ley contempla sentencias de entre seis meses y dos años y no concede libertad condicional ni fianza a los ofensores que incumplan las cauciones. El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses informó de 15.418 casos de presuntos delitos sexuales, incluida la agresión sexual, durante el año, e indicó que muchos casos no se dieron a conocer. Hubo casos en los que integrantes de los nuevos grupos al margen de la ley, paramilitares que rehusaron a desmovilizarse y la guerrilla violaron, abusaron sexualmente y en ocasiones mutilaron los órganos sexuales de mujeres y niños por fraternizar con el enemigo, ejercer la prostitución, tener relaciones sexuales por fuera del matrimonio o violar los códigos impuestos de conducta o de vestido (ver 1.g.). El ICBF brindó apoyo psicosocial, médico y legal a las víctimas de violencia sexual.

Aunque la ley prohíbe la violencia intrafamiliar, incluido el abuso conyugal, ésta continuó siendo un problema grave. Las autoridades judiciales pueden retirar a la persona abusadora del hogar y exigirle terapia o reeducación. La ley contempla cárcel en los casos en que la persona abusadora provoque lesiones graves o en casos de reincidencia; sin embargo, no se aplicaron disposiciones de penas pecuniarias. El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses reportó cerca de 54.000 casos de violencia intrafamiliar contra la mujer durante el año, pero señaló que solamente llegó a su conocimiento un porcentaje reducido de los casos para efectos de su investigación y seguimiento. La ley estipula que el Estado debe proporcionar a las víctimas de violencia intrafamiliar protección inmediata contra el abuso físico o psicológico. El ICBF ofreció casas seguras y asesoría a las víctimas, pero sus servicios fueron insuficientes ante la magnitud del problema. Además de cumplir con sus funciones tradicionales de asesoría familiar, la Defensoría de Familia del ICBF se encargó de los casos de violencia intrafamiliar. La Defensoría del Pueblo ofreció talleres regionales de capacitación para promover la aplicación de las normas estatutarias relativas a la violencia intrafamiliar.

La prostitución de adultos es legal en determinadas zonas designadas como de “tolerancia”, pero siguió siendo difícil hacer cumplir la norma relativa a dicha circunscripción. La prostitución fue generalizada y se vio agravada por la pobreza y el desplazamiento interno. Hubo turismo sexual en una medida limitada, en particular en las ciudades costeras como Cartagena y Barranquilla, donde los servicios de matrimonio y de acompañantes sirvieron muchas veces de fachada al turismo sexual. La ley prohíbe organizar o facilitar el turismo sexual y estipula penas de entre tres y ocho años de cárcel. El tráfico de mujeres para explotación sexual continuó siendo un problema.

La ley contempla medidas para desalentar y castigar los abusos en el lugar de trabajo, como pueden ser el acoso sexual, las burlas o abusos verbales, la agresión o la discriminación. Sin embargo, el acoso sexual continuó siendo un problema generalizado.

Aunque las mujeres gozan de los mismos derechos jurídicos que los hombres, persistió la discriminación en su contra. Las mujeres fueron víctimas de discriminación en la contratación, sufrieron el efecto del desempleo de manera desproporcionada y recibieron salarios generalmente incompatibles con su formación y experiencia. Las mujeres trabajadoras de las zonas rurales fueron las más afectadas por la discriminación salarial y el desempleo.

Las parejas y los individuos tuvieron el derecho a decidir en el número, espaciamiento y coordinación de los hijos, y contaron con la información y los medios necesarios para hacerlo, libres de cualquier forma de discriminación. Tanto hombres como mujeres tuvieron acceso a métodos anticonceptivos. Según la Oficina de Referencia sobre la Población (PRB, por sus sigla en inglés), el 93 por ciento de las mujeres pudieron satisfacer sus necesidades de planeación familiar. La mayoría de los nacimientos, el 86 por ciento, fueron asistidos por un profesional capacitado. Las mujeres cuentan con igual acceso a la salud y al diagnóstico de enfermedades de transmisión sexual.

La principal responsabilidad de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer es la de combatir la discriminación contra la mujer. La Consejería instituyó un programa para ayudar a las mujeres microempresarias y cabeza de familia a conseguir créditos para sus empresas. Durante el año, el Estado entregó microcréditos a 10.247 mujeres por un monto de $11,4 mil millones de pesos (cerca de US$ 5,7 millones). En el año alrededor de 5.824 mujeres asistieron a 29 seminarios sobre el establecimiento de microempresas.

 La infancia

La ciudadanía se deriva del nacimiento en el territorio nacional. La ley contempla que la educación básica primaria sea obligatoria, gratis y universal, pero esto no siempre ocurrió en la práctica. En ocasiones las escuelas rurales no pudieron dictar clase debido a la falta de maestros.

