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Colombia

COLOMBIA


Colombia es una democracia constitucional multipartidista con una población cercana a los 45 millones de habitantes.  En mayo de 2006 fue reelegido el candidato presidencial independiente Alvaro Uribe en un proceso de votación considerado libre y justo en términos generales.  El conflicto armado que se vive en el país desde hace 44 años entre el gobierno y las organizaciones terroristas, en particular las fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Ejército Nacional de Liberación (ELN) persiste todavía. Si bien las autoridades civiles lograron mantener un control eficaz sobre las fuerzas de seguridad, hubo casos en los cuales elementos de las fuerzas de seguridad violaron con sus actos la política de estado.

Aunque persisten los problemas, el respeto del gobierno por los derechos humanos continuó mejorando, como se aprecia en el avance de la implantación de la Ley de Justicia y Paz.  Durante el año se presentaron informes sobre los siguientes problemas sociales y abusos contra los derechos humanos por parte del gobierno: muertes ilegales y extrajudiciales; desapariciones forzadas; colaboración de militares insubordinados con los nuevos grupos ilegales y con paramilitares que rehusaron desmovilizarse; tortura y maltrato de los detenidos; hacinamiento e inseguridad en las cárceles; detenciones arbitrarias; un número elevado de personas detenidas a la espera de un juicio, algunas de ellas en las mismas instalaciones asignadas a los presos condenados; impunidad; una rama judicial ineficiente sujeta a la intimidación; acoso e intimidación de los periodistas; condiciones antihigiénicas  en los asentamientos para los desplazados, con acceso limitado al trabajo y a los servicios de salud y educación; corrupción; acoso contra los grupos de derechos humanos; violencia contra la mujer, incluido el acceso carnal; maltrato de la infancia y prostitución infantil; trata de mujeres y niños para explotación sexual; discriminación social contra la mujer, los indígenas y las minorías; y trabajo infantil ilegal.

Las FARC y el ELN cometieron los siguientes abusos contra los derechos humanos: asesinatos políticos; asesinatos de miembros de las fuerzas de seguridad del estado y de funcionarios locales por fuera de su trabajo; secuestros y desapariciones forzadas; desplazamientos forzados masivos; soborno e intimidación de jueces, fiscales y testigos; violación de los derechos de los ciudadanos a la intimidad; restricciones de la libertad de movimiento; reclutamiento generalizado de niños soldados; ataques contra los activistas de los derechos humanos; y acoso, intimidación y asesinato de maestros y sindicalistas.

Los nuevos grupos al margen de la ley cometieron también numerosas violaciones contra los derechos humanos.  Si bien el último bloque de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) se desmovilizó en 2006, los miembros de las AUC que rehusaron desmovilizarse, los que se desmovilizaron pero posteriormente abandonaron el proceso de paz, y otros nuevos grupos ilegales, continuaron siendo objeto de la acción de las fuerzas de seguridad del estado. (Los nuevos grupos ilegales estuvieron conformados por paramilitares desmovilizados que regresaron a la violencia, paramilitares que nunca se desmovilizaron, delincuentes comunes y narcotraficantes involucrados principalmente en actividades delictivas.  Estos grupos nuevos no tuvieron la organización, el alcance y la capacidad militar de las antiguas AUC y concentraron sus actividades principalmente en el tráfico de estupefacientes y la extorsión en lugar de la lucha contra las FARC o el ELN.  En estas circunstancias fue difícil determinar la responsabilidad por los abusos cometidos.)

Con la desmovilización de las AUC se redujeron las matanzas y otras violaciones de los derechos humanos, pero los paramilitares que rehusaron desmovilizarse, lo mismo que los nuevos grupos ilegales, continuaron cometiendo numerosos actos ilícitos y abusos relacionados, entre ellos asesinatos y secuestros políticos; violencia física; desplazamiento forzado; soborno e intimidación de jueces, fiscales y testigos; violación del derecho de los ciudadanos a la intimidad; restricciones de la libertad de movimiento; reclutamiento y explotación de niños soldados; y acoso, intimidación y asesinato de trabajadores de derechos humanos, periodistas, maestros y sindicalistas.

Las estadísticas del gobierno señalaron que las matanzas disminuyeron durante el año en un 6.2% y los secuestros en un 14.3% en comparación con el mismo período de 2007.  Hasta el mes de diciembre, la Ley de Justicia y Paz contribuyó a aclarar más de 20.000 crímenes y permitió exhumar 1.788 restos humanos en 1.441 fosas comunes, mientras que la Corte Suprema y las investigaciones de la Fiscalía General con respecto a los vínculos entre los políticos y los grupos paramilitares implicaron a 70 representantes, 15 gobernadores y 31 alcaldes, muchos de quienes se encontraban encarcelados al finalizar el año.


RESPETO POR LOS DERECHOS HUMANOS

Sección 1 Respeto y protección de la integridad de las personas, incluyendo libertad de:

 a. Privación arbitraria o ilícita de la vida

Los asesinatos políticos e ilegales continuaron siendo un problema de gravedad extrema y se presentaron informes periódicos sobre la participación de miembros de las fuerzas de seguridad en actos de matanzas extrajudiciales como parte del conflicto armado interno (véase la sección 1.g.). Hubo informes verosímiles sobre pagos efectuados por oficiales militares a los grupos ilegales para reclutar a la fuerza a jóvenes, transportarlos a otra ciudad y entregarlos a las brigadas locales, las cuales los asesinaron y los presentaron como guerrilleros muertos en combate.

La guerrilla, en particular las FARC y el ELN, cometieron matanzas ilegales (véase la sección 1.g.).

Los miembros de los grupos paramilitares que rehusaron desmovilizarse y los miembros de los nuevos grupos al margen de la ley cometieron un sinnúmero de asesinatos políticos e ilegales, principalmente en zonas que se disputaban con la guerrilla o donde no había una presencia fuerte del estado (véase la sección 1.g.).

El Centro para la Investigación y la Educación Popular (CINEP), una organización no gubernamental (ONG) de derechos humanos fundada por los Jesuitas afirmó que durante los primeros seis meses del año hubo al menos 220 asesinatos políticos e ilegales atribuibles a todos los actores del conflicto, 18 más de los reportados en el mismo período de 2007.  Algunas ONG, como el CINEP, consideraron que los nuevos grupos ilegales son una continuación de los grupos paramilitares y atribuyeron directamente al gobierno los informes sobre las violaciones de derechos humanos cometidos por estos grupos.  También incluyeron en su definición de “asesinatos ilegales” las matanzas de las cuales fueron autores estos grupos.

El Ministerio de la Defensa reportó la muerte de 169 personas en 37 masacres (definidas por el gobierno como matanzas de cuatro o más personas), lo cual representa un aumento del 32% con respecto al año 2007 (véase la sección 1.g.).

Algunos miembros de las fuerzas de seguridad del estado, entre ellos personal enlistado, suboficiales y oficiales, violando las órdenes del Presidente y de los altos mandos militares, colaboraron con los nuevos grupos ilegales o los paramilitares que rehusaron desmovilizarse, o toleraron sus actividades.  Esa colaboración propició en muchas ocasiones las muertes ilegales y pudo haberse traducido en su participación directa en atrocidades paramilitares.

Según algunos informes, en regiones como el oriente antioqueño, y los departamentos de Chocó, Meta y Nariño hubo tratos corruptos entre oficiales militares locales y los nuevos grupos ilegales o los paramilitares que rehusaron desmovilizarse.  Aunque la impunidad de este personal militar siguió siendo un problema durante el año, el Ministerio de la Defensa adelantó investigaciones y entregó a los culpables a las autoridades civiles en varios casos de alto perfil.

Las autoridades militares o civiles investigaron los asesinatos cometidos por las fuerzas de seguridad, de conformidad con la ley.  Los juzgados civiles juzgaron a varios militares acusados de violaciones contra los derechos humanos.  Las investigaciones sobre asesinatos cometidos en años anteriores continuaron su curso, aunque lentamente.  Hubo sentencias condenatorias importantes en casos de alto perfil contra personal militar, gracias en gran medida a testimonios entregados dentro del proceso de justicia y paz.  Entre otras, se produjeron condenas en el caso del asesinato de agentes de la policía antinarcóticos por parte de los militares en Jamundí y en el de la masacre de ocho personas perpetrada en San José de Apartadó en 2005. 

Tanto los actores del gobierno como los demás actores del conflicto utilizaron minas antipersona.  Los informes preliminares señalaron que las minas antipersona, empleadas principalmente por las FARC y el ELN, dejaron 147 muertos y 564 lesionados durante el año (véase la sección 1.g.). El gobierno terminó de despejar 12 zonas sembradas de minas antipersona y mantuvo sus esfuerzos de despeje de otras 15.

b. Desapariciones

Continuaron produciéndose desapariciones forzadas, muchas de ellas por motivos políticos.  El CINEP reportó 27 víctimas de desaparición forzada durante los primeros seis meses del año, en comparación con 31 durante el mismo período de 2007.  De acuerdo con el Programa de la Presidencia y el Registro de Personas Desaparecidas (SIRDEC), coordinado por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, hubo acerca de 133 casos de personas desaparecidas por la fuerza durante los primeros nueve meses del año.  El gobierno asignó 658 millones de pesos (aproximadamente 267,000 dólares) para desarrollar y mantener el registro del SIRDEC y para ejecutar un plan interinstitucional a nivel nacional para combatir las desapariciones forzadas.  El plan consta de cuatro componentes: un sistema de información, capacidad de búsqueda, identificación de restos mortales, y asistencia a las familias de las víctimas.

Aunque continuaron descendiendo las cifras de secuestros extorsivos y políticos, este delito continuó siendo un problema grave.  El Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal (Fondolibertad) reportó 197 secuestros extorsivos durante el año, 14% menos que en 2007.

A través de la acción del GAULA (Grupos de Acción Unificada para la Libertad Personal), una entidad policial creada para combatir el secuestro y la extorsión, y de otros elementos de las fuerzas de seguridad se logró la liberación de 222 retenidos durante el año;  Fondolibertad reportó que al menos 14 víctimas de secuestro murieron en cautiverio durante el año, en comparación con 22 en 2007.

Tanto las FARC como el ELN y los nuevos grupos ilegales continuaron practicando el secuestro.  Los grupos guerrilleros asesinaron con frecuencia a sus víctimas de secuestro (véase la sección 1.g.).

 c. Tortura y otros tratamientos o castigos crueles, inhumanos o degradantes

Aunque la ley prohíbe esas prácticas, hubo informes de maltratos y torturas ocasionales de los detenidos a manos de la policía, los militares y los guardias penitenciarios. Los miembros del ejército o la policía acusados de tortura se llevaron ante la justicia civil y no ante los tribunales militares.  El CINEP aseveró que durante los primeros seis meses del año las fuerzas de seguridad del estado participaron en 74 incidentes de tortura, un aumento del 46% con respecto a los primeros seis meses de 2007.  El CINEP también informó que durante los primeros seis meses del año hubo 66 víctimas de tortura a manos de las fuerzas armadas.

El CINEP reportó lo siguiente:

• El 15 de febrero, unidades de la policía nacional torturaron en el municipio de Armenia, Quindío, a dos personas sospechosas de consumir sustancias psicoactivas, y ejecutaron a Geovanny Londoño Castrillón.

• El 15 de marzo, tropas asignadas al batallón Domingo Rico detuvieron y torturaron en Puerto Asís, Putumayo, a Manuel Antonio Jiménez, vinculado con la rama local de uno de los sindicatos agrícolas más grandes del país.

• El 3 de abril, tropas asignadas a la décimo segunda y a la sexta brigadas móviles torturaron en el municipio de Montañita, Caquetá, a Brayan Esteban Carvajal.

Al finalizar el año no se conocían aún avances en ninguno de los casos. 

El CINEP reportó que por lo menos 19 casos de tortura acaecidos hasta el mes de junio pueden atribuirse a paramilitares desmovilizados.

 Condiciones de las cárceles y los centros de detención

Con la excepción de las instalaciones nuevas, las condiciones carcelarias fueron deficientes, en particular para los presos carentes de apoyo externo importante.  El Instituto Nacional Penitenciario (INPEC) dirige las 139 cárceles del nivel nacional y tiene a su cargo la  inspección de las cárceles municipales.

Continuaron los problemas graves de hacinamiento, falta de seguridad, corrupción y escasez de presupuesto en el sistema penitenciario.  Al final del año había 69.000 presos en instalaciones con capacidad para menos de 50.000.  Las tasas de hacinamiento superaron el 27% en 139 cárceles.  Hubo un nivel deficiente de capacitación entre un gran número de los 13.000 guardias y empleados administrativos del INPEC.  El Comité de Solidaridad con los Presos Políticos señaló que han servido la capacitación, la mayor supervisión y la mayor responsabilidad impuesta a los guardias carcelarios.  Sin embargo, esta misma ONG manifestó el temor de que, de aumentar la privatización del sistema carcelario, podría crecer la corrupción.

Las restricciones presupuestarias afectaron adversamente las condiciones penitenciarias.  El INPEC destinó 4.941 pesos (2.00 dólares) diarios para alimentación por interno.  Las fuentes privadas continuaron complementando las raciones diarias de alimentos para muchos presos.

El INPEC reportó que hubo 40 muertes violentas durante el año relacionadas con motines y peleas entre los internos.  Entre enero y el 30 de septiembre hubo 14 motines en distintas instituciones penales.  La Fiscalía General continuó con las investigaciones relativas al supuesto uso excesivo de la fuerza y el maltrato de los internos por parte de algunos guardias penitenciarios.   Según el Consejo Superior de la Judicatura (CSJ), durante el año se emitieron cuatro sentencias condenatorias por uso excesivo de la fuerza contra guardias penitenciarios.

Los detenidos a la espera de juicio tuvieron que permanecer recluidos con los presos condenados.  No hubo casos de menores recluidos junto con adultos; sin embargo, los hijos menores de algunas presas pudieron permanecer al lado de sus madres.

El gobierno permitió que los grupos locales e internacionales de derechos humanos hicieran seguimiento a las condiciones de las cárceles, lo cual se hizo en la práctica durante el año.  Las FARC y el ELN insistieron en negar acceso al Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) para verificar la situación de los policías y militares mantenidos como rehenes.

 d. Detención o arresto arbitrario

Aunque la ley prohíbe la detención y el arresto arbitrario, hubo denuncias por casos de ciudadanos detenidos arbitrariamente por las autoridades.