El abuso infantil fue un problema serio. El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses reportó 10.396 casos de abuso infantil en los primeros once meses del año. El Instituto también estimó que el 86 por ciento delitos sexuales reportados involucraron abuso sexual de menores, la mayoría de ellos entre menores de 14 años.

La mutilación genital femenina se practica entre los 20.000 integrantes de la comunidad indígena emberá chamí en Risaralda. Durante el año, la comunidad indígena suspendió la práctica durante dos años para evaluar su efecto sobre las niñas. A pesar de esta decisión, la ONG Comité por la Defensa de las Mujeres y las Niñas Emberá Chamí informó que al menos dos casos de mutilación genital femenina realizadas en niñas pequeñas requirieron hospitalización. Puesto que esta práctica se realiza en la privacidad del hogar, no existen cifras sobre la frecuencia con que se realizó durante el año.

Según el ICBF, hasta el 30 de noviembre se habían presentado 470 informes de menores que se habían sometido a la prostitución en forma independiente o forzada. Muchos otros casos no fueron reportados. Hubo casos de menores involucrados en la trata de personas o pornografía infantil. El 30 de julio el presidente aprobó una ley que incrementa las penas y multas por turismo sexual que incluya a menores de edad. La ley autoriza al Estado a confiscar las ganancias de los hoteles y demás establecimientos donde se lleve a cabo sexo con menores.

La guerrilla se valió de la fuerza para reclutar y emplear a los menores como soldados, incluyendo menores indígenas (ver sección 1.g.). Se estima que al menos de 10.000 a 13.000 menores eran menores combatientes. Por lo menos 269 menores (202 de ellos ex integrantes de las Farc) se entregaron a las fuerzas de seguridad del Estado durante el año y pasaron a manos del ICBF, el cual operó un programa de reintegración para los menores ex combatientes.

Según los registros del Estado, el 77 por ciento de los desplazados fueron mujeres y niños. Los niños desplazados estuvieron expuestos en particular al abuso físico, la explotación sexual y el reclutamiento por parte de delincuentes.

 La trata de personas

Aunque la ley prohíbe la trata de personas, se presentaron informes de que hubo trata de personas originada en el país, al interior del territorio o a través de él.

El país fue fuente principal de trata de personas, principalmente para efectos sexuales y laborales. En el año, la línea nacional de atención para la prevención de la trata de personas recibió 2.097 llamadas, 39 (1,86 por ciento) de ellas relacionadas directamente con la trata. La mayoría de las llamadas fueron de naturaleza preventiva para solicitar información sobre posibles estratagemas de la trata. La gran mayoría de las víctimas fueron mujeres jóvenes, aunque también estuvieron en peligro niños y hombres jóvenes. Entre los destinos y las rutas estuvieron Aruba, China, Ecuador, Alemania, Holanda, Italia, Irán, Japón, Jordania, México, Panamá, las Filipinas, Portugal, España y Estados Unidos. Las víctimas también pasaron en tránsito por el país desde otros lugares de América del Sur y África, en ruta a Europa y Estados Unidos. La trata interna de mujeres y niños para la explotación sexual y trabajos forzados desde el campo a las zonas urbanas, continuó siendo un problema grave.

Muchos traficantes revelaron la naturaleza sexual del trabajo que ofrecían, pero ocultaron la información relativa a las condiciones de trabajo, la clientela, la libertad de movimiento y la remuneración. Otros disfrazaron sus intenciones presentándose como representantes de agencias de modelaje u ofreciendo servicios matrimoniales, programas de estudio o viajes de premio de loterías o bingos. Se informó que los reclutadores permanecían afuera de los colegios, los centros comerciales y los parques para convencer a los adolescentes de aceptar puestos inexistentes en el exterior. La OIM y las ONG nacionales calcularon que las redes internacionales del crimen organizado fueron las responsables de la mayoría de los casos de tráfico transnacional. Las redes nacionales de delincuencia organizada, algunas de ellas relacionadas con los grupos armados ilegales, también fueron responsables de la trata para explotación sexual o mendicidad organizada, y el conflicto armado hizo que un gran número de desplazados quedaran expuestos a la trata de personas.

La ley contempla penas de cárcel entre 13 y 23 años y multas de hasta 1.000 veces el salario mínimo para los delitos de trata de personas. Estas penas pueden aumentar hasta a la mitad en caso de circunstancias agravantes, como el tráfico de niños menores de 12 años. También se pueden imputar cargos a los traficantes por detención ilegal, violación del derecho a trabajar en condiciones dignas y violación de la libertad personal. Si bien la falta de recursos limitó la capacidad de adelantar procesos judiciales, la Fiscalía General continuó abriendo nuevas investigaciones y logró avances con los juicios en curso. La Fiscalía General abrió 134 casos nuevos por trata de personas durante el año; 21 individuos fueron puestos en detención preventiva; 27 individuos fueron condenados y sentenciados.