 Papel de la policía y del aparato de seguridad del Estado

La Policía Nacional tiene la responsabilidad de mantener la ley y el orden y está bajo la jurisdicción del Ministerio de la Defensa.  Esta responsabilidad es compartida con el Departamento Administrativo de Seguridad y el Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía General.  El ejército también compartió una responsabilidad limitada de hacer cumplir la ley y mantener el orden en el país.  Por ejemplo, en ocasiones las unidades militares proporcionaron apoyo logístico y de seguridad a los investigadores en su labor de recabar pruebas en casos de delitos penales en zonas de conflicto o de difícil acceso.  Durante el año, la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General expidió órdenes de captura preventiva contra 225 miembros de las fuerzas armadas por violaciones de los derechos humanos o asesinatos extrajudiciales. Sin embargo, continuaron presentándose denuncias generalizadas de impunidad, debido en algunos casos a obstrucción de la justicia, falta de recursos para la investigación y para la protección de los investigadores y los testigos, y coordinación inadecuada entre las entidades del Estado. Durante el año, el Ministerio de la Defensa relevó del servicio a 80 oficiales y 213 suboficiales de las fuerzas armadas por ineficiencia, faltas contra la ética, corrupción, y sospechas de participación en violaciones de los derechos humanos.

 Arresto y detención

La policía procedió a detener a personas sospechosas amparada en órdenes emitidas por la fiscalía con base en causas probables.  Sin embargo, no se necesita orden de captura para detener a los delincuentes sorprendidos en flagrancia o huyendo del lugar de los hechos.  Hubo casos de detenciones de integrantes de los grupos armados ilegales apresados en combate en los cuales los miembros de las fuerzas armadas no recibieron autorización para ejecutar órdenes de captura.  Sin embargo, tuvieron poder para expedir dichas órdenes los miembros del Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía que acompañaban a las unidades militares.

Después de una transición de cuatro años, el 1 de enero entró en vigencia en todos los departamentos de la nación un nuevo código de procedimiento penal basado en el sistema penal acusatorio. Este nuevo código dispone que las personas detenidas deben llevarse ante un juez en un lapso de 36 horas a fin de determinar la validez de la detención. Posteriormente hay 30 días para  presentar formalmente los cargos y el juicio debe iniciarse a más tardar a los 90 días a partir de la fecha de la detención.  Los delitos cometidos con anterioridad a la entrada en vigencia del nuevo código deben juzgarse de acuerdo con el sistema anterior.

Bajo el sistema anterior, las autoridades del orden debían informar a los sospechosos oportunamente sobre las razones de su detención y llevarlos ante un fiscal superior dentro de las siguientes 36 horas.  Los fiscales debían dar su veredicto sobre la legalidad de la detención en un lapso de 72 horas.  Tanto bajo el sistema anterior como bajo el sistema actual, en la mayoría de los casos de delitos graves los sospechosos no pueden permanecer detenidos más de 180 días si no se han presentado cargos formalmente.  Bajo el sistema anterior, en casos de delitos considerados particularmente graves como homicidio, terrorismo o rebelión, las autoridades tenían hasta 360 días para levantar cargos formales antes de tener que dejar en libertad a los sospechosos.  Se puede aplicar el habeas corpus en casos de supuesta detención arbitraria.

No hay fianza para delitos menores ni mayores como homicidio, rebelión o tráfico de estupefacientes.  Los detenidos tienen derecho a recurrir prontamente al abogado de la defensa de su preferencia, y cerca de 1.600 defensores de oficio de la Defensoría para los Derechos Humanos brindaron sus servicios a acusados indigentes.

Hubo quejas de importantes ONG de derechos humanos contra el gobierno por detenciones arbitrarias de cientos de personas, en particular líderes sociales, trabajadores activistas y defensores de los derechos humanos.  El CINEP reportó que las fuerzas de seguridad del estado detuvieron arbitrariamente a 224 personas durante los primeros seis meses del año en comparación con 187 durante el mismo período de 2007.  Muchas de esas detenciones se produjeron en zonas de alto conflicto (especialmente en los departamentos de Arauca, Cesar, Meta, y Putumayo), donde los militares adelantaban intensas operaciones de hostilidad contra la insurgencia. Entre los casos mencionados por el CINEP estuvieron los siguientes:

• El 27 de marzo, en Miranda, Cauca, tropas asignadas al 57 Batallón Antiguerrilla detuvieron a los campesinos José Libardo (presidente de una organización rural local), José William Prado, Duvan Casamachín, y Raúl Grisales Dagua.

• El 11 de abril, en Cartagena de Chairá, Caquetá, tropas asignadas a la Vigésima Segunda Brigada Móvil y miembros de la Unidad 251 Especializada en Antiterrorismo de la Fiscalía interceptaron y detuvieron a 24 personas de Caguán, Monserrate, y Puerto Camelias, departamento del Caquetá.

Hubo desacuerdos frecuentes entre el gobierno e importantes ONG locales con respecto al concepto de “detención arbitraria”.  Si bien el gobierno caracterizó la detención de conformidad con las formalidades legales, las ONG aplicaron otros criterios para definir la “detención arbitraria” como por ejemplo los arrestos basados en pistas entregadas por informantes sobre personas vinculadas a las actividades guerrilleras, detenciones sin orden judicial, detenciones basadas en la autoridad administrativa, detenciones durante las operaciones militares, detenciones a gran escala y detenciones de personas “en ejercicio de sus derechos fundamentales”. 

Según el INPEC, a diferencia de lo sucedido en años anteriores, no se retuvo en las cárceles de los puestos de policía a detenidos a la espera de juicio ni tampoco a presos convictos, debido a las restricciones impuestas por el nuevo sistema penal acusatorio. Fue difícil llevar registros sobre el número total de detenidos porque muchos comandantes militares locales y supervisores de las cárceles incumplieron con la obligación de llevar dichos registros o de adelantar los trámites de notificación.  Hubo demoras en los juicios a causa del gran número de detenidos, de las restricciones económicas y de la falta de personal.

 e. Negación de un juicio público justo 


Si bien la ley dispone la independencia de la rama judicial, la carga impuesta sobre el sistema fue excesiva, su labor ineficiente, y hubo una situación de obstaculización a causa de los sobornos y la intimidación de jueces, fiscales y testigos.  Dadas las circunstancias, la impunidad continúo siendo un problema serio, aunque el gobierno tomó medidas para corregir esos problemas.  El CSJ reportó una carga significativa de casos atrasados, lo cual se tradujo en un gran número de detenidos a la espera de juicio. Con la implantación del nuevos sistema penal acusatorio se redujo en más un 75% el tiempo en el cual se resolvieron los casos nuevos, con una tasa de sentencias condenatorias del 60%, en comparación con 3% bajo el sistema anterior.  Sin embargo, siguió siendo grande el número de casos pendientes. 

Las autoridades judiciales fueron objeto de amenazas y actos violentos.  De acuerdo con la Asociación Nacional de Empleados de la Rama Jurisdiccional y el Fondo Corporativo de Solidaridad con los Jueces Colombianos, 91 empleados judiciales solicitaron diversas formas de protección a la Oficina de Protección de la Fiscalía General por diversos motivos, entre los cuales figuraban las amenazas. Aunque la Fiscalía General mantuvo un programa de protección para testigos en casos penales, los testigos que no ingresaron al programa siguieron siendo vulnerables a la intimidación y muchos de ellos rehusaron testificar.

El sistema de justicia civil consta de cuatro jurisdicciones funcionales: ordinaria, administrativa, constitucional y especial.  La jurisdicción ordinaria es la más grande y maneja todos los casos penales, civiles, laborales, agrarios y domésticos en los cuales están involucradas personas civiles.  La Corte Suprema de Justicia es el más alto tribunal dentro de la jurisdicción civil y es su última instancia de apelación.

La Corte Constitucional es la única autoridad judicial en materia de la constitucionalidad de las leyes, los decretos presidenciales y las reformas constitucionales. La Corte también puede emitir conceptos sobre la constitucionalidad de los proyectos de ley no sancionados todavía y tiene discreción para revisar las decisiones de los tribunales inferiores con respecto a las tutelas, a las cuales tienen derecho todos los ciudadanos y las cuales se pueden presentar ante cualquier juzgado en cualquier etapa del proceso judicial.

La jurisdicción especial del sistema de justicia civil está compuesta por el programa de los jueces de paz y la jurisdicción indígena.  El CSJ tiene a su cargo la administración y disciplina del sistema de justicia civil.

La Corte Suprema, el Consejo de Estado, la Corte Constitucional y el CSJ son entes judiciales supremos mutuamente iguales, y en ocasiones emitieron sentencias contradictorias y se mostraron en desacuerdo frecuentemente con respecto a las responsabilidades de sus respectivas jurisdicciones.

El sistema de justicia militar comprende 44 tribunales militares y el Tribunal Militar Supremo, el cual sirve de tribunal de apelaciones para todos los casos juzgados en los tribunales militares.  La Corte Suprema de Justicia sirve como segundo tribunal de apelaciones  en los casos de sentencias de cárcel de seis o más años.

El sistema de justicia militar puede investigar y procesar a los militares y policías activos por delitos “relacionados con actos del servicio militar”.  El código penal militar define expresamente que no son delitos relacionados con el servicio militar la tortura, el genocidio, la masacre y el desaparecimiento forzado.  Ninguna violación contra los derechos humanos se considera relacionada con el servicio militar, y todos los casos se llevan ante la justicia civil. El código penal militar excluye expresamente a los civiles de la jurisdicción militar, y los juzgados civiles deben ver los casos de los militares y policías retirados, sin embargo las cortes militares son responsables de actos relacionados con los servicios cometidos antes de su retiro.  El código penal militar niega a los comandantes el poder de imponer disciplina de justicia militar a sus subalternos y concede protección legal a los miembros en servicio que rehúsan obedecer órdenes violatorias de los derechos humanos.

La Fiscalía General de la Nación es la encargada de investigar y procesar los casos de delitos penales. La Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía, con sus 13 oficinas delegadas, se especializa en la investigación de los delitos contra los derechos humanos.  A diciembre, los 101 fiscales especializados de la unidad manejaban un total de 4.510 casos.

La Procuraduría General de la Nación investiga las denuncias por mala conducta contra los empleados públicos, entre quienes se cuentan también los miembros de las fuerzas de seguridad del estado.  La Procuraduría General remitió a la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General todos los casos de violaciones contra los derechos humanos allegados a su despacho.

Hasta el mes de septiembre, la Procuraduría General había abierto procesos disciplinarios contra 1.173 miembros de las fuerzas armadas por delitos contra los derechos humanos.  Todos ellos fueron remitidos a la Fiscalía General a fin de abrir la investigación penal.  Adicionalmente, la Fiscalía General presentó cargos contra 357 miembros de las fuerzas armadas; no se obtuvo información completa acerca del número de sentencias condenatorias pronunciadas durante el año contra dichas personas.

 Procesos judiciales

Durante el año el país terminó su transición al código de procedimiento penal acusatorio, el cual reemplazó al sistema de indagación escrita bajo el cual se detenía a las personas a la espera de una investigación que implicaba la aceptación formal de las pruebas sin un juicio.

En virtud del nuevo código, el fiscal presenta la acusación y las pruebas ante un juez imparcial en el marco de un juicio oral público.  Hay presunción de inocencia y el acusado tiene derecho a confrontar las pruebas en su contra en un juicio y a presentar sus propias pruebas.  No hay participación de jurados.
 
En el sistema de justicia militar, los jueces militares presiden las cortes marciales sin presencia de jurados.  Los acusados pueden contar con los servicios de un defensor de oficio, quien puede llamar a testigos, pero la mayor parte de la investigación ocurre durante la fase indagatoria.   Los jueces militares deben pronunciar sentencia dentro de los ocho días siguientes a la audiencia en corte marcial.  Se exige la presencia en las cortes marciales de representantes de la Procuraduría General.

El procedimiento penal en el sistema de justicia militar incluye elementos del sistema inquisitivo y del sistema acusatorio.  Los acusados son considerados inocentes hasta que se demuestra lo contrario y tienen derecho a consultar oportunamente a un abogado defensor. Una sentencia de la Corte Constitucional prohíbe a los abogados militares asumir deberes de defensa.  Los acusados deben sufragar los gastos de sus abogados o depender de abogados pagados a través de un fondo especial de oficiales militares.

Las reformas del sistema de justicia militar iniciadas en 2005 continuaron su curso durante el año y su objetivo es establecer un cuerpo de investigación forense y un cuerpo de defensa militar.  El Ministerio de la Defensa continuó su examen respecto del financiamiento de una transición al sistema oral acusatorio utilizado por la justicia civil.  Aunque la reforma ha sido lenta, el sistema de justicia militar ha aumentado significativamente su cooperación con su contraparte civil y ha hecho esfuerzos por agilizar el traslado de más de 600 casos de derechos humanos a los juzgados civiles.

Los juzgados civiles dictaron sentencia condenatoria a miembros de las fuerzas militares por delitos contra los derechos humanos cometidos en el pasado.  Los siguientes son algunos  ejemplos:

• E 2 de abril, el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Antioquia sentenció a cinco soldados a 34 años de cárcel por el homicidio y la tortura de Juan de Jesús Rendón Alzate en 2004.

• El 21 de abril, un juzgado sentenció al teniente del ejército Carlos Andrés Lora Cabrales y al cabo tercero César Augusto Mosquera Guerrero a 30 años de cárcel por el asesinato en 2004 de Juan Enemías Daza Carrillo, indígena perteneciente a la tribu Kankuamo. Otros siete soldados condenados por participar en el delito recibieron sentencias de diversos tipos.

• El 7 de mayo, con relación al caso del asesinato de 10 policías y un civil en Jamundí, el Juez Cuarto Penal del Circuito de Cali sentenció al coronel Bayron Carvajal a 54 años en prisión, al teniente Harrison Eladio Castro a 52 años, y a otros 13 soldados bajo su mando a 50 años cada uno.

• El 29 de agosto, un juzgado sentenció a los soldados en retiro Roberto Camacho Riaño, Jorge Alberto Navarro Devia, y Evert Ospina Martínez a 18 años de cárcel por el asesinato de Germán Zapata Escue, indígena paéz asesinado hace más de 20 años en el resguardo de Jambaló, Cauca. 

• El 5 de septiembre, el Juez Penal Especializado del Circuito de Manizales sentenció a un suboficial del ejército, un paramilitar y un excandidato a la alcaldía de Riosucio, Caldas, a 40 años de cárcel por el asesinato de cuatro líderes indígenas, entre ellos Fabio Hernán Tapasco, en un caso acaecido en 2003 e investigado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

En diciembre, el gobierno inauguró un sistema televisado públicamente para informar acerca de las denuncias contra miembros de las fuerzas militares, presentado por la Presidencia con la participación de la Fiscalía General, la Procuraduría General y la Defensoría de los Derechos Humanos. 