Con el apoyo de la OIM, el Comité Nacional contra la Trata de Personas (integrado por 14 entidades) preparó campañas de información, promovió el intercambio de datos entre las entidades del Estado y comenzó a utilizar una base de datos para monitorear los casos de trata de personas. En el transcurso del año, 15 departamentos establecieron comités interinstitucionales para combatir la trata de personas a nivel local. Con la asistencia técnica de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC, por su sigla en inglés), el Ministerio del Interior y de Justicia y la OIM trabajaron con la Unidad Anti-tráfico de la Fiscalía General para liderar la lucha contra la trata de personas. El Estado cooperó en las investigaciones adelantadas por sus homólogos en el exterior. En agosto, el Estado organizó una conferencia bilateral contra la trata de personas para sus homólogos en Panamá. No hubo pruebas de que entidades o funcionarios del Estado hubieran participado en la trata de personas.

Las misiones diplomáticas del país aunaron sus esfuerzos con la OIM a fin de repatriar a las víctimas. La OIM fortaleció las instituciones del Estado encargadas de los esfuerzos contra la trata, y ayudó a las víctimas de este delito. Durante el año, la OIM y la UNODC capacitaron a funcionarios en asuntos específicos de la trata de personas y ofrecieron capacitación de concientización a los grupos de las ONG. La OIM también proporcionó a las víctimas capacitación laboral y oportunidades de empleo, refugio temporal, atención médica y psicológica y oportunidades de reintegración social. La Fundación Esperanza, una ONG contra la trata de personas, proporcionó información educativa, apoyo social y asesoría a las víctimas del tráfico. La Fundación Renacer (otra ONG contra la trata) brindó vivienda, terapia psicosocial, atención médica y asistencia legal a los menores, víctimas de la explotación sexual.

El Estado anunció una línea telefónica de emergencia para evitar la trata de personas y reportar a los violadores. La OIM trabajó con el Estado para continuar con su campaña de concientización pública sobre la trata de personas que incluyó la distribución de afiches en aeropuertos, estaciones de buses, consulados y agencias de viajes; y la trasmisión de anuncios por radio y televisión. La UNODC ofreció capacitación a los defensores públicos sobre el tema de la trata de personas.

Para el Informe Anual sobre la Trata de de Personas del Departamento de Estado en inglés (Trafficking in Persons Report), pueden ingresar a www.state.gov/g/tip

 Las personas con limitaciones

La ley prohíbe la discriminación contra las personas afectadas por limitaciones físicas y mentales en lo referente a empleo, educación, servicios de salud u otros servicios del Estado. El Estado tomó medidas para hacer cumplir esas prohibiciones. No existen leyes que ordenen la facilidad de acceso a los edificios públicos para las personas con limitaciones. Esto limita el poder del Estado para imponer sanciones a las escuelas u oficinas que no tengan acceso, pero tanto el Gobierno Nacional como las administraciones locales trataron de corregir la situación mediante programas encaminados a mejorar el acceso. La ley dispone que las personas con limitaciones físicas deban contar acceso a los puestos de votación. El Programa Presidencial para los Derechos Humanos tiene a su cargo la protección de los derechos de las personas con limitaciones.

Las minorías nacionales, raciales y étnicas

Según el censo nacional de 2005, alrededor de 4,5 millones de habitantes, o sea el 10,6 por ciento de la población, se describe a sí mismo como de origen africano. Sin embargo, algunos grupos defensores de derechos humanos y organizaciones de afrocolombianos estiman que la población afrocolombiana conforma del 20 al 25 por ciento de la población. Si bien los afrocolombianos están sujetos a todos los derechos y protecciones estipulados en la Constitución, sí enfrentan discriminación económica y social. Según el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE), el 58 por ciento de los afrocolombianos viven en la pobreza; su tasa de mortalidad infantil fue dos veces superior a la de la población en general. Chocó, el departamento con el mayor índice de habitantes afrocolombianos, tuvo el menor nivel per cápita de inversión social y ocupó el último lugar en términos de educación, salud e infraestructura. También continuó viviendo parte de la peor violencia política del país, en la medida que los nuevos grupos al margen de la ley, los paramilitares que rehusaron desmovilizarse, y la guerrilla de las Farc y el ELN luchaban por apoderarse del corredor para el tráfico de drogas y armas de ese departamento (véase la sección 1.g.).

En mayo, la Comisión Intersectorial para el Avance de la Población Afrocolombiana, encabezada por el Vicepresidente y conformada por varios funcionarios del Estado, académicos, empresarios y dos congresistas extranjeros, presentaron recomendaciones al Estado sobre cómo mejorar la educación, la generación de ingreso y la representación política entre la población afrocolombiana. Las recomendaciones se basaron en datos recogidos durante 17 talleres regionales con la sociedad civil en diversos puntos del país. A pesar de que el Ministerio del Interior y de Justicia y la Vicepresidencia de la República redactaron una Ley de Igualdad que implementaba las recomendaciones, ésta nunca fue presentada ante el Congreso.