 Presos políticos

El gobierno declaró no tener presos políticos.  Algunos grupos de defensores de los derechos humanos caracterizaron de presos políticos a algunos detenidos por cargos de rebelión o terrorismo, por considerar que ese proceder es una táctica de hostigamiento del gobierno contra los defensores de los derechos humanos.  Durante el año hubo 3.336 presos acusados de rebelión o de ayudar a la insurgencia o colaborar con ella.  De ellos, 2.263 fueron acusados de apoyar a las FARC.  El gobierno permitió al CICR acceso a estos presos.

Procesos y recursos judiciales civiles

Los ciudadanos pueden demandar a cualquier entidad u organismo del estado ante al Tribunal de lo Contencioso Administrativo por daños y perjuicios a causa de violaciones de los derechos humanos.  Aunque los críticos se quejaron de demoras en el proceso, en términos generales consideraron que la labor del tribunal fue imparcial y eficaz.

 f. Interferencia arbitraria con la intimidad, la familia, el domicilio o la correspondencia

La ley prohíbe estos actos.  Aunque el gobierno respetó estas prohibiciones en términos generales en la práctica, hubo algunas excepciones. La ley exige que las autoridades del gobierno obtengan una orden firmada por un fiscal superior a fin de allanar una residencia privada sin el consentimiento del propietario, a menos que se haya detenido al sospechoso en fuga.  En general, las autoridades oficiales mostraron respeto por estas normas.

En general, las autoridades oficiales necesitan una orden judicial para interceptar el correo o monitorear las conversaciones telefónicas, incluso en las cárceles. Sin embargo, en sus investigaciones de las organizaciones terroristas, los organismos de inteligencia del estado monitorearon conversaciones ocasionalmente sin autorización judicial, aunque las pruebas obtenidas de esa forma no pudieron utilizarse en los procesos judiciales.

El gobierno continuó utilizando una red de informantes civiles voluntarios para reportar las actividades terroristas e identificar a los terroristas.  Algunos grupos nacionales e internacionales de derechos humanos criticaron esa red por estar sujeta a abusos y ser una amenaza para la intimidad y otras libertades civiles.

Los nuevos grupos ilegales, los paramilitares que rehusaron desmovilizarse, y la guerrilla de las FARC y el ELN interfirieron constantemente con la intimidad.  Penetraron a la fuerza en residencias privadas, monitorearon las comunicaciones privadas, cometieron actos de desplazamiento y reclutamiento forzoso y abusos contra familiares.  Las FARC prohíben el embarazo entre sus tropas, entre quienes hay un número considerable de mujeres, y hubo informes acerca de abortos impuestos a la fuerza a fin de hacer cumplir esa orden.

g. Uso excesivo de la fuerza y otros abusos en conflictos internos

Continuó el conflicto armado interno que azota al país desde hace 44 años y en el cual se enfrentan las fuerzas del estado y dos grupos terroristas (FARC y ELN), y los nuevos grupos ilegales. El conflicto y el tráfico de estupefacientes, el cual sirvió de combustible y al mismo tiempo se benefició del conflicto, fueron las causas centrales de múltiples violaciones de los derechos humanos.

Tras la desmovilización del último bloque de las AUC en 2006, el gobierno confrontó militarmente a los grupos que no se desmovilizaron y también a los nuevos grupos ilegales.  No hubo más desmovilizaciones de los paramilitares después de la desmovilización colectiva de cerca de 34.000 personas durante el proceso iniciado en 2003.  La Organización de Estados Americanos (OEA) continuó verificando todas las etapas de la desmovilización y reincorporación de los excombatientes a la sociedad.  Según la OEA, se calcula que hay cerca de 23 grupos ilegales nuevos que operan en todo el país. 

Asesinatos

A las fuerzas de seguridad se les atribuye una supuesta participación en asesinatos ilegales.  El CINEP reportó que hubo 76 de esos casos durante los primeros seis meses del año, en comparación con 128 durante el mismo período de 2007. La Fiscalía General reportó 788 investigaciones activas relacionadas con asesinatos ocurridos entre enero de 2001 y septiembre 30 de 2008. Durante el año culminaron cinco de estas investigaciones, con un resultado de 23 condenas.  La mayoría de los asesinatos investigados se produjeron en los departamentos de Antioquia (65), Meta (66), y Nariño (22). En un gran número de los casos reportados participó supuestamente el ejército, y se incluyeron investigaciones contra cuatro coroneles, siete mayores y 32 capitanes.  Las investigaciones  se relacionaron con 1.183 personas (1.092 hombres y 91 mujeres), 52 de las cuales eran menores de edad. Hubo variación entre las estadísticas de las distintas ONG, organizaciones internacionales (como la ONU o la OEA) y el gobierno respecto del número anual de casos, en parte debido a las diferencias en la forma de presentar los informes, en particular en lo referente a la categorización de los casos por víctimas, incidentes o denuncias.

De conformidad con una directiva del Ministerio de la Defensa de julio de 2007 relativa a los asesinatos extrajudiciales, se creó un comité de alto nivel, el cual continuó revisando los casos con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y le permitió acceso a este organismo a las siete divisiones del ejército con la finalidad de revisar los casos con los comandantes de las unidades.  Gracias a esos esfuerzos, durante el año se pudieron trasladar más de 600 casos de derechos humanos a la justicia ordinaria. El trabajo del comité también dio lugar a que se dictaran directivas en 2007 mediante las cuales se ordenaba a los comandantes militares a enfatizar la desmovilización por encima de las capturas y las capturas por encima de las muertes, a fin de garantizar el desarrollo y la implantación de unas nuevas reglas de combate para el personal militar y brindar asistencia y apoyo logístico a los investigadores civiles.

Entre los casos reportados de muertes extrajudiciales estuvieron los siguientes:

• El 23 de septiembre, Medicina Legal informó haber identificado 19 cadáveres en Ocaña, Norte de Santander, y en Cimitarra, Santander. Las investigaciones determinaron que los cuerpos eran de enemigos muertos en combate pero posteriormente se descubrió que fueron muertes extrajudiciales que concordaban con los informes de personas desaparecidas de Soacha, Cundinamarca. En respuesta a estas muertes, el Ministerio de la Defensa llamó a despedir a 27 oficiales, entre ellos tres generales (dos de ellos comandantes de división) por negligencia en el mando.  El Ministerio también dio de baja a cerca de 50 oficiales por negligencia u omisión, en un intento por dar cumplimiento a las directivas sobre la responsabilidad de los comandantes.

• Entre junio y septiembre, la Fiscalía General identificó los restos de 11 jóvenes en Toluviejo, Sucre, reportados supuestamente como muertos en combates con el ejército.

De acuerdo con el CINEP, las muertes extrajudiciales atribuidas al gobierno fueron una combinación de informes falsos sobre guerrilleros muertos en combate y casos de “limpieza social” (vagos, homosexuales y otras personas “indeseables”).  Los siguientes son ejemplos de los casos de ejecuciones extrajudiciales atribuidas a las fuerzas de seguridad del estado que figuran en los informes del CINEP y de ACNUDH:

• El 20 de enero, tropas de la Décima Tercera Brigada Móvil ejecutaron supuestamente a Hugo Armando Torres y Heynar Alexander Guerrero en Nueva Unión en Teteye de Puerto Asís, Putumayo, y los presentaron como alias de "Turbino" y "Celeno", guerrilleros muertos en combate, lo cual negaron los miembros de la comunidad.

• El 8 de febrero, tropas del Quinto Comando de Operaciones de la Novena Brigada ejecutaron supuestamente a Saúl Dimas Pastrana, Eder Olmost Escobar, Yamith Castaño Dueñas, y Carlos Olmes Sánchez en Bajo Piravante de Campoalegre, Huila, a quienes presentó como guerrilleros muertos en combate pertenecientes a la columna móvil Teófilo Forero de las FARC, lo cual negaron los familiares de las víctimas. 

• El 28 de marzo, tropas del Tercer Comando de Operaciones del Batallón 93 Antiguerrilla de la Octava Brigada ejecutaron supuestamente en la vereda Aguabonita de Manzanares, Caldas, a Juan Esteban López Ramírez, Julián Alberto Jiménez, Oscar Alexander Ramírez Otalvaro, y César Augusto Cardona, cuatro jóvenes que acampaban en Manzanares, y los presentó como miembros de un grupo de delincuentes al servicio de los narcotraficantes.  Al parecer, otros cinco que estaban con ellos escaparon. 

Hubo avances en algunos casos en curso y pocos cambios en otros.  Entre los casos relacionados con muertes extrajudiciales en 2006 estuvieron los siguientes:

• El 21 de enero, las autoridades detuvieron preventivamente a cuatro soldados del Cuarto Batallón de Ingenieros  "General Pedro Nel Ospina," por un cargo de homicidio por la muerte de Diego Silver García Suaza en Santa Bárbara (Antioquia).

• El 12 de febrero, la Fiscalía General presentó cargos contra el capitán Héctor Martín Pita Vásquez por su participación en 2002 en la masacre de Villa del Rosario en el Carmen de Bolívar.

• El 18 de junio, la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General presentó cargos contra el sargento retirado Luis Eduardo Mahecha Hernández por su participación en el asesinato de José Orlando Giraldo Becerra en Golondrinas, Tolima.

• En julio, la Procuraduría General acusó a dos sargentos mayores y cinco soldados de responsabilidad en la muerte de Edilberto Vásquez Cardona. Las investigaciones disciplinarias continuaban al final del año.

Entre los procesos por asesinatos ocurridos antes de 2006 están los siguientes:

• Caso de ocho civiles muertos en 2005 en San José de Apartadó, Antioquia: el 17 de junio se capturó al teniente coronel Orlando Espinosa Beltrán y al mayor José Fernando Castaño López. El 20 de junio también se vinculó con la masacre al exparamilitar  Albeiro Manuel Gómez Martínez, quien fue detenido.  El capitán Guillermo Armando Gordillo Sánchez, detenido en noviembre de 2007 por homicidio en el caso, se declaró culpable de haber participado y cooperó con los fiscales para identificar a los demás involucrados.  El 23 de septiembre se capturó al exparamilitar Uber Darío Yáñez en conexión con la masacre.

• El juez segundo especializado de Buga sentenció a cuatro de nueve paramilitares a 40 años de cárcel por los asesinatos en 2005 de 12 menores en Buenaventura, Valle del Cauca.

• Al finalizar el año todavía continuaban los procesos contra cuatro exparamilitares, entre ellos Víctor Manuel Mejía Múnera, por su papel en la masacre cometida en 2004 contra 11 campesinos en Tame, Arauca.

• El 9 de mayo, la Fiscalía General ordenó medida de detención cautelar contra el capitán Juan Carlos Rodríguez Agudelo, el cabo Francisco Blanco Esteban, y Albeiro Pérez Duque bajo los cargos de homicidio agravado, desaparición forzada agravada y tortura agravada, por su participación en 2003 en los asesinatos cometidos por fuerzas paramilitares en las personas de Jhon Jairo Iglesias Salazar, Araceli Londoño Varona, Ananías Mojica, y Jesús Antonio Céspedes Salgado (alias José Céspedes) en Cajamarca, Tolima. El 15 de agosto, la Fiscalía General libró órdenes de captura  contra tres soldados más.  El 9 de septiembre, las autoridades acusaron a Rodrigo Molina y Julio Gómez Naranjo de participar en los asesinatos. Jair Núñez Reina, condenado previamente en el proceso, presentó apelación.  Al finalizar el año proseguían su curso los juicios de los acusados. 

• El 2 de septiembre, unidades de la Fiscalía General en Valledupar, Cesar, detuvieron al teniente coronel Jaime Arturo Remolina Fontalvo, comandante del Batallón Tres de Protección de Infraestructura y Energía de la Décima Brigada, por el asesinato de Luis Alfonso Hernández Moreno, desaparecido en 1998.

El 18 de abril, la Fiscalía General acusó a otros nueve sospechosos, entre ellos cinco miembros de las fuerzas armadas, por su participación en las muertes de 40 personas en Ciénaga, Magdalena, en el año 2000.  Al finalizar el año el proceso seguía su curso. 

Los paramilitares que rehusaron desmovilizarse y los nuevos grupos ilegales asesinaron a periodistas, políticos locales, activistas de derechos humanos, líderes indígenas, líderes sindicales y otras personas que amenazaban con interferir con sus actividades criminales, mostraban simpatía hacia la izquierda o eran sospechosas de colaborar con las FARC. También fueron los supuestos autores de masacres y delitos de “limpieza social” contra prostitutas, homosexuales, consumidores de drogas, vagos, y pandilleros en los barrios de las ciudades que estaban bajo su control.  De acuerdo con el CINEP, los nuevos grupos ilegales fueron los responsables de las muertes de 148 civiles desde enero hasta junio, un aumento del 13.5% con respecto a los 128 asesinatos reportados durante el mismo período de 2007.

El 23 de enero, la Fiscalía General confirmó la orden de captura de Sor Teresa Gómez como principal autora intelectual del asesinato en enero de 2007 de Yolanda Izquierdo, activista de derechos humanos, en Montería, Cordoba.

El 17 de enero el juez segundo penal del circuito de Antioquia encontró culpable a Hermen José Muñoz González (sentenciado a 28 años y 9 meses en prisión) e inició el proceso judicial contra Julio César Silva Borja, Edwin Harvey Arroyo Cuervo, y Pablo José Montalvo Cuítiva por su participación en el asesinato en 2005 del líder afro-colombiano Orlando Valencia. El 10 de septiembre se dictó medida preventiva de aseguramiento contra Fredy Rendón Herrera y Elkin Jorge Castañeda Naranjo por su participación en el asesinato.  El 3 de octubre, las autoridades también acusaron a Horacio Restrepo Urrego de haber participado en el asesinato. El 14 de octubre murió a manos de asaltantes desconocidos Uco Alberto Hoyos Rivas, testigo en el caso, quien estaba en el programa de protección del Ministerio de Interior.

El 29 de febrero, la Fiscalía General detuvo sin derecho a fianza al mayor Oscar Alberto Acuña Arroyo, al capitán Alvaro Camargo Camargo, y a los soldados Fabio Arturo Medina Torreglosa, Luis Alfredo Colume Salgado, Angel Manuel Jiménez Oviedo, y Federman Cura Jaramillo por la ejecución en 2006 de Daladier Herrera Osorio y Omar Alfredo Osorio Almanza, quienes habían sido reportados como guerrilleros muertos en combate.  Al terminar el año todavía no se había iniciado el juicio.  

Los niveles de fuerza colectiva de la guerrilla continuaron disminuyendo. Durante el año se desmovilizaron 3.461 miembros de los grupos guerrilleros, en comparación con el cálculo de 3.192 desmovilizados in 2007.

La guerrilla de las FARC y el ELN asesinó a periodistas, líderes religiosos, candidatos a cargos públicos, funcionarios públicos elegidos y políticos, supuestos colaboradores de los paramilitares y miembros de las fuerzas de seguridad del estado.  En muchas zonas del país, las FARC con sus 8 o 9 mil miembros y el ELN con sus 2 mil miembros se unieron para atacar a las fuerzas del gobierno o a los paramilitares desmovilizados; en otras zonas, en particular en los departamentos de Arauca, Valle, Cauca, y Nariño, se atacaron entre sí.  Varios juzgados acusaron en ausencia a miembros del secretariado de las FARC por cargos que iban desde secuestro y terrorismo hasta homicidio agravado, en casos como el del asesinato del exgobernador de Antioquia Guillermo Gaviria Correo y del exministro Gilberto Echeverry Mejía.

El Programa para los Derechos Humanos de la Presidencia reportó que durante los primeros nueve meses del año las FARC asesinaron al menos a 250 personas, mientras que 84 personas murieron en masacres cuyos autores permanecieron sin identificar.  El Programa informó además que entre enero y septiembre, las FARC asesinaron a 286 miembros de las fuerzas de seguridad del estado mientras que el ELN asesinó a 44.  Los siguientes son algunos incidentes representativos:

• El 13 de febrero en Puerto Asís, Putumayo, murieron tres soldados y dos resultaron heridos tras un ataque del frente 48 de las FARC con dinamita y tubos bomba.

• El 25 de abril en Santa Cruz, Nariño, dos soldados murieron y otros dos resultaron heridos a causa de explosivos sembrados por las FARC.

• El 4 de junio en Génova, Quindío, miembros del frente 50 de las FARC detonaron explosivos al paso de un vehículo en el que viajaban 25 agentes de policía y les causaron la muerte a tres de ellos.

• El 4 de agosto en Melgar, Tolima, miembros de las FARC detonaron un artefacto explosivo contra un helicóptero de la Escuela de Helicópteros de las fuerzas Públicas y mataron a tres soldados.

• El 1 de septiembre en Cali, Valle del Cauca, miembros de las FARC detonaron un carro bomba delante de un juzgado, con un saldo de cuatro civiles muertos y 26 heridos.

Las FARC también asesinaron a personas a quienes consideraban sospechosas de colaborar con las autoridades del gobierno o con los grupos paramilitares.  De acuerdo con el sistema de seguimiento del gobierno, las FARC asesinaron  a 297 paramilitares desmovilizados durante el año.

 Secuestros

Los nuevos grupos ilegales, los paramilitares que rehusaron desmovilizarse y los terroristas de las FARC y el ELN continuaron con sus actos de secuestro extorsivo.  Las FARC y el ELN secuestraron también a políticos, ciudadanos destacados y miembros de las fuerzas de seguridad del estado para utilizarlos como fichas para el intercambio de prisioneros.

Los nuevos grupos ilegales secuestraron a personas sospechosas de colaborar con la guerrilla, y se presume que la mayoría de ellas han sido asesinadas.

La Fundación Nacional para la Defensa de la Libertad Personal (Fondolibertad) reportó que los miembros de los nuevos grupos ilegales continuaron secuestrando, pero las cifras no se diferenciaron de las atribuidas a la delincuencia común, puesto que en las estadísticas oficiales se asimilan los nuevos grupos ilegales a la delincuencia común.  A esta última se atribuye la responsabilidad por 221 secuestros durante el año. 

Las FARC y ELN continuaron siendo responsables de numerosos casos de secuestro. Fondolibertad informó que, durante el año, la guerrilla secuestró a 156 personas (38% de los casos en los cuales se identificó a los autores), las FARC a 117 y el ELN a 39.

El secuestro extorsivo continuó siendo una fuente significativa de ingresos tanto para las FARC como para el ELN. Los rehenes políticos y de nacionalidad extranjera secuestrados en años anteriores continuaron en poder de las FARC.

El 2 de julio, las fuerzas armadas rescataron a 3 contratistas estadounidenses y a 12 colombianos retenidos por las FARC.  Continuaron en poder de este grupo guerrillero 25 rehenes políticos y cerca de 700 personas retenidas con fines económicos.  El ejército liberó a 222 rehenes durante el año. 

 Maltrato físico, castigo y tortura

De acuerdo con informes preliminares del Programa Presidencial de Acción Integrada contra las Minas Antipersona, la explosión de 410 minas antipersona mataron a 146 personas y 565 resultaron heridas durante el año, en comparación con 187 personas muertas y 687 heridas en 2007; 506 de las víctimas fueron integrantes de las fuerzas militares y 205 civiles. La Campaña Internacional para la Prohibición de las Minas Antipersona declaró que las FARC continuaron siendo la principal organización usuaria de minas antipersona y que también el ELN continuó utilizándolas.

 Niños soldados

Tanto la guerrilla como los grupos armados ilegales utilizaron menores en sus filas.  El Ministerio de la Defensa consideró que más de 4.600 miembros de las FARC y más de 1.300 miembros del ELN eran menores y que la mayoría de los combatientes de la guerrilla habían ingresado a ella siendo niños.  Human Rights Watch reportó que en 2003 había cerca de 11.000 niños soldados y que las FARC, el ELN y los nuevos grupos armados han continuado reclutando menores desde entonces.

 Otros abusos relacionados con el conflicto

La guerrilla no respetó a los heridos ni al personal médico.  Tanto las FARC como el ELN ejecutaron a prisioneros heridos, amenazaron y hostigaron a médicos y enfermeras y mataron a combatientes enemigos que recibían atención médica. 

El 16 de abril en Yarumal, Antioquia, miembros de las FARC atacaron una ambulancia militar y asesinaron a dos soldados heridos que viajaban en ella.

El 18 de julio en Tibú, Norte de Santander, miembros de las FARC interceptaron una ambulancia en la cual iba un civil herido, y asesinaron al conductor.  El civil murió a causa de sus heridas originales por falta de asistencia médica.

El 7 de diciembre en San Vicente del Caguán, Caquetá, miembros de las FARC atacaron una misión médica y asesinaron a ocho personas, entre ellas dos trabajadores civiles pertenecientes al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. 

Los nuevos grupos ilegales también impidieron o restringieron el suministro de alimentos y medicamentos en los pueblos y regiones considerados simpatizantes de la guerrilla, con lo cual impusieron presiones sobre las economías locales e incrementaron el desplazamiento forzoso.

La guerrilla provocó el desplazamiento forzoso de campesinos a fin de despejar rutas clave de tráfico de drogas y armamento y para alejar a los posibles colaboradores del gobierno o de los nuevos grupos ilegales de zonas estratégicas.  La guerrilla también impuso bloqueos de hecho en regiones donde su influencia era significativa.  Por ejemplo, la Organización Nacional Indígena de Colombia(ONIC) reportó muchos incidentes en los cuales grupos armados ilegales reclutaron indígenas a la fuerza o los obligaron a colaborar, restringieron su libertad de movimiento y bloquearon sus comunidades en Chocó, Norte de Santander, Nariño, y otros departamentos.

Los paramilitares que rehusaron desmovilizarse y los nuevos grupos ilegales continuaron con el desplazamiento de civiles residentes en corredores clave de tránsito de drogas y armas. 

Sección 2 Respeto por las libertades civiles, entre ellas:

 a. Libertad de expresión y prensa 

La ley contempla la libertad de expresión y de prensa y, en general, el gobierno respetó esos derechos en la práctica.

Los medios independientes se mantuvieron activos y expresaron diversas opiniones sin restricción alguna.  Varios periódicos y revistas independientes publicaron libremente y todos los medios impresos permanecieron en manos privadas.  Las estaciones de radio y televisión privadas transmitieron libremente.

Hubo casos ocasionales de hostigamiento, intimidación o violencia en contra de los periodistas por parte de las fuerzas de seguridad y de funcionarios corruptos.

Los miembros de los grupos armados ilegales intimidaron, amenazaron y secuestraron a periodistas.  Las ONG nacionales e internacionales informaron que los representantes de los medios locales tuvieron que hacer autocensura con regularidad a causa de amenazas de violencia.  Un periodista se exiló voluntariamente durante el año; al finalizar el año, 146 periodistas recibían protección bajo el Programa de Protección del Ministerio del Interior y de Justicia, y el gobierno investigaba las amenazas.

De acuerdo con la ONG denominada Fundación para la Libertad de Prensa, hubo 72 amenazas de muerte contra periodistas durante el año, en comparación con 85 en 2007 (véase la sección 1.g.)  Dos de los amenazados abandonaron el país por esa causa.  No hubo periodistas asesinados por razón de su profesión durante el año.

El Ministerio del Interior y de Justicia operó un programa financiado con 112.500 millones de pesos (aproximadamente 45.7 millones de dólares) para brindar protección a 10.716 personas, incluidos 154 representantes de los medios.  El Ministerio también apoyó una red de alerta organizada para los periodistas, mediante un número reducido de radios y una línea telefónica para emergencias.

 Libertad en Internet

El gobierno no impuso restricciones sobre el acceso a Internet y tampoco hubo informes de que monitoreara los mensajes de correo electrónico o las salas de conversación en ese medio.  Hubo libertad para expresar tranquilamente las opiniones a través de la Internet y del sistema de correos electrónicos.  La Unión Internacional de Telecomunicaciones informó que en 2007 el número de usuarios de Internet por cada 100 habitantes era de 26. 

 Libertad académica y de eventos culturales

El gobierno no impuso restricción alguna sobre la libertad académica o los eventos culturales.  Sin embargo, la guerrilla mantuvo presencia en muchas universidades con el fin de generar apoyo político para sus respectivas causas y minar el apoyo a sus enemigos a través de medios violentos y no violentos.  Los nuevos grupos ilegales, y la guerrilla de las FARC y el ELN amenazaron, desplazaron y asesinaron a educadores junto con sus familias por razones políticas y económicas.  Según la Oficina de la Vicepresidencia, 30 educadores murieron a manos de diversos atacantes durante el año.  Muchos educadores y estudiantes se vieron obligados a adoptar un perfil bajo y a evitar debates sobre temas polémicos a causa de las amenazas y el hostigamiento. 

 b. Libertad de reunión y asociación pacífica

La ley contempla la libertad de reunión y asociación y, en términos generales, el gobierno respetó estos derechos en la práctica.  Los grupos armados ilegales limitaron la libertad de asociación en la práctica mediante amenazas y actos de violencia dirigidos contra ONG, grupos indígenas y sindicatos de trabajadores (véase la sección 1.g.).

Aunque el gobierno no prohíbe la afiliación a la mayoría de las organizaciones políticas, se consideró ilegal la participación en organizaciones dedicadas a promover o realizar actos de violencia como las AUC, las FARC y el ELN.

 c. Libertad de culto

La ley contempla la libertad de culto y, en términos generales, el gobierno respetó este derecho en la práctica.

La Iglesia Católica Romana conservó una condición privilegiada de hecho.  Las religiones no Católicas deben acceder a un acuerdo público de ley con el estado establecido desde 1997 para ejercer el ministerio con sus adherentes en instituciones públicas y para celebrar matrimonios reconocidos por el estado.  Para decidir sobre el otorgamiento de acceso, el gobierno considera el número total de miembros de una religión, su grado de aceptación popular dentro de la sociedad y otros factores pertinentes.   


 Abusos y discriminación social

Los nuevos grupos ilegales y la guerrilla de las FARC y el ELN hostigaron, amenazaron y en ocasiones asesinaron a líderes y activistas religiosos, aunque muchas veces por su papel como líderes comunitarios y no por razones religiosas (véase la sección 1.g.).  Cuatro pastores no católicos desaparecieron durante la segunda mitad del año.  El Programa para los Derechos Humanos de la Presidencia informó que los grupos armados ilegales, en particular las FARC, amenazaron a muchos sacerdotes y trabajadores religiosos.

El número de miembros de la comunidad judía  se calculó en 4.000.  Hubo informes de creciente antisemitismo, además de manifestaciones como graffiti en los muros exteriores de las sinagogas y declaraciones en panfletos publicados por pequeñas organizaciones antisemitas.

Para un examen más detallado de este tema véase el Informe Internacional de 2008 sobre Libertad de culto (2008 International Religious Freedom Report) en www.state.gov/g/drl/irf/rpt.

d. Libertad de circulación, desplazamiento, protección de los refugiados y personas sin patria

La ley contempla la libertad de circular en el territorio nacional, de viajar al exterior, de emigrar y de repatriarse.  Aunque en términos generales el gobierno respetó estos derechos en la práctica, hubo excepciones.  La ocupación y las operaciones de los militares en ciertas zonas rurales restringieron la libertad de movimiento en las zonas de conflicto.

Los nuevos grupos ilegales, los paramilitares que rehusaron desmovilizarse y la guerrilla de las FARC y el ELN continuaron con su práctica de establecer retenes ilegales en las carreteras rurales, pero la mayor presencia de las fuerzas de seguridad del estado en las principales carreteras redujo el número de secuestros.

La ley prohíbe el exilio forzado y el gobierno no lo utilizó.  Sin embargo, muchas personas tuvieron que imponerse el exilio a causa de las amenazas de los nuevos grupos ilegales y de la guerrilla de las FARC y el ELN.  

Desplazados

En particular en zonas remotas, el conflicto armado interno fue la causa principal de desplazamiento de la población.  Las organizaciones internacionales y la sociedad civil identificaron varios factores que contribuyen a perpetuar el desplazamiento, entre ellos las confrontaciones entre las fuerzas de seguridad, los terroristas y los nuevos grupos ilegales, la mayor competencia por recursos entre los grupos armados ilegales, y las amenazas y los actos de violencia de los nuevos grupos ilegales.   La mayoría de los desplazados fueron campesinos que huyeron a las ciudades.  Los cálculos sobre las cifras de desplazados variaron.  Acción Social, la entidad gubernamental encargada del bienestar interno y de la coordinación internacional, registró 325.162 casos nuevos de personas desplazadas al finalizar el año.  Se esperaba un aumento de esta cifra una vez incorporados los informes regionales en la base de datos de la entidad.  (A finales de 2008, las cifras actualizadas del registro de 2007 arrojaron un recuento de 353.657 desplazados.) El departamento de Nariño tuvo el número más alto de desplazados(22.531), seguido de Magdalena (18.823), Antioquia (18.015) y Tolima (15.902). La Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES) calculó que el número de desplazados durante los primeros meses del año fue de 270.675, un aumento del 41% en comparación con los cálculos de dicha ONG para el mismo período de 2007.