 La población indígena

La Constitución y la ley conceden un reconocimiento especial a los derechos fundamentales del pueblo indígena, quienes conforman alrededor del 3,4 por ciento de la población, y exigen que el Estado adelante consultas con los grupos indígenas antes de tomar decisiones que puedan afectarlos.

La ley concede a los grupos indígenas derechos a perpetuidad sobre sus tierras ancestrales. Las autoridades indígenas tradicionales tuvieron a su cargo cerca de 710 resguardos indígenas, los cuales representan cerca del 30% del territorio del país, y los manejaron como entidades municipales, con funcionarios elegidos conforme a las tradiciones indígenas. Sin embargo, muchas comunidades no tenían títulos legales sobre las tierras que reclamaban y los grupos armados ilegales muchas veces disputaron la propiedad de manera violenta.

La ley contempla jurisdicciones penales y civiles especiales dentro de los territorios indígenas basadas en las leyes tradicionales de las comunidades. Los procesos adelantados en esas jurisdicciones estuvieron expuestos a manipulaciones y muchas veces impusieron penas más suaves que las de los tribunales ordinarios. La ley permite a las comunidades indígenas educar a los niños en sus dialectos tradicionales y en conformidad a sus costumbres culturales y religiosas. Las comunidades indígenas no están sujetas al servicio militar obligatorio.

Los líderes indígenas se quejaron por la presencia ocasional de las fuerzas de seguridad del Estado en sus resguardos y solicitaron al Estado consultar con las autoridades indígenas antes de lanzar acciones militares contra los grupos armados al margen de la ley y la guerrilla que operan en dichas zonas o sus alrededores. El Estado declaró que, por razones de seguridad, no podía notificar de antemano acerca de la mayoría de las operaciones militares y que sí consultó con los líderes indígenas en la medida de lo posible, antes de ingresar a los territorios habitados por sus comunidades. No obstante que la ley permite la presencia de las fuerzas de seguridad del Estado en tierras de comunidades indígenas, el Ministerio de Defensa impartió instrucciones de respetar la integridad de las comunidades indígenas, en particular durante los operativos del Ejército y la Policía. La Política Integral de Derechos Humanos del Ministerio de la Defensa enfatiza la importancia de proteger a las comunidades indígenas.

El Ministerio del Interior y de Justicia, a través de su Oficina de Asuntos Indígenas, tiene la responsabilidad de proteger los derechos territoriales, culturales y tradicionales de los pueblos indígenas. Los representantes del Ministerio, junto con representantes de la Procuraduría General y la Defensoría del Pueblo, coordinaron su trabajo con otras organizaciones oficiales y ONG de derechos humanos para promover los intereses de los indígenas e investigar las violaciones contra sus derechos. El Ministerio también tiene a su cargo la adquisición de tierras para anexar a los resguardos indígenas.

A pesar de las protecciones legales especiales y los programas de ayuda del Estado, las poblaciones indígenas continuaron siendo víctimas de la discriminación y se encontraron muchas veces viviendo al margen de la sociedad. Los indígenas fueron los más pobres entre la población y registraron las tasas más elevadas de mortalidad por edad, enfermedades intestinales, tuberculosis, hepatitis y malaria.

El Oacnudh dio a conocer que los grupos étnicos, sobre todo las poblaciones indígenas y afrocolombianas, eran cada vez más vulnerables como resultado del conflicto armado interno. James Anaya, Relator Especial sobre la Situación de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de la Población Indígena, informó sobre la existencia de alarmantes patrones de desplazamiento forzoso, homicidio, hambruna y otros problemas serios como consecuencia del conflicto armado interno. El Relator Especial también señaló la indiferencia total de las Farc por los derechos humanos.

El Programa Presidencial para los Derechos Humanos informó que, hasta el 30 de noviembre, se presentaron 101 homicidios de indígenas, un incremento del 63 por ciento en comparación al mismo período en 2008. Las matanzas masivas de indígenas incluyeron:

• El 4 de febrero, las Farc asesinaron a ocho integrantes de la comunidad indígena awá en Barbacoas (Nariño). Las Farc anunciaron que los awá habían sido asesinados por su presunta colaboración con el Ejército colombiano.

• El 26 de agosto, 12 indígenas de la etnia awá, incluyendo a seis menores, fueron asesinados en sus hogares. Cinco integrantes de un grupo armado al margen de la ley fueron arrestados en relación al crimen.