El gobierno ha registrado un total de 2.8 millones de desplazados desde 1995, mientras que CODHES calcula que la cifra de desplazamiento desde 1985 asciende a 4.3 millones de personas.  El gobierno incluyó en sus cálculos a los nuevos desplazados cuya solicitud de reconocimiento había sido aceptada, mientras que CODHES cálculo los nuevos desplazamientos con base en la información de los medios, la sociedad civil y el trabajo de campo. CODHES también incluyó en sus cifras un número indeterminado de productores de coca y de amapola obligados a migrar en respuesta a los esfuerzos de erradicación de la droga de parte del gobierno, y también las personas obligadas a migrar debido a las malas condiciones económicas derivadas del conflicto armado.  Durante el año, el CICR brindó asistencia a 73.258 desplazados nuevos, 14.514 víctimas de desplazamientos masivos (grupos de 50 o más personas, o 10 o más familias) y 58.744 individuos desplazados.

Los nuevos grupos ilegales y la guerrilla de las FARC y el ELN continuaron con sus prácticas de desplazamiento forzado para conseguir el control sobre territorios de valor estratégico o económico, debilitar la base de apoyo de sus oponentes, y socavar el control y la autoridad del gobierno.   Los grupos armados ilegales también se valieron de las minas antipersona y bloqueo de carreteras para aislar a pueblos enteros con el propósito de proteger los cultivos ilícitos e impedir la persecución por parte de las fuerzas de seguridad del estado.  Las FARC y el ELN continuaron con el uso de la fuerza, la intimidación y la desinformación para impedir que los desplazados se registraran ante el gobierno; hubo infiltración de los agentes de la guerrilla en las comunidades receptoras de desplazados.

Durante el año, el gobierno registró a 8.736 desplazados nuevos que se identificaron como indígenas y a otros 28.995 que se identificaron como integrantes de comunidades afrocolombianas. La ONIC calculó que la cifra de indígenas desplazados era mucho más alta puesto que los pueblos indígenas carecen de acceso apropiado a los sitios de registro a causa de su localización en zona remotas, las barreras del idioma o el desconocimiento del sistema nacional de registro. CODHES calculó que el 21% de la población desplazada era afrocolombiana. Según ACNUR, el impacto del desplazamiento fue desproporcionado entre los grupos indígenas y afrocolombianos.

El gobierno, las organizaciones internacionales de ayuda humanitaria y las ONG observaron que la tasa de desplazamientos masivos permaneció aproximadamente igual durante el año.  Según Acción Social, los departamentos con el mayor número de personas afectadas por los desplazamientos masivos fueron Nariño con 4.831, Arauca con 2.541, Cauca con 2.438, y Chocó con 2.128. Sin embargo, las organizaciones de ayuda señalaron que cada vez fue más difícil y costoso montar respuestas de emergencia frente a los desplazamientos masivos puesto que el mayor nivel de seguridad en las ciudades y pueblos significó que dichos desplazamientos ocurrieron en lugares más apartados del país.  Además, el volumen cada vez mayor de denuncias de desplazamiento que llegaron al gobierno se tradujo en demoras de varias semanas o meses en llevar la asistencia a los individuos o grupos pequeños de desplazados.  La lucha intensa en las zonas de conflicto, incluidas zonas de los departamentos de Antioquia, Arauca, Cauca, Nariño, Putumayo, y Norte de Santander, obstaculizaron en muchos casos la llegada de la ayuda de las organizaciones nacionales e internacionales a las poblaciones desplazadas.

De acuerdo con el registro nacional de desplazados de Acción Social, Nariño y Cauca, hogar de muchos pobladores indígenas y afrocolombianos, fueron dos de los departamentos más seriamente afectados por el desplazamiento forzado durante el año.  Por ejemplo, en el mes de agosto, la Oficina del Comisionado de las Naciones Unidas para Asuntos Humanitarios (OCHA) reportó que las confrontaciones entre el nuevo grupo ilegal Organización Nueva Generación y las fuerzas armadas provocaron el desplazamiento de más de 1.000 personas en la zona de Policarpa en Nariño. OCHA reportó también en agosto que las incursiones de las FARC y el ELN y sus confrontaciones con las fuerzas armadas provocaron el desplazamiento de cerca de 1.300 personas de caseríos vecinos al pueblo de López de Micay, Cauca.

OCHA, el CICR, y ACNUR informaron acerca de varios otros casos de desplazamientos masivos en otros departamentos durante el año.  El 14 de agosto, OCHA reportó que cerca de 300 indígenas Embera de la zona rural del Alto Baudó en el departamento del Chocó abandonaron sus hogares para huir de los abusos y las amenazas de miembros de un nuevo grupo ilegal conocido como Los Rastrojos. OCHA reportó que las amenazas y las presiones de las FARC contra los esfuerzos de erradicación en la zona provocaron el desplazamiento de casi 4.000 personas en febrero, cerca de 800 en abril y más de 2.000 en julio en caseríos cercanos a los pueblos de Ituango, Tarazá y Valdivia. En el mes de enero, las amenazas de la guerrilla de las FARC y el ELN, y también de los nuevos grupos ilegales, desplazaron en Arauca a más de 2.000 personas, muchas de ellas de las comunidades indígenas de los Gauibos y los Siriri-Catleya hacia los municipios de Tame y Saravena, cerca de la frontera con Venezuela, de acuerdo con el CICR y ACNUR.

CODHES también reportó en noviembre que al menos siete líderes de comunidades de desplazados fueron asesinados en los primeros seis meses del año.  Por ejemplo, el 29 de junio, unos sicarios desconocidos asesinaron a Martha Cecilia Obando, líder activa de las comunidades localmente desplazadas y de afrocolombianos de Buenaventura, Valle del Cauca,  quien hacía poco había manifestado su preocupación por la aparente corrupción de las autoridades locales y había criticado abiertamente los ataques contra la comunidad por parte de grupos de delincuentes locales.  El 28 de noviembre fue asesinado Carlos Rodolfo Cabrera Huertas, líder de una asociación de desplazados y miembro de un comité municipal de desplazados del departamento de Arauca.   El 1 de diciembre cayeron asesinados en Cartagena Alfredo Jaraba y su esposa Luz Mary López, ambos miembros de una organización de desplazados, junto con dos de sus hijos.

El gobierno presupuestó cerca de 1.25 trillones de pesos (aproximadamente 508 millones de dólares) para ayuda a los desplazados durante el año.  La ayuda se canalizó a través de Acción Social, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), el Ministerio de la Protección Social y otros ministerios y organismos del estado.

A pesar de varias iniciativas del gobierno para mejorar el acceso de los desplazados a los servicios y al conocimiento sobre sus derechos, y pese también a importantes avances para satisfacer las necesidades sociales y económicas de los desplazados, muchos de ellos continuaban viviendo en condiciones antihigiénicas y con acceso limitado a la salud, la educación y el empleo.  Varias organizaciones internacionales y grupos nacionales sin ánimo de lucro como la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el CICR y la Cruz Roja Colombiana aunaron esfuerzos con el gobierno a fin de brindar ayuda de emergencia y asistencia a largo plazo a las poblaciones desplazadas.

Protección a los refugiados 

La ley contempla la concesión de asilo o de condición de refugiado de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas de 1951 relativa a la Condición de los Refugiados y su protocolo de 1967, y el gobierno ha establecido un sistema para brindar ayuda a los refugiados.  En la práctica, el gobierno brindó protección contra la expulsión o la repatriación de los refugiados a los países donde sus vidas o sus libertades pudieran estar amenazadas.  El gobierno cooperó con ACNUR y otras organizaciones humanitarias en proveer asistencia a los refugiados o a quienes solicitaron asilo.  El gobierno se reservó el derecho de determinar la elegibilidad para el asilo con base en su evaluación de la naturaleza de la solicitud presentada.  Según el gobierno, en el mes de septiembre residían en el país 145 refugiados debidamente reconocidos, y durante el año se aprobaron dos casos y se rechazaron 11.

Sección 3 Respeto de los derechos políticos: el derecho de los ciudadanos a cambiar de gobierno

La ley otorga a los ciudadanos el derecho a cambiar el gobierno por medios pacíficos, y los ciudadanos ejercieron este derecho en la práctica a través de elecciones periódicas, libres y justas en general, sobre la base de un sufragio prácticamente universal.  Los miembros en servicio activo de las fuerzas armadas y de la policía no pueden votar ni participar en el proceso político.  Los empleados públicos civiles, aunque son elegibles para votar, pueden participar en política de partido solamente durante los cuatro meses inmediatamente anteriores a una elección nacional.

 Elecciones y participación política

El candidato independiente Alvaro Uribe obtuvo en 2006 un segundo triunfo electoral para ocupar la presidencia, en unas elecciones consideradas libres y justas en términos generales, a pesar de una campaña concertada de las FARC y las AUC para alterar o manipular el resultado.  La misión de observadores de la OEA afirmó que las elecciones tuvieron lugar “en un ambiente de libertad, transparencia y normalidad”.

En octubre de 2007 se realizaron elecciones locales para elegir gobernadores, alcaldes, diputados y concejales.  De acuerdo con el jefe de la misión de la OEA, las elecciones procedieron normalmente.  Aunque durante el período preelectoral fueron asesinados 25 candidatos, esta cifra fue significativamente menor que en años anteriores.

Los partidos políticos pudieron funcionar sin restricciones ni interferencia interna.  Los partidos Liberal y Conservador dominaron la política en el pasado.  Con la reelección del Presidente Alvaro Uribe como candidato independiente en 2006 y la segunda mayor votación para el candidato Carlos Gaviria del Polo Democrático se observó una ampliación del panorama político.  En el Congreso estuvieron representados más de 20 partidos de todo el espectro político. En 2007 llegó a la alcaldía de Bogotá por elección popular el candidato del Polo Democrático Samuel Moreno.

Los nuevos grupos ilegales, los paramilitares que rehusaron desmovilizarse y las FARC amenazaron y asesinaron a funcionarios oficiales (véase la sección 1.g.). Según el Programa para los Derechos Humanos de la Presidencia, durante el año fueron asesinados tres concejales, en comparación con 16 en 2007.

Algunos funcionarios oficiales de distintos lugares del país tuvieron que renunciar a causa de amenazas de las FARC. Un programa del Ministerio del Interior y de Justicia brindó protección a 295 alcaldes, 60 exalcaldes y 2.370 concejales durante los primeros nueve meses del año.
 
Por ley, las mujeres deben ocupar al menos el 30% de los puestos de nombramiento en el gobierno y el gobierno debe informar todos los años al Congreso acerca del porcentaje de puestos de alto nivel ocupados por mujeres.  Hubo 19 mujeres entre los 102 miembros del Senado y 17 entre los 166 miembros de la Cámara de Representantes.  Hubo tres mujeres en el gabinete de 13 ministros y 4 entre los 23 integrantes de la Corte suprema de Justicia.  Adicionalmente, hubo 11 mujeres en los altos tribunales: una en la Corte Constitucional, ocho en el Consejo de Estado y dos en el Consejo Superior de la Judicatura. 

Dos senadores y un representante de origen indígena ocuparon curules reservadas a miembros de las comunidades indígenas.  No hubo indígenas en el gabinete ministerial ni en ninguno de los altos tribunales del país.

Hubo tres senadores afrocolombianos, uno de ellos una mujer, y siete representantes afrocolombianos en la Cámara, dos de ellos en curules reservados a miembros de las comunidades afrocolombianas.  Hubo una ministra afrocolombiana y no hubo afrocolombianos en ninguno de los altos tribunales.

 Corrupción oficial y transparencia

La ley contempla penas por corrupción oficial, y el gobierno denunció activamente los casos de corrupción de sus funcionarios.  Sin embargo, las actividades de algunos funcionarios corruptos quedaron en la impunidad.  Los indicadores mundiales de gobernabilidad del Banco Mundial reflejaron el problema de la corrupción en el gobierno.  Los ingresos por el tráfico de estupefacientes agravaron la corrupción. 

En diciembre, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia sentenció a Miguel Angel Bermúdez, exgobernador de Boyacá, a 11 años de cárcel por irregularidades en contratos para la construcción de escuelas y bibliotecas en todo el departamento.

El proceso de la Ley de Justicia y Paz contribuyó a sacar a la luz los casos de corrupción y vínculos de los paramilitares con el gobierno y las fuerzas de seguridad del estado, y el Presidente Uribe instó a la Corte Suprema a castigar a los funcionarios públicos encontrados culpables. El Presidente mantuvo la financiación de la unidad de investigaciones de la Corte Suprema encargada de investigar a los miembros del Congreso y a altos funcionarios del gobierno. 

El 8 de septiembre, el General de la Policía Nacional Antonio Gómez Méndez fue destituido por supuestos vínculos con el narcotráfico y con antiguos líderes paramilitares.

Las investigaciones de la Corte Suprema y de la Fiscalía respecto de los vínculos entre los políticos y los grupos paramilitares implicaron a 70 congresistas, 15 gobernadores y 31 alcaldes.  A finales de diciembre se encontraban presos 33 congresistas, 22 alcaldes y 8 gobernadores.

Alfonso Antonio Campo Escobar, representante a la Cámara por el Magdalena, quien renunciara en junio de 2007, fue condenado y sentenciado a 10 años de cárcel y a pagar una multa de 1.720.000 pesos (700 dólares) por colaborar con grupos paramilitares.  Campo aceptó una sentencia de cinco años a cambio de declararse culpable de delitos electorales y delincuencia agravada.

La ley exige a los funcionarios públicos presentar anualmente sus estados financieros.

La ley contempla el acceso del público a la información del gobierno y éste en general permitió dicho acceso en la práctica. Si bien las tarifas para acceder a la información de gobierno no fueron prohibitivas, hubo informes en el sentido de que algunos funcionarios de bajo nivel exigieron sobornos para agilizar el acceso a la información.

Sección 4 Actitud del gobierno frente a la investigación internacional y de los entes no gubernamentales con respecto a las supuestas violaciones de los derechos humanos

Una gran variedad de grupos nacionales e internacionales de derechos humanos pudieron operar sin restricción para adelantar sus investigaciones y publicar sus hallazgos sobre los casos de derechos humanos. Aunque, los funcionarios del gobierno cooperaron con las ONG y acogieron sus opiniones en términos generales, éstas afirmaron que las críticas de los funcionarios de alto nivel, entre ellos el Presidente Uribe, generaron para ellas el riesgo de sufrir las represalias de los nuevos grupos ilegales. Muchas ONG nacionales también afirmaron que el gobierno detuvo y privó arbitrariamente de la libertad a activistas de derechos humanos, particularmente en las zonas de alto conflicto.