El Oacnudh continuó con sus críticas a las amenazas y la violencia contra las comunidades indígenas, calificó de inadecuadas las investigaciones oficiales sobre las violaciones de los derechos humanos de los grupos indígenas e hizo un llamado al gobierno a hacer más por proteger a los pueblos indígenas.

 Abusos sociales, discriminación y actos de violencia con base en la orientación sexual y la identidad de género  

Colombia Diversa, una ONG dedicada al tema de la violencia y la discriminación por orientación sexual, informó de al menos 39 asesinatos durante el año a causa de prejuicios relacionados con la orientación sexual. Los activistas de LGBT se vieron sujetos a amenazas y ataques de “limpieza social” (ver 1.g.) La Corte Constitucional reconoció el derecho de las parejas de un mismo sexo a los beneficios de pensión. No obstante, Colombia Diversa informó que con frecuencia la ley no se aplicaba por falta de conocimiento de algunos empleados del Gobierno. No hubo discriminación del Estado ni entidades oficiales con base en la orientación sexual en el empleo, la vivienda, la desnacionalización, o el acceso a la educación o la salud. No obstante, Colombia Diversa informó que sí hubo discriminación por parte de la sociedad. Colombia Diversa también informó sobre casos de abusos policiales por motivos de orientación sexual, la mayoría de los cuales se relacionaron con personas transexuales. El grupo también denunció que la violencia en las cárceles a causa de la orientación sexual continuó siendo un problema. Colombia Diversa denunció varios casos de amenazas contra defensores de derechos humanos que abogaban por temas relacionados con LGBT. Colombia Diversa citó un alto nivel de impunidad por delitos contra los miembros de la comunidad LGBT. El Estado autorizó marchas de Orgullo Gay que se organizaron en varias ciudades del país el 28 de junio; no hubo informes de que no hubiese suficiente seguridad para los participantes.

 Otras formas de violencia o discriminación por parte de la sociedad

No hay informes confirmados de violencia social o discriminación contra las personas con VIH/SIDA.

Sección 7. Los derechos del trabajador

 a. El derecho de asociación.

La ley contempla el derecho a organizar sindicatos y el Estado respetó este derecho en los términos generales de la práctica. La ley no se aplica a los miembros de las Fuerzas Armadas o la Policía. Aproximadamente 815.000 trabajadores (el 4,4 por ciento de la fuerza laboral de 18,4 millones) eran sindicalistas. Casi el 60 por ciento de la fuerza laboral trabajaba en el sector informal.

El Código Sustantivo del Trabajo prevé el reconocimiento automático de los sindicatos que obtengan 25 firmas de posibles miembros y cumplan con el trámite de registro. Hasta hace poco, los sindicatos denunciaron que el proceso era lento y se utilizaba para obstaculizar el registro. Algunos líderes sindicales declararon que formar un sindicato era un proceso largo y burocrático y que los organizadores por lo general terminaban despedidos antes de que el sindicato quedara oficialmente establecido. No obstante, en junio de 2008 la Corte Constitucional dictaminó que si se diligenciaban los documentos de registro del sindicato ante el Ministerio de Protección Social, de inmediato se establecía el estatus legal del sindicato, y que el Ministerio no tenía criterio sobre el contenido de los documentos de inscripción. Con esto, los tribunales retiraron toda base legal para que el Ministerio interfiriera con el proceso de inscripción.

La violencia y la discriminación contra los sindicalistas disuadieron a algunos trabajadores de unirse y participar en actividades sindicales. El Ministerio de la Protección Social informó que en el año cayeron asesinados 28 sindicalistas, en comparación a los 38 en 2008; mientras que la Escuela Nacional Sindical (ENS), una ONG que promueve los derechos laborales, reportó que la cifra de sindicalistas asesinados fue de 39, comparada a los 49 en 2008. Las cifras del Estado y la ENS difirieron debido a la diferencia en los conceptos metodológicos sobre la afiliación sindical. Según el Estado y la ENS, el índice de homicidios en el año por cada 100.000 fue de cinco sindicalistas y 34 para la población en general.

La ENS y otros grupos laborales reconocieron que hubo una mejoría desde 2008, pero advirtieron que enfocarse solamente en los asesinatos disfrazaba la verdadera naturaleza y alcance de la violencia sindical. La ENS informó que apenas el 26 por ciento de las 10.364 “violaciones a la vida, la libertad y la integridad” de los sindicalistas que registradas desde 1986, fueron asesinatos. La mayoría eran amenazas de muerte (4.418) y desplazamientos forzosos (1.611), al igual que detenciones arbitrarias, hostigamientos, ataques no letales, desapariciones, secuestros, torturas y requisas ilícitas. Los grupos de trabajo señalaron que mientras que los homicidios habían disminuido, las violaciones no letales continuaban.

Los maestros representaron el mayor porcentaje de miembros sindicales víctimas de la violencia de los grupos armados al margen de la ley, tanto por constituir el 27 por ciento de todos los sindicalistas registrados, como por su presencia en las zonas rurales del país azotadas por la violencia. El Ministerio de la Protección Social informó que 15 de 28 (el 54 por ciento) sindicalistas asesinados en el año eran educadores, mientras que la ENS informó que 15 de 39 (el 38 por ciento) sindicalistas eran maestros. La Federación Colombiana de Educadores informó que tres educadores sindicados también fueron asesinados en el año, sumando un total de 18.

El Estado brindó protección a 11.179 personas amenazadas, de las cuales 1.550 eran sindicalistas. Los demás eran periodistas, líderes sociales y defensores de derechos humanos. El programa de protección contó con un presupuesto anual de $90 mil millones de pesos (US$ 45 millones). El Ministerio de Educación manejó un programa separado de protección para educadores, la mayoría de ellos sindicalizados, que consistía en un programa de transferencia. El Ministerio de Educación retiró a 2.043 educadores de situaciones peligrosas desde que inició su programa en 2003.

Desde 2000 la Fiscalía General de la Nación ha procesado 234 casos (209 de ellos por homicidio) de los 334 autores de actos de violencia contra sindicalistas. Una subunidad especializada en asuntos laborales, instituida por el Estado en 2006 para procesar a quienes cometieran dichos actos, obtuvo 184 de dichas condenas (79 por ciento de los casos). En el año, la subunidad laboral logró 69 condenas.

Los sindicatos reconocieron que la nueva subunidad especializada de la Fiscalía General había logrado avances importantes, pero añadieron que aún quedaba mucho por hacer para poner fin a la impunidad de los autores de delitos violentos contra los trabajadores.

La ley contempla el derecho a la huelga, y los trabajadores ejercieron este derecho en la práctica. Sin embargo, no les es permitido ir a la huelga a los miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía y las personas que “prestan servicios públicos esenciales”. En el año, los tribunales declararon tres paros laborales como ilegales.

Antes de ir a la huelga, los sindicatos deben cumplir los procedimientos legales y notificar por anticipado a sus patronos y a las autoridades locales. La ley prohíbe las medidas para romper huelgas. En varias ocasiones se hizo caso omiso de la ley que prohíbe a los empleados públicos ir a la huelga. Los empleados no tienen que someterse al arbitramento obligatorio si no pueden llegar a un acuerdo.

Hubo informes de que algunos patronos utilizaron los contratos temporales y los esquemas de las cooperativas -ambos esquemas legales– para reducir los costos no salariales y evitar la sindicalización. Este tipo trabajadores no están cubiertos por el código del trabajo. Los sindicalistas abogaron por revisar el código laboral que actualmente define “trabajador” como una persona contratada directamente con un contrato de trabajo, para que incluya a un porcentaje mayor de la fuerza laboral.

 b. El derecho a organizarse y negociar colectivamente.

La ley otorga a los trabajadores el derecho a organizarse y negociar colectivamente, y el Estado respetó este derecho en el sector privado. Sin embargo, no se cumplió plenamente el derecho a la negociación colectiva en el sector público. Los sindicatos de trabajadores determinaron que las altas tasas de desempleo, el gran tamaño del sector de la economía informal, las actitudes anti-sindicales y la violencia contra los líderes sindicales dificultaron su capacidad de organizarse, lo cual a su vez limitó el poder de negociación de los trabajadores en todos los sectores. Los economistas evaluaron que los altos beneficios salariales obligatorios del sector formal afectaban el empleo formal y el sindicalismo, e incrementaba la economía informal. Según la ENS, en 2008 el 0,8 por ciento de la fuerza laboral estaba cubierto por un acuerdo de negociación colectivo.

En febrero, el Presidente expidió el decreto 535, creando un proceso formal por el cual los sindicatos del sector público pueden presentar sus exigencias a sus patronos del sector público, quienes están obligados a responder o a iniciar “negociaciones”. Los sindicatos criticaron el decreto como inefectivo debido a la falta de mecanismos de cumplimiento. No existen acuerdos de negociación colectiva en el sector público.

Los pactos colectivos entre los trabajadores individuales y sus patronos no estaban sujetos a negociaciones colectivas y con frecuencia se empleaban para subvertir las negociaciones colectivas. Los pactos colectivos, que son legales, otorgan a los patronos el derecho de negociar acuerdos sobre salarios y condiciones laborales en cualquier momento con grupos de trabajadores cuando no haya presencia de un sindicato, o cuando un sindicato representa a menos de una tercera parte de los empleados. Los grupos de trabajadores se quejaron de que los patronos se valieron de los pactos colectivos, autorizados por la ley, para desalentar la organización laboral. Hubo informes de que cuando un sindicato presentaba una propuesta de negociación colectiva, los patronos ofrecían a algunos trabajadores mejores condiciones y salarios a cambio de abandonar el sindicato y unirse al pacto, lo cual afectó adversamente la capacidad de los trabajadores organizados de negociar colectivamente.