Aunque la administración de Uribe mantuvo un diálogo abierto con las ONG y se reunió con ellas regularmente durante el año, éstas se quejaron de la dificultad para concertar reuniones con los funcionarios del gobierno o para recibir respuestas oportunas a su correspondencia.  Las ONG también se quejaron de unas declaraciones calificadas de intolerantes y hostiles de parte del gobierno con respecto al trabajo de los defensores de los derechos humanos.
 
Se registraron miles de ONG de derechos humanos y de la sociedad civil en el país, aunque la mayoría existían solamente en papel.  Las ONG locales de derechos humanos ejercieron una influencia de largo alcance.  Al compartir información y difundirla a las organizaciones internacionales de derechos humanos y a los medios de comunicación elevaron el perfil del país en materia de derechos humanos y contribuyeron a generar un alto grado de atención a nivel de la comunidad internacional.

Hubo diferencias entre los análisis y las evaluaciones del gobierno y de los grupos destacados de derechos humanos con respecto a la situación, lo cual engendró suspicacias mutuas.  El gobierno afirmó que algunos activistas de los derechos humanos participaron en actividades de apoyo al terrorismo (véase la sección 1.e.).

De acuerdo con la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), durante el año cayeron asesinados 11 activistas de los derechos humanos.  Esta ONG atribuyó dos de las muertes a los paramilitares pero no pudo precisar si los victimarios eran parte del proceso de Justicia o Paz o si habían rehusado desmovilizarse.  Tres de las muertes se atribuyeron a fuerzas de seguridad del estado, y las otras seis a grupos armados no identificados.  De acuerdo con un informe presentado por una ONG no confirmada a ACNUDH, después de una marcha pacífica contra la violencia de los paramilitares el 6 de marzo fueron asesinados defensores de los derechos humanos y líderes sindicalistas. Al finalizar el año, la Fiscalía General no contaba con información para sustentar las afirmaciones de la ONG pero continuaba investigando los casos relacionados con esa protesta pacífica.

Después de esas demostraciones, varias ONG informaron haber recibido amenazas por correo electrónico de parte de los nuevos grupos ilegales. La ACNUDH expresó preocupación por esas amenazas, el gobierno las condenó y la Fiscalía continuó con sus investigaciones.

Más de 966 activistas de los derechos humanos recibieron durante el año protección bajo un programa del Ministerio del Interior y Justicia(véase la sección 2.a.). El gobierno reforzó la seguridad en 129 oficinas de ONG durante el año. 
 
El gobierno cooperó con las organizaciones internacionales.  ACNUR, la OIM, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la ACNUDH, y el CICR mantuvieron su presencia activa en el país y realizaron su trabajo sin interferencia del gobierno.

El gobierno mantuvo sus contactos con la ACNUDH, las ONG locales y los miembros del cuerpo diplomático para informar sobre las medidas tomadas para cumplir con las recomendaciones de ACNUDH relativas a mejorar las prácticas de derechos humanos.  Si bien se reconocieron los avances logrados frente a varias recomendaciones, la ACNUDH y las ONG locales informaron al finalizar el año que el gobierno no había puesto en marcha la mayoría de ellas.  En septiembre de 2007, el gobierno prorrogó el mandato de la ACNUDH por tres años.

La Defensoría Nacional de los Derechos Humanos es un ente independiente adscrito a la Fiscalía General y tiene la función de garantizar la promoción y el ejercicio de los derechos humanos.  Durante el año, el Congreso reeligió a Volmer Pérez como Defensor de los Derechos Humanos. En términos generales, el gobierno cooperó con el Defensor, cuya oficina en Bogotá fue la sede de un sistema nacional de alerta temprana diseñado para alertar a las fuerzas de seguridad acerca de violaciones inminentes de los derechos humanos, en particular masacres de gran escala. La Defensoría careció de fondos y de personal suficientes, lo cual limitó su capacidad para monitorear eficazmente las violaciones contra los derechos humanos.  Las defensorías regionales estuvieron bajo amenaza constante de los grupos armados ilegales.

El Programa para los Derechos Humanos de la Presidencia, el cual operó bajo la autoridad del Vicepresidente, coordina la política y las acciones emprendidas por las entidades oficiales con el fin de promover o proteger los derechos humanos.  Es el principal interlocutor oficial con las ONG nacionales e internacionales y con los gobiernos extranjeros en materia de derechos humanos. El programa publica la revista El observador de los Derechos Humanos, la cual ofrece análisis de los principales problemas de derechos humanos y sobre la situación en las distintas regiones del país en lo que al tema se refiere.

Hay comisiones de derechos humanos tanto en el Senado como en la Cámara de Representantes.  Las comisiones sirven de foro de deliberaciones sobre los derechos humanos, pero no tienen autoridad para presentar proyectos de ley.  

Continuó la ejecución de la Ley de Justicia y Paz de 2005.  La Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía es la encargada de investigar y procesar a las personas desmovilizadas según lo exige la ley, y se creó una comisión interinstitucional de justicia y paz para coordinar la ejecución de la ley.  Se han presentado cerca de 3.667 personas consideradas elegibles para el proceso de Justicia y Paz, la mayoría de ellas como parte del proceso formal de desmovilización, además de otras que se han “desmovilizado” posteriormente; 3.577 de estas personas pertenecían a organizaciones paramilitares y entre ellas se cuentan 25 de los comandantes, y 90 a las organizaciones guerrilleras.  Se ha escuchado en versión libre a más de 1.600 personas, a través de las cuales se han identificado cerca de 20.000 delitos, más de 18.000 de ellos homicidios.  Hubo 27.104 víctimas involucradas en los 20.000 delitos identificados.  Los acusados aceptaron y confesaron 6.000 de esos delitos relacionados con 8.468 víctimas. Más de 3.800 de los delitos confesados fueron homicidios.  Un total de 179.000 víctimas se habían registrado ante la Fiscalía General y se habían exhumado 1.441 tumbas relacionadas con 1.788 personas; se identificaron los restos de 547 víctimas, de los cuales 283 se devolvieron  a las familias.  Los testimonios derivados de las confesiones voluntarias también dieron lugar a investigaciones sobre los vínculos de los paramilitares con políticos, miembros de las fuerzas militares, grandes productores agrícolas y funcionarios oficiales.  

Durante el año, el gobierno inició el Programa de Reparaciones Administrativas a fin de reparar a las víctimas de los grupos armados ilegales.  El Programa de Protección a las Víctimas del Ministerio del Interior y de Justicia concedió protección a 140 personas participantes en el proceso de Justicia y Paz, y durante el año el gobierno invirtió en el programa 1.710 millones de pesos (cerca de 695,000 dólares). La Comisión Nacional de Reconciliación y Reparación mantuvo oficinas en nueve ciudades, entre ellas Sincelejo, Barranquilla, Bucaramanga y Medellín. Las oficinas operaron centros integrales de información para las víctimas y las ayudaron con el proceso de matricularse en el programa para recibir ayuda legal y psicológica. 

Pese a los avances en la implantación del proceso de Justicia y Paz, la OEA informó de fallas continuas en el apoyo a las víctimas y su participación en el proceso.  La OEA también reportó que las víctimas recibieron información equivocada o escasa acerca del proceso, que fueron muy vulnerables a las amenazas, la intimidación y el asesinato, y que faltó coordinación en los esfuerzos del gobierno.

Sección 5 Discriminación, abusos sociales y trata de personas 

Aunque la ley prohíbe específicamente la discriminación por raza, género, minusvalidez, idioma o condición social, muchas de esas prohibiciones no se cumplieron en la práctica.

 La mujer

La violación carnal, incluida la violación conyugal, aunque prohibida por ley, siguió siendo un problema grave.  El 28 de julio, el Presidente sancionó una nueva ley que aumentó las penas legales por delitos sexuales.  La ley contempla sentencias que van desde los 8 a los 15 años de cárcel por acceso carnal violento. Para los actos de violencia sexual conyugal, la ley contempla entre seis meses y dos años y no concede libertad condicional ni fianza a los ofensores que incumplan las cauciones.  El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, el cual reportó 8.836 casos de supuestos delitos sexuales, incluida la violación, durante los primeros ocho meses del año, indicó que muchos casos no se dieron a conocer.  Hubo casos en los cuales integrantes de los nuevos grupos ilegales y de la guerrilla violaron, abusaron sexualmente y en ocasiones mutilaron los órganos sexuales de mujeres y niños por fraternizar con el enemigo, ejercer la prostitución, tener relaciones sexuales por fuera del matrimonio o violar los códigos impuestos de conducta o de vestido. El ICBF brindó apoyo psicosocial, médico y legal a las víctimas de violencia sexual.

Aunque la ley prohíbe la violencia intrafamiliar, incluido el abuso conyugal, ésta continuó siendo un problema grave.  Las autoridades judiciales pueden retirar a la persona abusadora del hogar y exigirle terapia o reeducación.  La ley contempla cárcel en los casos en que la persona abusadora provoque lesiones graves o en casos de reincidencia; sin embargo, no se aplicaron disposiciones de penas pecuniarias.  El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses reportó cerca de 5.803 casos de violencia intrafamiliar contra la mujer durante los primeros ocho meses del año, pero señaló que solamente llegó a su conocimiento un porcentaje reducido de los casos para efectos de su investigación y seguimiento.  La ley estipula que el gobierno debe proporcionar a las víctimas de violencia intrafamiliar protección inmediata contra el abuso físico o psicológico.  El ICBF ofreció hogares seguros y asesoría a las víctimas, pero sus servicios fueron insuficientes ante la magnitud del problema.  Además de cumplir con sus funciones tradicionales de asesoría familiar, la Defensoría de Familia del ICBF se encargó de los casos de violencia intrafamiliar.  La Defensoría de los Derechos Humanos ofreció talleres regionales de capacitación para promover la aplicación de las normas estatutarias relativas a la violencia intrafamiliar.

La prostitución de los adultos es legal en determinadas zonas designadas como de “tolerancia”, pero siguió siendo difícil hacer cumplir la norma relativa a dicha circunscripción. La prostitución fue generalizada y se vio agravada por la pobreza y el desplazamiento interno.  Hubo turismo sexual en una medida limitada, en particular en las ciudades de la costa como Cartagena y Barranquilla, donde los servicios de matrimonio y de acompañantes sirvieron muchas veces de fachada al turismo sexual.  La ley prohíbe organizar o facilitar el turismo sexual y estipula penas de entre tres y ocho años de cárcel.  El tráfico de mujeres para explotación sexual continuó siendo un problema.

La ley contempla medidas para desalentar y castigar los abusos en el lugar de trabajo, como pueden ser el acoso sexual, las burlas o abusos verbales, la agresión o la discriminación.  Sin embargo, el acoso sexual continuó siendo un problema generalizado.  Desde la promulgación de la ley, el Ministerio de la Protección Social ha recibido 375 denuncias, las cuales ha investigado.

Aunque las mujeres gozan de los mismos derechos jurídicos que los hombres, persistió la discriminación en su contra.  Las mujeres fueron víctimas de discriminación en la contratación, sufrieron el efecto del desempleo de manera desproporcionada y recibieron salarios generalmente incompatibles con su formación y experiencia.  Las mujeres trabajadoras de las zonas rurales fueron las más afectadas por la discriminación salarial y el desempleo.

La Consejería Presidencial para la Igualdad de las Mujeres tiene la responsabilidad primordial de combatir la discriminación contra la mujer.  La Consejería instituyó un programa para ayudar a las mujeres microempresarias y cabeza de familia a conseguir créditos para sus empresas.  Durante el año, el gobierno entregó microcréditos a 6.217 mujeres por una cuantía de 6.200 billones de pesos (cerca de 2.5 millones de dólares).  Durante los primeros 10 meses del año, el gobierno organizó 17 seminarios sobre el establecimiento de microempresas, a los cuales asistieron 11.258 mujeres.  Organizaciones no gubernamentales como la Organización Popular de Mujeres en Barrancabermeja, Santander, y el Camino de las Mujeres hacia la Paz en Medellín, Antioquia, promovieron la participación y la igualdad de las mujeres, en particular a través de iniciativas de paz.

 La infancia

El gobierno mostró, en general, un compromiso con los derechos y el bienestar de la infancia.  El ICBF supervisó todos los programas oficiales de protección y bienestar para la infancia y financió programas no gubernamentales en beneficio de la población infantil.

El abuso infantil fue un problema serio.  El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses reportó aproximadamente 7.628 casos de abuso infantil en los primeros nueve meses del año.  El Instituto también calculó que un 40% de los 9.959 delitos sexuales reportados involucraron abuso sexual de menores, la mayoría de ellos de menos de 14 años.

Según la Procuraduría General, se reportaron  3.588 casos de menores trabajadores sexuales, aunque muchos otros casos no se reportaron.  Hubo tráfico de menores para explotación sexual.

Los grupos guerrilleros emplearon la fuerza para reclutar y utilizar a menores como soldados.   El Ministerio de la Defensa reportó un aumento del número de menores desertores de los grupos armados ilegales.  Por lo menos 318 niños (244 de ellos miembros de las FARC) se entregaron a las fuerzas de seguridad del estado durante el año y pasaron a manos del ICBF, el cual operó un programa de reintegración para los menores excombatientes.

De acuerdo con los registros del gobierno, el 75% de los desplazados fueron mujeres y niños.  Los niños desplazados estuvieron expuestos en particular al abuso físico, la explotación sexual y el reclutamiento por parte de delincuentes.

 Trata de personas

Aunque la ley prohíbe la trata de personas, hubo informes de que hubo tráfico de personas originado en el país, al interior del territorio o a través de él.

El país fue fuente principal para el tráfico de personas, principalmente para efectos sexuales y laborales.  Durante el año, la línea nacional de atención para la prevención del tráfico de personas recibió 10.115 llamadas, 6.7% de ellas relacionadas directamente con la trata.  La mayoría de las llamadas fueron de naturaleza preventiva para solicitar información sobre posibles estratagemas de tráfico.  La gran mayoría de las víctimas fueron mujeres jóvenes, aunque también estuvieron en peligro niños y hombres jóvenes.  Entre los destinos y las rutas estuvieron Chile, Bolivia, Ecuador, Perú, Venezuela, Costa Rica, Panamá, El Salvador, México, Aruba, Jamaica, Trinidad y Tobago, Curazao, Países Bajos, Italia, Alemania, España, Japón, Singapur, Portugal, Hong Kong, y Estados Unidos.  El tráfico interno de mujeres y niños desde el campo a las zonas urbanas continuó siendo un problema grave. Las víctimas también pasaron en tránsito por el país desde otros lugares de América del Sur en ruta a Europa y Estados Unidos.

Muchos traficantes revelaron la naturaleza sexual del trabajo que ofrecían, pero ocultaron la información relativa a las condiciones de trabajo, la clientela, la libertad de movimiento y la remuneración.  Otros disfrazaron sus intenciones presentándose como representantes de agencias de modelaje u ofreciendo servicios matrimoniales, programas de estudio o viajes de premio de loterías o bingos. Se informó que los reclutadores permanecían afuera de los colegios, los centros comerciales y los parques para convencer a los adolescentes de aceptar puestos inexistentes en el exterior.  La OIM y las ONG nacionales calcularon que las redes internacionales del crimen organizado fueron las responsables de la mayoría de los casos de tráfico transnacional.  Las redes nacionales de delincuencia organizada, algunas de ellas relacionadas con los grupos armados ilegales, también fueron responsables de tráfico para explotación sexual o mendicidad  organizada, y el conflicto armado hizo que un gran número de desplazados quedaran expuestos a la trata de personas. 

La ley contempla penas de cárcel entre 13 y 23 años y multas de hasta 1.000 veces el salario mínimo para los delitos de trata de personas.  Estas penas pueden aumentar en una tercera parte en caso de circunstancias agravantes, como el tráfico de niños menores de 14 años.  También se pueden imputar cargos a los traficantes por detención ilegal, violación del derecho a trabajar en condiciones dignas y violación de la libertad personal.  Si bien la falta de recursos limitó la capacidad de adelantar procesos judiciales, la Fiscalía General abrió nuevas investigaciones y logró avances con los juicios en curso. 

Con el apoyo de la OIM, el Comité Nacional contra la Trata de Personas (integrado por 14 entidades) preparó campañas de información, promovió el intercambio de datos entre las entidades del gobierno y comenzó a utilizar una base de datos para monitorear los casos de tráfico.  La Unidad Antitráfico de la Fiscalía General, en coordinación con el Ministerio del Interior y de Justicia, lleva el liderazgo en el combate contra el tráfico de personas.   El gobierno prestó su cooperación en las investigaciones adelantadas por sus contrapartes en el exterior.

Las misiones diplomáticas del país aunaron esfuerzos con la OIM a fin de repatriar a las víctimas.  La OIM fortaleció a las instituciones del gobierno encargadas de los esfuerzos contra el tráfico, y ayudó a las víctimas de este delito.  Durante el año, la OIM y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito capacitaron a funcionarios en asuntos específicos del tráfico y ofreció capacitación de concientización a los grupos de las ONG.  La OIM también proporcionó a las víctimas capacitación laboral y oportunidades de empleo, refugio temporal, atención médica y psicológica y oportunidades de reintegración social.  La Fundación Esperanza, una ONG contra la trata de personas, proporcionó información educativa, apoyo social y asesoría a las víctimas del tráfico. La Fundación Renacer (otra ONG contra el tráfico) brindó vivienda, terapia psicosocial, atención médica y asistencia legal a los menores víctimas de explotación sexual.

La OIM y el gobierno publicitaron una línea nacional de atención para prevenir el tráfico y denunciar a los infractores.  La OIM aunó esfuerzos con el gobierno para continuar con su campaña de concientización pública sobre el tráfico de personas consistente en afiches en los aeropuertos, paradas de bus, consulados y agencias de viaje, además de anuncios de servicio público en la radio y la televisión. 

El Informe Anual sobre la Trata de de Personas del Departamento de Estado (Trafficking in Persons Report) se puede consultar en www.state.gov/g/tip.

 Personas con limitaciones

La ley prohíbe la discriminación contra las personas afectadas de limitaciones físicas y mentales en lo referente a su acceso al empleo, la educación, los servicios de salud u otros servicios del estado.  El gobierno tomó medidas para hacer cumplir esas prohibiciones.   No hay leyes que ordenen las facilidades de acceso a los edificios públicos para las personas con limitaciones.  Esto limita el poder del gobierno para imponer sanciones a las escuelas u oficinas que no tengan accesos, pero tanto el gobierno nacional como las administraciones locales trataron de corregir la situación mediante programas encaminados a mejorar el acceso.   La ley dispone que las personas con limitaciones físicas deben tener acceso a los puestos de votación.  El Programa para los Derechos Humanos de la Presidencia tiene a su cargo proteger los derechos de las personas con limitaciones.

La Asociación Colombiana de Medicina Física y Rehabilitación reportó que solamente un 15% de las personas con limitaciones recibió atención médica adecuada para prevenir las complicaciones asociadas con sus limitaciones.  De acuerdo con los informes de la prensa, solamente 7.000 de las 100.000 personas con limitaciones que habitan en Bogotá tuvieron acceso a la educación pública.
 
 Minorías nacionales/raciales/étnicas

De acuerdo con el censo nacional, cerca de 4.3 millones de habitantes, o un 10% de la población, eran de origen africano.  Sin embargo, algunos grupos defensores de los derechos humanos y organizaciones de afrocolombianos calcularon que la cifra se acerca a los 10 millones.  Si bien los afrocolombianos son sujetos de todos los derechos y las protecciones constitucionales, en la práctica enfrentaron un grado significativo de discriminación económica y social.  Se calculan que un 76% de los afrocolombianos vivían en la pobreza; la tasa de mortalidad infantil fue cuatro veces más elevada que la de la población en general y el número de personas sin ninguna educación fue tres veces más elevado que el promedio nacional.  El Chocó, el departamento con el mayor porcentaje de habitantes afrocolombianos tuvo el nivel per cápita más bajo de inversión social y ocupó el último lugar en términos de educación, salud e infraestructura.  También continuó experimentando una de las peores situaciones de violencia política del país a causa de las luchas entre los nuevos grupos ilegales y la guerrilla de las FARC y el ELN por apoderarse del corredor de contrabando de drogas y armas de ese departamento (véase la section 1.g.).

El 21 de mayo, el gobierno creó la Comisión para el Avance de los Afrocolombianos, cuyo objetivo es evaluar las condiciones socioeconómicas de esta población y presentar recomendaciones al gobierno.  La vicepresidencia de la república lideró nueve talleres regionales a fin de recabar información y oír a la sociedad civil.  La comisión también apoyó dos estudios académicos sobre la problemática de los afrocolombianos, el primero de los cuales, realizado por la Universidad de los Andes, se publicó el 6 de noviembre.

Los indígenas

La constitución y la ley otorgan reconocimiento especial a los derechos fundamentales de los indígenas, quienes constituyeron cerca del 3.4% de la población, y exigen que el gobierno adelante consultas con los grupos indígenas antes de tomar decisiones que puedan afectarlos.

La ley concede a los grupos indígenas derechos a perpetuidad sobre sus tierras ancestrales.  Las autoridades indígenas tradicionales tuvieron a su cargo cerca de 710 resguardos indígenas, los cuales representan cerca del 30% del territorio del país, y los manejaron como entidades municipales, con funcionarios elegidos conforme a las tradiciones indígenas.  Sin embargo, muchas comunidades no tenían títulos legales sobre las tierras que reclamaban y los grupos armados ilegales muchas veces disputaron la propiedad de manera violenta.

La ley contempla jurisdicciones penales y civiles especiales dentro de los territorios indígenas basadas en las leyes tradicionales de las comunidades.  Los procesos adelantados en esas jurisdicciones estuvieron expuestos a manipulaciones y  muchas veces impusieron penas más suaves que las impuestas por tribunales civiles ordinarios.  La ley permite a las comunidades indígenas educar a los niños en sus dialectos tradicionales y de conformidad con sus costumbres culturales y religiosas.  Los pueblos indígenas no están sujetos al servicio militar.

Los líderes indígenas se quejaron de la presencia ocasional de las fuerzas de seguridad del estado en sus resguardos y solicitaron al gobierno consultar con las autoridades indígenas antes de lanzar acciones militares contra los grupos armados ilegales y la guerrilla que operan en dichas zonas o en sus alrededores.  El gobierno declaró que, por razones de seguridad, no podía notificar de antemano acerca de la mayoría de las operaciones militares, y que consultó a los líderes indígenas en la medida de lo posible antes de penetrar a los territorios habitados por sus comunidades. No obstante que la ley permite la presencia de las fuerzas de seguridad del estado en tierras de las comunidades indígenas, el Ministerio de la Defensa dio instrucciones a las fuerzas de seguridad de respetar la integridad de las comunidades indígenas, en particular durante las operaciones del ejército y la policía.  La Política Integrada de Derechos Humanos del Ministerio de la Defensa  enfatiza la importancia de proteger a las comunidades indígenas.  

El Ministerio del Interior y de Justicia, a través de su Oficina de Asuntos Indígenas, tiene la responsabilidad de proteger los derechos territoriales, culturales y tradicionales de los pueblos indígenas.  Los representantes del Ministerio, junto con representantes de la Procuraduría General y de la Defensoría de los Derechos Humanos, coordinaron su trabajo con otras organizaciones oficiales y ONG de derechos humanos para promover los intereses de los indígenas e investigar las violaciones en contra de sus derechos.   El Ministerio también tiene a su cargo la compra de tierras para anexar a los resguardos indígenas.

A pesar de las protecciones legales especiales y de los programas de ayuda del gobierno, los pueblos indígenas continuaron siendo víctimas de la discriminación y se encontraron muchas veces viviendo al margen de la sociedad.  Los indígenas fueron los más pobres entre la población y registraron las tasas más elevadas de mortalidad por edad y de enfermedades intestinales, tuberculosis, hepatitis y malaria.

Las partes del conflicto armado interno continuaron sus ataques contra las comunidades indígenas. En marzo, la oficina de ACNUDH reportó que los grupos étnicos, en particular las poblaciones indígenas y afrocolombianas, eran cada vez más vulnerables como consecuencia del conflicto armado interno.

La Organización Nacional de Indígenas de Colombia afirmó que las fuerzas de seguridad del estado fueron las responsables de 20 muertes extrajudiciales de indígenas durante el año.  Aunque no hubo datos completos para todo el año, el Programa para los Derechos Humanos de la Presidencia informó que, entre 2002 y 2007, los homicidios contra los indígenas disminuyeron en un 45%, los secuestros en un 87% y el desplazamiento en un 15%.

El 14 de octubre, unos 7.000 indígenas del norte del Cauca organizaron una manifestación para exigir la devolución de sus tierras ancestrales y el final de las acusaciones sobre vínculos entre los indígenas y las FARC.  La protesta de dos días llevó a enfrentamientos violentos entre los manifestantes y las fuerzas de seguridad que trataban de levantar el bloqueo de la carretera Panamericana, con un saldo de por lo menos 150 personas heridas (entre policías y manifestantes) y una persona muerta, según informó el gobierno.  El gobierno informó que la evidencia forense demostró que la persona murió a causa de un dispositivo explosivo de fabricación casera y no a manos del policía a quien se filmó disparando su arma durante las protestas.

El 20 de octubre, la ONIC convocó a más de 12.000 manifestantes indígenas para participar en una marcha de ocho días hasta Cali.  El Presidente Uribe se reunió con los grupos indígenas pero no llegó a un acuerdo con ellos, por lo cual los manifestantes marcharon hasta Bogotá el 21 de noviembre para reunirse nuevamente con él.

No se conocieron avances en las investigaciones sobre la golpiza propinada en 2006 a Roberto Solano Uriana y Lorenzo Rafael Solano, miembros de la comunidad indígena Wayuu, ni sobre los juicios a siete militares y civiles sospechosos de haber asesinado en 2006 a cinco miembros de la comunidad indígena Awa.

La ACNUDH continuó con sus críticas a las amenazas y los actos violentos contra las comunidades indígenas, calificó de inadecuadas las investigaciones oficiales sobre las violaciones de los derechos humanos de los grupos indígenas e hizo un llamado al gobierno a hacer más por proteger a los pueblos indígenas.  

 Otras formas de abuso y discriminación social

Colombia Diversa, una ONG dedicada al tema de la violencia y la discriminación por orientación sexual informó acerca de por lo menos 41 asesinatos durante el año a causa de prejucios relacionados con la orientación sexual.  La Corte Constitucional reconoció el derecho de las parejas de un mismo sexo a los beneficios de pensión, y otorgó mayores derechos económicos a dichas parejas.  A pesar de las sentencias de la Corte, Colombia Diversa reportó al menos tres casos en los cuales se retuvo la pensión a parejas del mismo sexo. Colombia Diversa también informó sobre casos de abusos policiales por motivos de orientación sexual, la mayoría de los cuales se relacionaron con personas transexuales.  El grupo también denunció que la violencia en las cárceles a causa de la orientación sexual continuó siendo un problema.

No hay informes confirmados de discriminación contra las personas con VIH/SIDA.

Sección 6 Derechos de los trabajadores

a. El derecho de asociación

La ley contempla el derecho de organizar sindicatos y el gobierno respetó este derecho en términos generales en la práctica.  Esta ley no se aplica a los miembros de las fuerzas armadas o la policía.  El número de sindicatos y de miembros sindicales continuó disminuyendo. En total, cerca de 742.000 trabajadores (el 4% de la fuerza laboral de 18.2 millones) pertenecían a algún sindicato.  Casi el 60% de la fuerza laboral trabajaba en el sector informal.

El código del trabajo prevé el reconocimiento automático de los sindicatos que obtengan 25 firmas de posibles miembros y cumplan con el trámite de registro.  Los sindicatos denunciaron que el proceso era lento y se utilizaba para obstaculizar el registro.  Algunos líderes sindicales declararon que formar un sindicato era un proceso largo y burocrático y que los organizadores por lo general terminaban despedidos antes de que el sindicato quedara oficialmente establecido.  En mayo de 2007, el Ministerio de la Protección Social expidió una resolución por la cual reducía los tiempos de espera e implantaba procedimientos disciplinarios en contra de los funcionarios que no cumplieran con las normas.  De conformidad con una sentencia de la Corte Constitucional promulgada durante el año, el Ministerio de la Protección Social inició un examen minucioso de los trámites de registro a fin de simplificarlos todavía más.