El crecimiento continuo y la prevalencia de las cooperativas de trabajadores también contribuyeron a disminuir la capacidad de negociación colectiva al no estar amparados los trabajadores de las cooperativas por el código del trabajo. La ley 1233 de 2008, exige que las cooperativas se registren ante el Ministerio de la Protección Social y ofrezcan una compensación equivalente, al menos, al salario mínimo y los mismos beneficios de salud y pensión que normalmente se ofrece a los empleados. Aunque esto disminuyó el incentivo económico para contratar a los trabajadores de cooperativas sobre los contratos directos, los sindicatos se quejaron de que no hacía nada por extender los derechos de negociación colectivo para los trabajadores de las cooperativas.

El decreto 4588 prohíbe el uso de las cooperativas de trabajadores como subcontratistas de mano de obra, cuando no poseen los medios de producción, cuando se utilizan para realizar funciones centrales para una compañía, y cuando la compañía misma disciplina directamente a los trabajadores de la cooperativa. No obstante, la evidencia sugiere que muchas cooperativas si realizaron subcontrataciones ilegales y, en algunos casos, empleados del sector privado obligaron a los trabajadores a unirse a las cooperativas que ellos mismos administraban. El Estado posee la autoridad para sancionar a quienes violen los derechos laborales pero rara vez clausuran a las empresas que incurren en infracciones repetidas. En el año el Estado investigó a 788 cooperativas y sancionó a 86. En la Práctica, las sanciones nominales tasadas por el Estado hicieron poco por disuadir a las empresas infractoras.

Si bien la ley prohíbe la discriminación contra los sindicatos, algunos de los aspectos del código del trabajo criticados por la OIT desde tiempo atrás se mantuvieron, entre ellos la práctica de despedir a los trabajadores sindicalizados que participen en huelgas o paros legales y la prohibición de huelgas en una amplia gama de servicios públicos no necesariamente “esenciales”, según lo define la OIT.

No existen leyes especiales ni exoneraciones en las zonas de procesamiento de las exportaciones. Las leyes laborales se aplican en las 58 zonas francas del país, en las cuales se dio cumplimiento a las normas.

 c. La prohibición del trabajo forzado u obligatorio.

La ley prohíbe el trabajo forzado u obligatorio, incluido el trabajo infantil, pero hubo algunos informes en el sentido de que esas prácticas ocurrieron (véase la sección 6.d.).

Los nuevos grupos al margen de la ley, los paramilitares que rehusaron desmovilizarse y la guerrilla de las FARC y el ELN practicaron el reclutamiento forzado. Hubo algunos informes en el sentido de que la guerrilla de las FARC y el ELN, los nuevos grupos al margen de la ley y los paramilitares que rehusaron desmovilizarse, utilizaron el trabajo forzado en el cultivo de la coca, incluido el trabajo infantil, en zonas por fuera del control del Estado (véase la sección 1.g.). También hubo informes sobre la explotación sexual con fines comerciales. Además, hubo informes de menores provenientes de Ecuador que trabajaban como “raspachines” y menores provenientes de Honduras y Nicaragua obligados a trabajar en la pesca

 d. Prohibición del trabajo infantil y edad mínima para el empleo.

Si bien existen leyes que protegen a la infancia contra la explotación en el lugar de trabajo, el trabajo infantil continuó siendo un problema considerable, en particular en el sector informal e ilícito. La mayor incidencia ocurrió en las siguientes ocho industrias: ladrillos de barro, carbón, café, esmeraldas, oro, caña de azúcar, coca y pornografía. Para septiembre, el ICBF había reportado 6.884 denuncias de explotación laboral y 470 casos de niños víctimas de la explotación sexual con fines lucrativos. El ICBF prestó asistencia a 1.806 niños víctimas de la explotación sexual en todo el país.

La edad mínima para el empleo es de 15 años. Los menores entre 15 y 17 años deben obtener autorización de las inspecciones locales del Ministerio de la Protección Social. Dichos menores pueden trabajar solamente seis horas diarias y un máximo de 30 horas a la semana, nunca después de las 6 p.m. Los menores entre los 17 y los 18 años de edad pueden trabajar solamente ocho horas al día y 40 por semana sin horarios más allá de las 8 p.m. Los menores de 15 años pueden recibir autorización de la inspección local para realizar actividades remuneradas en los campos del arte, la cultura, la recreación o el deporte. Sin embargo, la autorización establece el número máximo de horas y las condiciones específicas de trabajo. Por ejemplo, un menor de 15 años no puede participar en actividades remuneradas durante más de 14 horas a la semana. De acuerdo con el Departamento Nacional de Estadísticas, la población de menores entre los 5 y los 17 años ascendió a 11.9 millones. De ellos, cerca de 1.1 millones trabajaron y casi un 90% lo hicieron más de 15 horas a la semana en sus hogares.