La violencia y la discriminación contra los miembros de los sindicatos disuadió a algunos trabajadores de participar en actividades sindicales.  El Ministerio de la Protección Social informó que durante el año cayeron asesinados 38 sindicalistas, en comparación con 26 en 2007, mientras que la Escuela Nacional Sindical (ENS), una ONG que promueve los derechos laborales, reportó que la cifra de sindicalistas asesinados fue de 46, comparada con 39 en 2007.  Hubo diferencias entre las cifras de la ENS y las del gobierno debido a los distintos conceptos metodológicos sobre la afiliación sindical. 

La ENS afirmó que “la mayoría de las violaciones de los derechos humanos de los sindicalistas” tuvieron relación con controversias con las industrias, aunque tuvieron lugar en el contexto de la guerra y fueron cometidas, en la mayoría de los casos, por una de las partes beligerantes”.

Los maestros representaron el mayor porcentaje de miembros sindicales víctimas de la violencia de los grupos armados ilegales, tanto por constituir el 34% de todos los sindicalistas registrados como por su presencia en las zonas rurales del país azotadas por la violencia.  El Ministerio de la Protección Social informó que los maestros representaron el 55% de la totalidad de sindicalistas asesinados durante el año.

El gobierno brindó protección a 10.716 personas amenazadas, entre quienes 1.980 eran sindicalistas y las demás periodistas, líderes locales y defensores de los derechos humanos. El programa de protección  contó con un presupuesto anual de 112.500 billones de pesos (aproximadamente 45.7 millones de dólares).

Desde 2001, la Fiscalía General ha procesado 126 casos, los cuales se han traducido en la condena de 247 autores de actos de violencia contra sindicalistas. Una subunidad especializada en asuntos laborales, instituida por el gobierno en 2006 para procesar a quienes cometan dichos actos y en la cual participan 19 fiscales y 96 investigadores, resolvió 80 de los casos y condenó a 154 personas.

Los líderes sindicales reconocieron avances importantes de la nueva subunidad especializada de la Fiscalía General, pero declararon que había mucho más por hacer a fin de poner fin a la impunidad de los autores de delitos violentos contra los trabajadores.

La ley contempla el derecho de huelga, y los trabajadores ejercieron ese derecho en la práctica.  Sin embargo, no les es permitido ir a la huelga a los miembros de las fuerzas armadas, la policía y las personas que “prestan servicios públicos esenciales”.  El gobierno declaró ilegales 4 de los 12 paros solicitados, antes de que la Ley 1210 trasladara el poder de declarar la ilegalidad de las huelgas del ejecutivo a la rama judicial.

Antes de ir a la huelga, los sindicatos del sector público deben cumplir los procedimientos legales y notificar por anticipado a sus patronos y a las autoridades locales.  La ley prohíbe las medidas para romper huelgas.  En varias ocasiones se hizo caso omiso de la ley que prohíbe a los empleados públicos ir a la huelga.   Debido a la nueva legislación, los empleados ya no tienen que someterse al arbitramento obligatorio si no pueden llegar a un acuerdo.

Hubo informes en el sentido de que los empleadores utilizaron cada vez más los contratos temporales y los esquemas de la cooperativas - ambos esquemas legales – para reducir los costos no salariales y evitar la sindicalización.  En un paro laboral relacionado con ese tema, más de 18.000 cortadores de caña azucarera del Valle del Cauca abandonaron sus puestos de trabajo el 15 de septiembre.  Si bien no se cumplieron las exigencias de un contrato formal de trabajo que ampare los derechos de los trabajadores y los sindicatos porque los trabajadores subcontratados no están cubiertos por el código del trabajo, los trabajadores lograron negociar un convenio con mayores beneficios y alzas salariales.

b. Derecho a organizarse y a negociar colectivamente

La ley otorga a los trabajadores el derecho a organizarse y negociar colectivamente, y el gobierno respetó este derecho en el sector privado.  Sin embargo, no se cumplió plenamente el derecho a la negociación colectiva en el sector público. Los sindicatos de trabajadores determinaron que las altas tasas de desempleo, el gran tamaño del sector de la economía informal, las actitudes antisindicales y la violencia contra los líderes sindicales dificultaron su capacidad de organizarse, lo cual a su vez limitó el poder de negociación de los trabajadores en todos los sectores.

En 2007, el Presidente se mostró de acuerdo con una solicitud de la OIT de 2006 y una sentencia de la Corte Constitucional de 2005 en el sentido de que los sindicatos del sector público debían poder negociar colectivamente.  Una misión de la OIT reportó en 2007 la formación de un subcomité tripartito para deliberar acerca de la negociación colectiva en el sector público.  La OIT y el Ministerio de la Protección Social continuaron trabajando con los sindicalistas para llegar a un acuerdo sobre la implantación del esquema de negociación colectiva. 

Los pactos colectivos entre los trabajadores no organizados y sus empleadores no fueron objeto de negociación colectiva.  Los pactos colectivos otorgan a los empleadores el derecho de negociar acuerdos sobre salarios y condiciones laborales en cualquier momento con grupos de trabajadores cuando no hay presencia de un sindicato o cuando un sindicato representa a menos de una tercera parte de los empleados.  Los grupos de trabajadores se quejaron de que los empleadores se valieron de los pactos colectivos, autorizados por la ley, para desalentar la organización laboral.  Hubo informes de que cuando un sindicato presentaba una propuesta de negociación colectiva, los empleadores ofrecían a algunos trabajadores mejores condiciones  y salarios a cambio de abandonar el sindicato y unirse al pacto, lo cual afectó adversamente la capacidad de los trabajadores organizados de negociar colectivamente. 

El crecimiento continuo y la prevalencia de las cooperativas de trabajadores también contribuyeron a disminuir la capacidad de negociación colectiva al no estar amparados los trabajadores de las cooperativas por el código del trabajo. Una ley promulgada en el mes de junio, relativa a las cooperativas, exige que éstas se registren ante el Ministerio de la Protección Social. Se calcula que hay cerca de 3.939 cooperativas con 88.137 trabajadores asociados.  Las cooperativas estuvieron bajo la obligación de ofrecer una remuneración al menos equivalente al salario mínimo y las mismas prestaciones de salud y pensión ofrecidas por los empleadores a los empleados contratados directamente.

Si bien la ley prohíbe la discriminación contra los sindicatos, algunos de los aspectos del código del trabajo criticados por la OIT desde tiempo atrás se mantuvieron, entre ellos la práctica de despedir a los trabajadores sindicalizados que participen en huelgas o paros legales, la prohibición de huelgas en una amplia gama de servicios públicos no necesariamente esenciales, y el poder del gobierno para intervenir en los conflictos a través del arbitramento obligatorio para poner fin a una huelga.  En respuesta a esas preocupaciones, el Congreso aprobó en junio unos proyectos de ley que lograron una mayor concordancia entre la legislación y las normas de la OIT.  Las nuevas leyes trasladan la autoridad de decidir sobre la legalidad de la huelga de manos del ejecutivo a manos de jueces laborales independientes; disponen que el arbitramento es obligatorio únicamente si las dos partes lo solicitan; exigen a las cooperativas de trabajadores pagar dentro del sistema de seguridad social y los programas de prestaciones; e imponen multas más onerosas a las cooperativas que incumplan las leyes actuales.  El Ministerio de la Protección Social informó acerca de numerosas investigaciones relacionadas con abusos de las cooperativas, y solamente en el mes de noviembre investigó a más de 100 cooperativas del puerto de Buenaventura.

Aunque un decreto del gobierno prohíbe el uso de las cooperativas de trabajadores como subcontratistas de mano de obra, la mayoría de las cooperativas subcontrataron y, en algunos casos, los empleadores del sector privado obligaron a sus trabajadores a formar cooperativas y asumieron el manejo diario de las operaciones de las mismas.  El gobierno tiene la autoridad de multar a quienes violen los derechos laborales, pero no para clausurar a las empresas que incurran en infracciones repetidas.  En la práctica, las multas nominales tasadas por el gobierno hicieron poco por disuadir a las empresas infractoras.

No hay leyes especiales ni exoneraciones en las zonas de procesamiento de las exportaciones.  Las leyes laborales se aplican en las 15 zonas francas del país, en las cuales se dio cumplimiento a las normas. 

c. Prohibición de trabajo forzado u obligatorio

La ley prohíbe el trabajo forzado u obligatorio, incluido el trabajo infantil, pero hubo algunos informes en el sentido de que esas prácticas ocurrieron. (Véase la sección 6.d.).

Los nuevos grupos ilegales y la guerrilla de las FARC y el ELN practicaron el reclutamiento forzado.  Hubo informes en el sentido de que la guerrilla de las FARC y el ELN, lo mismo que los nuevos grupos ilegales, utilizaron el trabajo forzado, incluido el trabajo infantil, en zonas por fuera del control del gobierno (véase la sección 1.g.). También hubo informes sobre explotación sexual con fines comerciales.

d. Prohibición del trabajo infantil y edad mínima para el empleo
  

Si bien la legislación protege a la infancia contra la explotación en el lugar de trabajo, el trabajo infantil continuó siendo un problema considerable, en particular en el sector informal.  El ICBF informó que por lo menos 2.5 millones de niños trabajaron y de ellos, cerca de un 80% lo hizo en condiciones ilegales.  Hasta septiembre, el ICBF había reportado 164 denuncias de explotación laboral y 280 casos de niños víctimas de la explotación sexual con fines lucrativos.  Durante el primer semestre del año, el ICBF prestó asistencia a 1.958 niños víctimas de la explotación sexual en todo el país.
La edad mínima para el empleo es de 15 años.  Los menores entre 15 y 17 años deben obtener autorización de las inspecciones locales del Ministerio de la Protección Social.  Dichos menores pueden trabajar solamente seis horas diarias y un máximo de 30 horas a la semana, nunca después de las 6 p.m. Los menores entre los 17 y los 18 años de edad pueden trabajar solamente ocho horas al día y 40 por semana sin horarios más allá de las 8 p.m. Los menores de 15 años pueden recibir autorización de la inspección local para realizar actividades remuneradas en los campos del arte, la cultura, la recreación o el deporte. Sin embargo, la autorización establece el número máximo de horas y las condiciones específicas de trabajo. Por ejemplo, un menor de 15 años no puede participar en actividades remuneradas durante más de 14 horas a la semana.  De acuerdo con el Departamento Nacional de Estadísticas, la población de menores entre los 5 y los 17 años ascendió a 11.9 millones.  De ellos, cerca de 1.1 millones trabajaron y casi un 90% lo hicieron más de 15 horas a la semana en sus hogares. 
La edad mínima legal para trabajar coincidió con el final de la educación básica; el 19.9% de los niños trabajadores dejó de asistir al colegio.  Se prohibió a todos los niños trabajadores realizar trabajo nocturno o en sitios donde estuvieran expuestos a lesiones físicas o a grados extremos de temperatura o ruido. Aunque se prohibió el trabajo infantil en diversas ocupaciones específicas como la minería y la construcción, en la práctica se hizo caso omiso de dichas prohibiciones en muchos casos.
Las cifras estimadas sobre el número de menores que trabajaron en operaciones extractivas ilegales oscilaron entre 10.000 y 200.000. De Acuerdo con el Departamento Nacional de Estadísticas, también se emplearon menores para trabajar como recolectores de la hoja de coca o en otros campos del comercio ilegal de estupefacientes.

Varios miles de menores se vieron obligados a servir como combatientes de la guerrilla de las FARC o del ELN, como integrantes de los nuevos grupos ilegales (véase la sección 1.g.), como recogedores de hoja de coca, o en prostitución. El código del menor contempla multas hasta de 40 veces el salario mínimo en casos de violaciones de las leyes sobre el trabajo de menores.   La pena por una violación que pueda poner en peligro la vida de un menor o atente contra los valores morales puede ser el cierre temporal o permanente del establecimiento responsable.

Los 276 inspectores del Ministerio de la Protección Social tuvieron la responsabilidad de hacer cumplir las leyes en el sector formal (abarcando aproximadamente a un 20% de la fuerza laboral menor de edad) a través de inspecciones periódicas en todo el país.  Los recursos fueron insuficientes para lograr un cumplimiento eficaz.  Con la ayuda de la OIT, el gobierno tomó medidas para mejorar la cooperación entre las administraciones de los niveles nacional, regional y local a través de su plan nacional para erradicar el trabajo de los menores y proteger a la juventud trabajadora.  El Programa Internacional para la Eliminación del Trabajo Infantil de la OIT operó un programa para impedir la explotación sexual de los menores con fines comerciales, mientras que hubo también programas de grupos privados y de gobiernos extranjeros encaminados a librar a los niños de las peores formas de trabajo infantil.

e. Condiciones aceptables de trabajo 

El gobierno establece un salario mínimo uniforme todos los años en enero, el cual sirve de referencia para la negociación salarial.  El salario mínimo mensual, negociado por un comité de representantes de las empresas, los trabajadores organizados y el gobierno, fue de 433,700 pesos (aproximadamente 176 dólares), un aumento del 6.3% con respecto al año anterior.  Si el proceso de negociación no termina en acuerdo, como sucedió durante el año por quinta vez en los últimos ocho años, el Presidente puede fijar unilateralmente el salario mínimo.  El salario mínimo nacional no representó un ingreso suficiente para cubrir la canasta básica de una familia de cuatro personas.  Además, fue difícil hacer cumplir el salario mínimo en el sector informal.

El código del trabajo contempla una semana de 48 horas y un período mínimo de descanso de ocho horas durante la semana.  El código estipula que los trabajadores tienen derecho a recibir primas por horas adicionales trabajadas además de las 48 horas reglamentarias, y por trabajo realizado en domingo.  Las horas adicionales obligatorias se permiten solamente en casos excepcionales en los cuales se considera esencial el trabajo para el funcionamiento de la empresa.

La ley contempla amplia protección en materia de salud y seguridad ocupacionales y el Ministerio de la Protección Social se encargó de hacer cumplir las normas a través de inspecciones periódicas.  Sin embargo, la escasez de inspectores, la  falta de conciencia pública acerca de la seguridad y la poca atención prestada por los sindicatos se tradujo en un nivel elevado de accidentes industriales y malas condiciones de trabajo. En ocasiones, los trabajadores del sector informal fueron víctimas de abusos físicos o sexuales.  Por ley, los trabajadores pueden retirarse de una situación laboral peligrosa sin por ello poner en peligro su empleo, y el gobierno hizo valer ese derecho.  Los trabajadores no sindicalizados, en particular los pertenecientes al sector agrícola y a ciertas empresas de floricultura tuvieron que trabajar en condiciones consideradas peligrosas por temor a perder sus empleos si denunciaban los abusos.  Sin embargo, la Asociación de Floricultores implantó principios voluntarios de seguridad ambiental y personal, y redujo en más de un 60% el uso de plaguicidas.