La edad mínima legal para trabajar coincidió con el final de la educación básica. Se prohibió a todos los niños trabajadores realizar trabajos nocturnos o en sitios donde estuvieran expuestos a lesiones físicas o a grados extremos de temperatura o ruido. Aunque se prohibió el trabajo infantil en diversas ocupaciones específicas como la minería y la construcción, en la práctica se hizo caso omiso de dichas prohibiciones en muchos casos. Hubo menores que trabajaron en la minería artesanal del carbón, el barro, las esmeraldas y el oro en condiciones peligrosas.

El ICBF identificó y brindó apoyo a 2.137 menores que durante el año trabajaron en operaciones mineras ilegales. Las cifras sobre el número total de menores que trabajaron en operaciones extractivas ilegales oscilaron entre los 10.000 y los 20.000. El código del menor contempla multas hasta de 40 veces el salario mínimo en casos de violaciones de las leyes sobre el trabajo de menores. La pena por una violación que pueda poner en peligro la vida de un menor o atente contra los valores morales puede ser el cierre temporal o permanente del establecimiento responsable.

Según el DANE, también se emplearon menores en el comercio ilícito de estupefacientes y otras actividades ilícitas. Varios miles de menores se vieron obligados a servir como combatientes, recogedores de hoja de coca o en la prostitución para las Farc, el ELN, los nuevos grupos al margen de la ley o los grupos paramilitares que rehusaron desmovilizarse (ver sección 1.g.).

Los 180 inspectores del Ministerio de la Protección Social fueron los responsables de hacer cumplir las leyes en el sector formal (abarcando aproximadamente a un 20% de la fuerza laboral menor de edad) a través de inspecciones periódicas. Los recursos fueron insuficientes para lograr un cumplimiento eficaz. Con la ayuda de la OIT, el gobierno tomó medidas para mejorar la cooperación entre las administraciones de los niveles nacional, regional y local a través de su plan nacional para erradicar el trabajo de los menores y proteger a la juventud trabajadora. El Programa Internacional para la Eliminación del Trabajo Infantil de la OIT operó un programa para impedir la explotación sexual de los menores con fines comerciales, mientras que hubo también programas de grupos privados y de gobiernos extranjeros encaminados a librar a los niños de las peores formas de trabajo infantil.

e. Condiciones aceptables de trabajo.

El gobierno establece un salario mínimo uniforme cada enero, el cual sirve de referencia para la negociación salarial. El salario mínimo mensual, negociado por un comité de representantes de las empresas, los trabajadores organizados y el gobierno, fue aproximadamente de $496.900 pesos (US$ 205), un aumento del 7,6 por ciento con respecto al año anterior. Si el proceso de negociación no termina en acuerdo, como ha sucedido en varias oportunidades, el Presidente puede fijar unilateralmente el salario mínimo. El salario mínimo nacional no representó un ingreso suficiente para cubrir la canasta básica de una familia de cuatro personas. Además, fue difícil hacer cumplir el salario mínimo en el sector informal.

El Código sustantivo del Trabajo contempla una semana de 48 horas y un período mínimo de descanso de ocho horas durante la semana. El Código estipula que los trabajadores tienen derecho a recibir primas por horas adicionales trabajadas además de las 48 horas reglamentarias, y por trabajos realizados los domingos. Las horas adicionales obligatorias se permiten solamente en casos excepcionales en los cuales se considera esencial el trabajo para el funcionamiento de la empresa.

La ley contempla amplia protección en materia de salud y seguridad ocupacionales y el Ministerio de la Protección Social se encargó de hacer cumplir las normas a través de inspecciones periódicas. Sin embargo, la escasez de inspectores, la falta de conciencia pública acerca de la seguridad y la poca atención prestada por los sindicatos se tradujo en un nivel elevado de accidentes industriales y malas condiciones de trabajo. En ocasiones, los trabajadores del sector informal fueron víctimas de abusos físicos o sexuales. Por ley, los trabajadores pueden retirarse de una situación laboral peligrosa sin por ello poner en peligro su empleo, y el gobierno hizo valer ese derecho. Los trabajadores no sindicalizados, en particular los pertenecientes al sector agrícola y a ciertas empresas de floricultura tuvieron que trabajar en condiciones consideradas peligrosas por temor a perder sus empleos si denunciaban los abusos. Sin embargo, Asocolflores, la Asociación Colombiana de Exportadores de Flores, continuó implementando normas voluntarias en la práctica de medidas de seguridad y protección hacia el  empleado, y disminuyó el uso de pesticidas. No obstante, los problemas continuaron, sobre todo entre los productores que no pertenecen a Asocolflores.